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Resolucion de 17 de junio de 2009, aprobada por la Comision Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relacion con el Informe de fiscalizacion de las Unidades de Gestion de Grandes Empresas de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria, ejercicios 2004 y 2005. - Boletín Oficial del Estado, de 26-08-2009

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Septiembre de 2009

F. entrada en vigor: 15/09/2009

Órgano emisor: CORTES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 206

F. Publicación: 26/08/2009

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 206 de 26/08/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de junio de 2009, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ejercicios 2004 y 2005:

Acuerda instar al Gobierno:

1. Realizar una análisis sobre las causas más frecuentes de los errores que se presentan en las declaraciones de los obligados tributarios, especialmente en las informativas, estableciendo medidas correctivas que eviten la presentación de declaraciones con errores.

2. Revisar los criterios de adscripción de los obligados tributarios a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, en especial por lo que se refiere al criterio del volumen de operaciones.

3. Dotar a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, especialmente en las Unidades Regionales, con personal suficiente, intentando que en las actuaciones de control se alcance una mayor especialización por figuras tributarias de los funcionarios adscritos a las mismas.

4. Simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de IVA unificando la autoliquidación de IVA correspondiente al último período impositivo anual, con la declaración resumen anual de IVA.

5. Establecer la realización de validaciones en los programas de ayuda para la cumplimentación de las declaraciones, con objeto de eliminar errores, disminuyendo el trabajo de revisión de los órganos gestores.

6. Conservar un registro histórico de los procedimientos sancionadores finalizados en los últimos ejercicios, que permita el acceso individual y su puesta a disposición de los órganos de control.

Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de junio de 2009.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Mello.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Luis Ábalos Meco.

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