Resolución de 18/09/2023, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se determina el fin de la aplicación de la zona de restricción adicional (ZRA), que engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, así como el fin de las medidas sanitarias de aplicación adoptadas en las explotaciones de ovino y caprino, ante la declaración de focos de viruela ovina y caprina en Castilla-La Mancha. [2023/7930], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 26-09-2023
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 185
F. Publicación: 26/09/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
Resolución de 18/09/2023, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se determina el fin de la aplicación de la zona de restricción adicional (ZRA), que engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, así como el fin de las medidas sanitarias de aplicación adoptadas en las explotaciones de ovino y caprino, ante la declaración de focos de viruela ovina y caprina en Castilla-La Mancha. [2023/7930]
El Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016 relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal, establece en su artículo 61 que en caso de que se declare un brote de viruela ovina y caprina (VOC) en animales en cautividad, la autoridad competente adoptará inmediatamente determinadas medidas de control de la enfermedad en cuestión, para impedir que continúe su propagación.
A su vez, el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista establece las medidas de control de la enfermedad en caso de confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales en cautividad, entre las que se encuentra la VOC.
Con fecha 8 de agosto de 2023 se publicó la Resolución de 03/08/2023, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se determinan las medidas sanitarias a adoptar en las explotaciones de ovino y caprino en la zona de restricción adicional (ZRA), que engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, ante la declaración de focos de viruela ovina y caprina en Castilla-La Mancha.
Transcurrido un año desde la introducción de la viruela ovina y caprina en Castilla-La Mancha, y gracias al enorme esfuerzo realizado por todas las partes implicadas, de forma directa e indirecta, en el correcto funcionamiento del sector, que han llevado a la estabilización de la situación epidemiológica de nuestra comunidad autónoma, se levanta la Zona de Restricción Adicional (ZRA) al haberse cumplido los plazos requeridos por la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1145 de la Comisión de 7 de junio de 2023 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2333, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la viruela ovina y la viruela caprina en España, y se considera que dichas circunstancias aconsejan la publicación de la presente Resolución, a fin de actualizar y dar por finalizadas las medidas a adoptar de acuerdo a la actual situación sanitaria frente a la VOC en Castilla-La Mancha.
Esta Dirección General resuelve,
1. Se establece el fin de la Zona de Restricción Adicional (ZRA) constituida por las explotaciones de ovino y caprino de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y, con ello, finalizan también las medidas sanitarias derivadas de su aplicación.
2. Los movimientos de ovino y caprino se regularán por la legislación vigente.
3. Se deja sin efecto la Resolución de 03/08/2023, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se determinan las medidas sanitarias a adoptar en las explotaciones de ovino y caprino en la Zona de Restricción Adicional (ZRA), que engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, ante la declaración de focos de viruela ovina y caprina en Castilla-La Mancha, publicada en el DOCM nº 151, de 08/08/2023.
4. La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario oficial de Castilla-La Mancha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso administrativo podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores), a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
Toledo, 18 de septiembre de 2023
El Director General de Ordenación Agropecuaria
JOAQUÍN CUADRADO ORTIZ
