Resolución de 19 de diciembre de 2011, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se rectifica error advertido en la Resolución de 16 de mayo de 2011, por la que se aprueba el calendario de fiestas locales para el año 2012 en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, publicado en Boletín Oficial del Principado de Asturias número 123, de 30 de mayo de 2011. [Cód. 2011-24681], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 05-01-2012
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Ambito: Asturias
Estado: VIGENTE. Validez desde
Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 3
F. Publicación: 05/01/2012
Por Resolución de la por entonces Consejería de Industria y Empleo de 16 de mayo de 2011, se aprobó el calendario de fiestas locales para el año 2012 en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, publicada esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 123 de 30 de mayo de 2011.
Visto el escrito, de fecha de entrada en la Administración del Principado de Asturias el 16 de diciembre de 2011, presentado por el Ayuntamiento de Ponga, en el que comunica que con fecha 5 de diciembre de 2011 se celebró Pleno extraordinario donde se procedió a debate y votación la "modificación de los días de las fiestas locales para 2012, ya que los que propusieron con fecha 15 de abril de 2011 coinciden los dos en domingo", acordándose por unanimidad conceder como días de fiestas locales para el Ayuntamiento de Ponga los días 25 de junio y 6 de agosto.
Solicita, por tanto, la subsanación del error del Ayuntamiento, rectificando las fechas del 24 de junio y 5 de agosto por el 25 de junio y el 6 de agosto.
Considerando que, en virtud de lo previsto en el real Decreto 2090/1999, de 30 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios al Principado de Asturias en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) y en el Decreto 167/2011, de 19 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, el Consejero de Economía y Empleo es el órgano competente para rectificar este error, y que, de conformidad con lo señalado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, por la presente,
RESUELVO
Primero.-Rectificar el error material advertido en la Resolución de la Consejería de Industria y Empleo, de fecha 16 de mayo de 2011, por la que se aprueba el calendario de fiestas locales para el año 2012 en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 123, de 30 de mayo de 2011, en el sentido de:
Donde dice:
Ponga 24 de junio
5 de agosto
San Juan
Nuestra Sra. De las Nieves
Debe decir:
| Ponga | 25 de junio |
| Ponga | 6 de agosto |
Segundo.-Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 19 de diciembre de 2011.-El Consejero de Economía y Empleo. (P.D. Resolución de 22 de noviembre de 2011, Boletín Oficial del Principado de Asturias de 25 de noviembre). La Directora General de Trabajo.-Cód. 2011-24681.
