Resolución de 19/02/2014, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se modifica el anexo I de la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el anexo II de la Orden de 03/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias. [2014/2530], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 27-02-2014
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Ambito: Castilla-La Mancha
Estado: VIGENTE. Validez desde
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 40
F. Publicación: 27/02/2014
La Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y la Orden de 03/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias, regularon respectivamente las condiciones para efectuar el pago electrónico a favor de esta Administración y los requisitos para la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones tributarias.
Las modificaciones producidas en la normativa tributaria, especialmente con la Orden de 18/02/2014 de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban los modelos 042, 043, 044 y 045 de la Tasa Fiscal sobre el Juego, han traído consigo la aparición de nuevos modelos de documentos, cuya inclusión resulta pertinente en los procedimientos de pago electrónico y presentación telemática de esta Administración.
A ello se une el hecho de que modelos que ya existían, pero que no aconsejaban la utilización de los citados procesos electrónicos por su complejidad, pueden ya incorporarse a los mismos.
Las disposiciones finales primeras de las Órdenes de 02/04/2012 y de 03/04/2012 antes citadas, facultan a la Dirección General de Tributos para dictar las normas de desarrollo necesarias, así como para la modificación de los anexos incluidos en las mismas.
Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 6 del Decreto 147/2012, de 28 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda,
Resuelvo:
Primero. Modificar el anexo I de la Orden de 02/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema único de pago electrónico de uso común de los recursos económicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha referente a los "Modelos de documentos que pueden ser objeto de pago electrónico", que queda redactado en los siguientes términos:
| Modelo | Nombre |
| 042 | Tasas fiscal sobre el juego: Rifas, tómbolas, apuestas, combinaciones aleatorias y Otros juegos que se desarrollen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos. |
| 043 | Tasa fiscal sobre el juego. Bingo. |
| 044 | Tasa fiscal sobre el juego. Casinos de Juego y Establecimientos de juegos de casino. |
| 045 | Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. |
| 046 | Tasas, precios públicos y otros ingresos. |
| 600 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. |
| 610 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico del impuesto que grava: I- Los documentos negociados por Entidades Colaboradoras. II- La emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. |
| 620 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones de determinados medios de transporte usados. |
| 630 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico de letras de cambio. |
| 650 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "mortis causa". |
| 651 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "inter vivos". |
| 655 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Consolidación de dominio. |
| 701 | Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación trimestral. |
| 702 | Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación final. |
| 746 | Tasas, precios públicos y otros ingresos. Entes externos. |
| 001 | Liquidación de actas A01. |
| 009 | Liquidación general de inspección. |
| 010 | Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. |
| 011 | Liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Sucesiones. |
| 012 | Liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Donaciones. |
| 013 | Liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Consolidación de dominio. |
| 015 | Liquidación de la tasa estatal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. |
| 017 | Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones de determinados medios de transporte usados. |
| 018 | Liquidación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. |
| 019 | Aplazamientos/Fraccionamientos de pago. |
| 020 | Liquidación del impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. |
| 021 | Documento ingreso de liquidaciones compensadas. |
| 022 | Liquidación incautación de garantía. |
| 023 | Liquidación recargo período ejecutivo. |
| 024 | Liquidación sanción tributaria. |
| 025 | Liquidación de intereses de demora EECC. |
| 026 | Liquidación de intereses de demora. |
| 027 | Documento de Ingreso parcial de liquidaciones o autoliquidaciones. |
| 028 | Documento de ingreso de deudas en período ejecutivo. |
| 050 | Tasas, precios públicos y otros ingresos. |
| 051 | Tasas, precios públicos y otros ingresos. Entes externos. |
| 129 | Documento de ingreso de deudas apremiadas. |
| 828 | Documento de ingreso de liquidaciones de entes externos en período ejecutivo. |
| 880 | Documento de ingreso (LNC). |
Segundo. Modificar el anexo II de la Orden de 03/04/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias referente a los "Modelos de documentos que pueden ser objeto de presentación telemática", que queda redactado en los siguientes términos:
| Modelo | Nombre |
| 042 | Tasas fiscal sobre el juego: Rifas, tómbolas, apuestas, combinaciones aleatorias y otros juegos que se desarrollen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos. |
| 043 | Tasa fiscal sobre el juego. Bingo. |
| 044 | Tasa fiscal sobre el juego. Casinos de Juego y Establecimientos de juegos de casino. |
| 045 | Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. |
| 600 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. |
| 610 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico del impuesto que grava: I- Los documentos negociados por Entidades Colaboradoras. II- La emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. |
| 620 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones de determinados medios de transporte usados. |
| 630 | Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico de letras de cambio. |
| 650 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "mortis causa". |
| 651 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "inter vivos". |
| 655 | Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Consolidación de dominio. |
| 701 | Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación trimestral. |
| 702 | Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación final. |
Tercero. La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 19 de febrero de 2014
El Director General de Tributos y Ordenación del Juego
JOSÉ FELICIANO MORALES BELINCHÓN
