Legislación

RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2019, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la cual se dictan instrucciones en términos de ordenación académica y organización de las escuelas oficiales de idiomas valencianas durante el curso 2019-2020. [2019/7543], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 26-07-2019

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8600

F. Publicación: 26/07/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8600 de 26/07/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 04.05.2006), dedica el capítulo VII del título I a las enseñanzas de idiomas. A su vez, el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el cual se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículum básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto constituye, junto con lo que dispone la mencionada ley orgánica, la normativa básica de aplicación en esta materia.

Los aspectos de ordenación académica y de organización de la actividad docente en estas enseñanzas se regulan en la Orden 87/2013, de 20 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana (DOCV 25.09.2013).

El Decreto 155/2007, de 21 de septiembre, del Consell, regula las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Valenciana y establece el currículum del nivel básico y del nivel intermedio (DOCV de 24.09.2007). Adicionalmente, el Decreto 119/2008, de 5 de septiembre, del Consell, establece el currículum del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV de 17.09.2008). El Decreto 138/2014, de 29 de agosto, del Consell, establece el currículum de los niveles C1 y C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana, para los idiomas alemán, español, francés, inglés y valenciano. Estas normas reglamentarias serán aplicables en todo aquello que no se oponga a normas del mismo rango publicadas con posterioridad o de rango superior. Por eso, la publicación del Real Decreto 1041/2017, de rango superior a los decretos mencionados, supone la adecuación de algunos aspectos de esta normativa.

La Orden 78/2013, de 22 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, regula la organización y el funcionamiento de las enseñanzas de idiomas de inglés en la modalidad a distancia That's English! a que hace referencia el artículo 60.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece que las administraciones educativas podrán integrar en las escuelas oficiales de idiomas las enseñanzas de idiomas a distancia.

El Decreto 183/2013, de 5 de diciembre, del Consell, por el cual se procede a la adecuación normativa en el ámbito educativo en cuanto a la realización de pruebas extraordinarias de evaluación y sesiones de evaluación extraordinarias, modifica el despliegue en la Comunitat Valenciana del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomas de régimen especial regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, respecto a la existencia de una convocatoria en septiembre en los cursos de los diferentes niveles en que no sea necesario superar la prueba de certificación.

El Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el cual se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial fija por primera vez unos criterios de elaboración de las pruebas de certificación que habrá que tener en cuenta a la hora de preparar las pruebas de certificación de la convocatoria de 2020 y, por lo tanto, la preparación del alumnado durante el curso 2019-2020.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE n.º 294 de 6.12.2018) introducen una serie de cambios y novedades a los cuales es necesario adaptar los tratamientos actuales. El RGPD menciona expresamente la necesidad de que se apliquen medidas técnicas y organizativas apropiadas por el responsable, con el fin de garantizar que el tratamiento es conforme a lo que dispone el reglamento. En este sentido, los centros tendrán que atender la Resolución, de 28 de junio de 2018, de la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se dictan instrucciones para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat.

Asimismo, los centros tendrán que atender al capítulo III de la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de igualdad de las personas LGTBI (DOGV n.º 8436 de 03.12.2018), al Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el cual se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano (DOGV n.º 8456 de 07.08.2018), y a la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia (DOGV n.º 8450 de 24.12.2018), y la normativa de despliegue correspondiente.

Conviene, por lo tanto, con el fin de concretar aquellos aspectos generales descritos en la normativa vigente, dictar instrucciones respecto a la organización de la actividad docente y el funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2019-2020.

De conformidad con el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de la Generalitat, por el cual se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, y el Decreto 7/2019, de 20 de junio, del presidente de la Generalitat, por el cual se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, resuelvo:

Apartado único

Aprobar las instrucciones incluidas en el anexo I y siguientes, a las cuales tendrá que ajustarse la organización y el funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas durante el curso académico 2019-2020.

Valencia, 19 de julio de 2019.-El secretario autonómico de Educación y Formación Profesional. Miguel Soler Gracia.

