Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las Normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2022. [Cód. 2021-05256], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 24-05-2021
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 98
F. Publicación: 24/05/2021
La elaboración de los Presupuestos Generales para 2022 se enmarca en un escenario de previsión de recuperación económica tras la crisis provocada por la situación de emergencia sanitaria que comenzó en marzo de 2020. Este horizonte de recuperación se sustenta, en gran parte, en los nuevos instrumentos comunitarios de financiación Next Generation EU que representan una ocasión extraordinaria para la puesta en marcha de un plan plurianual de inversiones ya iniciado en el ejercicio 2021. El principal pilar del citado programa es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, cuyo objetivo fundamental es contrarrestar el ciclo recesivo, recuperar el empleo, mitigar los efectos sociales de la pandemia y transformar la economía.
El marco normativo que regula la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias lo configuran el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2022 se inicia mediante la resolución que aprueba las normas en las que se fija su ámbito de aplicación, la estructura del presupuesto de la Administración General y del resto del sector público y los criterios generales a los que se debe ajustar la elaboración del anteproyecto, sus procedimientos y plazos.
La presente resolución prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, con el fin de que se inicie a la mayor brevedad posible el procedimiento para la aprobación del próximo presupuesto.
La presente norma se adecúa a los principios de buena regulación referidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). En efecto, de acuerdo con el artículo 22.1.b) del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, es el instrumento de dictado de las normas técnicas de elaboración del anteproyecto, por lo que siendo el legalmente establecido, se da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia. A su vez, al establecer las normas internas de elaboración del anteproyecto, dota a sus destinatarios de los medios que les permitan conocer los trámites a seguir en su procedimiento de elaboración, lo que redunda en la seguridad jurídica. Siendo estos trámites proporcionados a la finalidad perseguida, se da satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad. La norma viene a proporcionar a la ciudadanía información sobre la estructura del presupuesto y sobre las reglas internas de su elaboración, lo que posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos. Finalmente, dado el carácter de norma técnica y eficacia ad intra, la aprobación de la norma no implica repercusión alguna sobre actividades de los ciudadanos y las empresas, ni supone introducción o modificación de carga administrativa alguna que pueda reseñarse.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el artículo 21 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, el artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 80/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda,
DISPONGO
Artículo único.-Aprobación de las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2022.
Se aprueban las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2022 que se incorporan como anexo a la presente resolución.
Disposición adicional única.-Autorización a la Dirección General competente en materia de presupuestos
Se autoriza a la Dirección General competente en materia de presupuestos, durante el proceso de elaboración del presupuesto para:
a) Desarrollar e interpretar las presentes normas, a cuyos efectos podrá dictar las instrucciones y aclaraciones que resulten necesarias para su aplicación.
b) Adecuar las clasificaciones funcionales, orgánicas y económicas de ingresos y de gastos a la estructura puesta de manifiesto en el proceso de elaboración de los Presupuestos.
c) Modificar, de acuerdo con la Intervención General del Principado, los criterios de imputación del gasto cuando se considere necesario.
d) Recabar de los centros gestores incluidos en el ámbito de aplicación de las presentes normas, los informes y estados justificativos necesarios para determinar con exactitud su realidad económico-financiera.
Disposición final única.-Entrada en vigor
La resolución de aprobación de las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2022 entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, 18 de mayo de 2021.-La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.-Cód. 2021-05256.
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ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
