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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2019, del vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueba el documento reconocido para la calidad en la edificación denominado Guía de pavimentos asfálticos para vías de baja intensidad de tráfico. [2020/5], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 07-01-2020

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA SEGONA I CONSELLERIA D HABITATGE I ARQUITECTURA BIOCLIMATICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8711

F. Publicación: 07/01/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8711 de 07/01/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

A iniciativa del Instituto Valenciano de la Edificación, IVE, ha sido instruido por la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, expediente administrativo al objeto de impulsar la aprobación del Documento Reconocido identificado en el encabezamiento del presente documento, de acuerdo con los siguientes

Hechos:

1. El Instituto Valenciano de la Edificación, IVE, solicitó el 26 de junio de 2019 la aprobación de la Guía de pavimentos asfálticos para vías de baja intensidad de tráfico como documento reconocido para la calidad en la edificación conforme al Decreto 132/2006, de 29 de septiembre, del Consell.

2. El 19 de noviembre de 2019, el director general de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, abrió trámite de audiencia pública, con la finalidad de que por las entidades o asociaciones interesadas, se aportaran cuantas alegaciones, observaciones o indicaciones tuvieran por conveniente manifestar al documento citado.

3. Finalizado el plazo del trámite de audiencia pública, no se han presentado alegaciones, por lo que el texto propuesto es considerado como el definitivo.

Fundamentos de derecho:

1. Este órgano es el competente para la aprobación del presente documento reconocido, conforme se establece en el artículo 5 del Decreto 132/2006, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regulan los documentos reconocidos para la calidad en la edificación.

2. El Instituto Valenciano de la Edificación, IVE, es competente para instar la aprobación de este documento reconocido, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 132/2006.

3. El objeto de este documento reconocido aparece tipificado en el artículo 4, apartado b del Decreto 132/2006, en concordancia con lo estipulado en el artículo 4 apartado 2.a del Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

4. Para la aprobación de este documento reconocido, se ha seguido el procedimiento desarrollado en el capítulo II del citado Decreto 132/2006.

En virtud de todo cuanto antecede, vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el Decreto 132/2006, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regulan los Documentos Reconocidos para la Calidad de la Edificación, y demás normativa de pertinente y de preceptiva aplicación, resuelvo:

Único

Aprobar el documento reconocido para la calidad en la edificación denominado: Guía de pavimentos asfálticos para vías de baja intensidad de tráfico, con el código DRB 16/19.

Este documento reconocido será inscrito en el Registro Especial de Documentos Reconocidos conforme a lo previsto en el artículo 10 del citado decreto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 14, y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

València, 18 de diciembre de 2019. El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática: Rubén Martínez Dalmau.