ANEXO I

Instrucciones en términos de ordenación académica

y organización de las escuelas oficiales de idiomas valencianas durante el curso 2019-2020

1. Ámbito de aplicación

2. Currículum de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2019-2020

3. Calendario escolar 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas

4. Cursos de oferta formativa complementaria

5. Cursos en línea para profesorado

6. Programación general anual (PGA) y memoria de final de curso

7. Periodo de realización de las pruebas extraordinarias de los cursos no conducentes a la prueba de certificación

8. Horario del profesorado

9. Reducciones de periodos lectivos

10. Ratios mínimas y máximas de alumnado

11. Profesorado redactor y coordinador de pruebas de certificación

12. Personal de apoyo a la corrección de la prueba de certificación de valenciano

13. Adaptación de acceso a las escuelas oficiales de idiomas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

14. Mediatecas lingüísticas

15. Grabación de pruebas orales de alumnos matriculados y no matriculados

16. Comunicación de días no lectivos declarados por el Consejo Escolar Municipal

17. Jornadas de estandarización y mediación lingüística

18. Centros de prácticas y estudiantes Erasmus Prácticas o análogos

19. ITACA

20. That's English!

1. Ámbito de aplicación

Las presentes instrucciones serán aplicables en todas las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana y sus secciones durante el curso 2019-2020.

2. Currículum de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2019-2020

2.1. El Real Decreto 1041/2017, en el artículo 4, establece que, en la determinación del currículum para las enseñanzas de nivel Básico y la regulación de los correspondientes certificados acreditativos de haber superado las exigencias académicas establecidas para el mencionado nivel, las administraciones educativas tomarán como referencia las competencias propias del nivel A de Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas, que se subdivide en los niveles A1 y A2.

En este sentido, los cursos curriculares de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en sus distintas modalidades, en las escuelas oficiales de idiomas se podrán organizar en los niveles siguientes: Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2.

2.2 Por esta razón, mediante esta resolución y siguiendo las instrucciones marcadas por el Real Decreto 1041/2017, que en la disposición final primera indica que, a todos los efectos, las enseñanzas de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, regulados por el Real Decreto, se implantarán en el año académico 2019-2020, se establece, en efectos de ordenación académica para el curso 2019-2020, la siguiente normativa reguladora del currículum en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Valenciana:

- Nivel Básico A2 (Anexo II de esta resolución)

- Nivel Intermedio B1 y B2 (Anexo I Real Decreto 1041/2017)

- Nivel Avanzado C1 y C2 (Anexo I Real Decreto 1041/2017)

2.3. Las enseñanzas de cada nivel se organizarán en uno o varios cursos anuales. Cada curso tendrá una duración mínima de 120 horas. El número de cursos que comprenderá cada uno de los niveles básico, intermedio y avanzado de los diferentes idiomas es el que se recoge a continuación:

Idiomas Número de cursos por nivel

A2 B1 B2 C1 C2

Italiano, portugués, rumano 2 1 2 1 2

Alemán, francés, inglés 2 2 2 2 2

Español lengua extranjera 2 1 1 1 1

Valenciano 1 1 1 1 2

Euskera, griego, ruso 2 2 2 2 -

Finés, neerlandés, polaco 2 2 2 - -

Chino, japonés 3 3 2 2 -

Árabe 3 2 2 2 -

2.4. Este currículum será el marco regulador, tanto para la elaboración de las programaciones didácticas en los distintos niveles y modalidades, como para las especificaciones relativas a la redacción de las pruebas para la obtención de la certificación oficial de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Los principios básicos comunes de evaluación de certificado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial regulados en el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, serán aplicables en todos los procesos de evaluación de certificado de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de los distintos idiomas, convocados para el alumnado tanto de régimen oficial como libre.

De acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1041/2017, en el capítulo II, artículo 4.1, las enseñanzas de Nivel Básico tendrán las características y la organización que las administraciones educativas determinan. Es por ello por lo que el Nivel Básico A2 obtendrá la certificación mediante la evaluación que establezcan los departamentos didácticos correspondientes.

En la certificación académica del alumnado constará que el primer curso de Nivel Básico A2 es equivalente al Nivel Básico A1.

