Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se modifica la Resolución de 7 de abril de 2017 por la que se fijan instrucciones informativas para los organismos autorizados de verificación metrológica en sus intervenciones sobre instrumentos o sistemas de medida. Expte. 19/VAR/30-bis. [Cód. 2019-01893], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 01-03-2019
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 42
F. Publicación: 01/03/2019
En virtud de la Resolución de 7 de abril de 2017 de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) n.º 91 del 21/04/2017, se fijaban las instrucciones informativas para los organismos autorizados de verificación metrológica en sus intervenciones sobre instrumentos o sistemas de medida en los que el Principado de Asturias tiene competencias ejecutivas.
En la Novena, Duodécima, Decimotercera y Decimoquinta de las referidas instrucciones, se hace mención a la 'Fundación ITMA'.
Con esta misma fecha, por parte de esta Consejería en el ejercicio de las competencias ejecutivas en materia de metrología y control metrológico, así como sobre la actuación de los organismos autorizados de verificación metrológica (OVM) que intervengan en su ámbito territorial o actúen sobre instrumentos o sistemas de medida, derivadas de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología así como del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, que la desarrolla (BOE n.º 137 de 07/06/2016), y motivado por un proceso de fusión, absorción y cambio de denominación, la Fundación IDONIAL ha quedado designada como organismo autorizado de verificación metrológica.
Desde el Servicio de Fluidos y Metrología de la Dirección General de Industria y Telecomunicaciones de esta Consejería, se considera que procede modificar las citadas 'instrucciones informativas', indicándose que donde se decía 'Fundación ITMA', debería de decirse 'Fundación IDONIAL'.
En consecuencia, ostentando esta Consejería competencias ejecutivas derivadas de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, como del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, que la desarrolla (BOE núm. 137, de 07/06/2016), y siendo competente para conocer el presente expediente en virtud de las atribuciones que tiene en la materia, teniendo en cuenta que mediante Resolución de 11 de abril de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo se delega en el titular de la Dirección General de Industria y Telecomunicaciones la competencia para resolver el referido expediente, por la presente,
RESUELVO
Primero.-Modificar, con motivo del proceso de fusión, absorción y cambio de denominación de fundaciones, la Resolución de 7 de abril de 2017 por la que se fijaban instrucciones informativas para los organismos autorizados de verificación metrológica en sus intervenciones sobre instrumentos o sistemas de medida (BOPA n.º 91 del 21/04/2017), en el siguiente sentido:
Donde dice:
'Novena.-La Fundación ITMA actuará como entidad colaboradora del Principado de Asturias para realizar los ensayos y emitir los correspondientes informes y certificados de carácter técnico sobre contadores eléctricos, de gas y de agua que se realicen a petición de parte o como consecuencia de denuncias o reclamaciones de consumidores y usuarios.
Duodécima.-En el caso de que el alcance de algún instrumento exceda los medios de que dispone la Fundación ITMA, esta remitirá dichos instrumentos preferentemente al CEM o alternativamente a laboratorios acreditados por ENAC o reconocidos en otras comunidades autónomas.
Decimotercera.-La Fundación ITMA suministrará los precintos a los reparadores en las condiciones que legalmente se determinen.
Decimoquinta.-La Fundación ITMA, el Centro Español de Metrología (CEM) y a la empresa Inspección Técnica de Vehículos de Asturias S.A. (ITVASA) actuarán como entidades colaboradoras del Principado de Asturias cuando se requiera su intervención con motivo de reclamaciones, denuncias o planes de vigilancia e inspección sobre instrumentos o sistemas de medida para los que estén acreditados por ENAC.'
Debe de decir:
'Novena.-La Fundación IDONIAL actuará como entidad colaboradora del Principado de Asturias para realizar los ensayos y emitir los correspondientes informes y certificados de carácter técnico sobre contadores eléctricos, de gas y de agua que se realicen a petición de parte o como consecuencia de denuncias o reclamaciones de consumidores y usuarios.
Duodécima.-En el caso de que el alcance de algún instrumento exceda los medios de que dispone la Fundación IDONIAL, esta remitirá dichos instrumentos preferentemente al CEM o alternativamente a laboratorios acreditados por ENAC o reconocidos en otras comunidades autónomas.
Decimotercera.-La Fundación IDONIAL suministrará los precintos a los reparadores en las condiciones que legalmente se determinen.
Decimoquinta.-La Fundación IDONIAL, el Centro Español de Metrología (CEM) y la empresa Inspección Técnica de Vehículos de Asturias S.A. (ITVASA) actuarán como entidades colaboradoras del Principado de Asturias cuando se requiera su intervención con motivo de reclamaciones, denuncias o planes de vigilancia e inspección sobre instrumentos o sistemas de medida para los que estén acreditados por ENAC.'
Segundo.-Mantener en su integridad el resto del contenido de la Resolución de 7 de abril de 2017 por la que se fijaban instrucciones informativas para los organismos autorizados de verificación metrológica en sus intervenciones sobre instrumentos o sistemas de medida (BOPA n.º 91 del 21/04/2017), procediéndose a notificar la presente Resolución a la Fundación IDONIAL y a su publicación en el BOPA para general conocimiento.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 18 de febrero de 2019.-El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.-P.D. Resolución 11/04/2018 (BOPA 16/04/2018), el Director General de Industria y Telecomunicaciones.-Cód. 2019-01893.
