Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se rectifica error advertido en la Resolución de 1 de junio de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se adapta la ordenación de la Formación Profesional del sistema educativo para el régimen a distancia en el Principado de Asturias. [Cód. 2021-09589], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 04-11-2021
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 212
F. Publicación: 04/11/2021
Advertido este error en la Resolución de 1 de junio de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se adapta la ordenación de la Formación Profesional del sistema educativo para el régimen a distancia en el Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 117, de 18 de junio de 2021), de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
Primero.-Rectificar la Resolución de 1 de junio de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se adapta la ordenación de la Formación Profesional del sistema educativo para el régimen a distancia en el Principado de Asturias, en los términos siguientes:
En el apartado 2 a) del artículo 14, relativo a las pruebas presenciales
Donde dice:
'2. En cada módulo profesional se realizarán las siguientes pruebas presenciales:
a) Prueba presencial final ordinaria: se celebrará antes de la sesión de evaluación final ordinaria y tendrá las siguientes características:
- Evaluará los resultados de aprendizaje no superados por el alumnado hasta el momento de realización de la prueba.
- Para estar en disposición de obtener evaluación positiva en la evaluación final ordinaria conforme al proceso de evaluación continua, el alumnado deberá obtener una calificación igual o superior al 40% del total en esta prueba.
- El peso de esta prueba en la calificación final ordinaria estará comprendido entre el 50% y el 60% del total de la misma.
- El alumnado para el que haya concurrido la imposibilidad de aplicar los procedimientos e instrumentos de evaluación continua, deberá obtener una calificación igual o superior al 50% del total en esta prueba para obtener evaluación positiva en la evaluación final ordinaria.'
Debe decir:
'2. En cada módulo profesional se realizarán las siguientes pruebas presenciales:
a) Prueba presencial final ordinaria: se celebrará antes de la sesión de evaluación final ordinaria y tendrá las siguientes características:
- Evaluará los resultados de aprendizaje no superados por el alumnado hasta el momento de realización de la prueba.
- El alumnado que haya superado la evaluación continua, estará en disposición de obtener evaluación positiva en la evaluación final ordinaria, siempre y cuando obtenga una calificación igual o superior al 40% del total en esta prueba. El peso de esta prueba en la calificación final ordinaria estará comprendido entre el 50% y el 60% del total de la misma.
- El alumnado para el que haya concurrido la imposibilidad de aplicar los procedimientos e instrumentos de evaluación continua, deberá obtener una calificación igual o superior al 50% del total en esta prueba para obtener evaluación positiva en la evaluación final ordinaria.'
Segundo.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 18 de octubre de 2021.-La Consejera de Educación, Lydia Espina López.-Cód. 2021-09589.