2.5. La incorporación del alumnado procedente de las enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomas de régimen especial regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se hará al curso que corresponda, según se indica en el apartado A del anexo III.

2.6. La incorporación del alumnado procedente de las enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre, sobre Ordenación de las Enseñanzas correspondientes al primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas y el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, por el cual se establece la estructura de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, se hará en el curso que corresponda, según se indica en el apartado B del anexo III.

2.7. En cada uno de los niveles el alumnado dispondrá de un número máximo de años equivalente al doble del que se ordena para cada idioma, que empezará a computar a partir del curso 2019-2020.

2.8. El alumnado del curso 2018-2019 que haya obtenido la calificación de apto en la prueba de certificación de la convocatoria de 2019 obtendrá el certificado de acuerdo con las enseñanzas establecidas en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2.9. De conformidad con el artículo 6.4 del Real Decreto 1041/2017, para superar los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, el alumnado dispone de un número máximo de años equivalente al doble de los que se ordenen para el idioma y el nivel estudiado. Estas convocatorias empezaran a computar a partir del curso escolar 2019-2020, tanto para alumnado matriculado en cursos anteriores como para alumnado de nuevo ingreso.

3. Calendario escolar 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas

3.1. Las clases de los cursos curriculares presenciales de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2 del curso académico 2019-2020 en enseñanzas de idiomas, empezarán el 1 de octubre de 2019, de acuerdo con la Resolución de 10 de junio de 2019, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, por la cual se fija el calendario escolar del curso académico 2019-2020.

3.2. Las clases de los cursos formativos complementarios de dos horas semanales empezarán el día 14 de octubre de 2019. En el caso de los cursos complementarios que se ofrezcan en formato intensivo durante el segundo cuatrimestre u otros formatos de duración, cada escuela establecerá la fecha de inicio de cada curso, y garantizará que se impartan las horas totales del curso.

3.3. Las clases de los cursos en línea de inglés y valenciano para alumnado del PIALP empezarán el día 7 de octubre de 2019.

3.4. La fecha de finalización de las clases, tanto presenciales como a distancia, será el día 22 de mayo de 2020, con el fin de poder realizar los exámenes finales de los cursos no conducentes a la prueba de certificación en las fechas establecidas en el punto 1 del apartado séptimo de esta resolución.

3.5. La prueba de certificación de la convocatoria ordinaria de 2020 empezará a partir del día 28 de mayo en las fechas que determine la correspondiente resolución de convocatoria de inscripción a las pruebas para cada idioma y nivel.

4. Cursos de oferta formativa complementaria

4.1. Con el fin de mejorar la oferta de enseñanza de idiomas y facilitar el acceso del alumnado a los idiomas, se ofrecerán durante el curso 2019-2020 cursos formativos complementarios de 30 o 60 horas anuales impartidos en la modalidad presencial. Estos cursos se podrán dedicar al trabajo de la destreza oral orientada a la interacción en alguno de los niveles que imparta el profesorado, así como a la impartición de grupos de iniciación, preparación de las pruebas de certificación, perfeccionamiento, actualización, formación específica, etc.

4.2. Las escuelas oficiales de idiomas tendrán que solicitar antes del 6 de septiembre de 2019 la autorización de la tipología de los cursos formativos complementarios a que hace referencia el punto anterior, según el modelo facilitado por la dirección general competente en materia de ordenación académica de las escuelas oficiales de idiomas, disponible en el enlace siguiente: http://www.ceice.gva.es/es/web/dgplgm/cursos-complementaris-idiomes.

Los centros deberán rellenar una solicitud por cada curso formativo complementario de la oferta del curso 2019-2020. El formulario será rellenado por el equipo directivo o un miembro del centro en el que delegue (jefe/a de departamento, coordinador/a de departamento o personal administrativo del centro). En cualquier caso, la persona solicitante deberá consignar sus datos personales y hacerse responsable de que los datos consignados en la solicitud son veraces y de acuerdo con estas instrucciones.

En el formulario se deberá contemplar la categoría de los cursos (A para cursos de 60 horas anuales y B para cursos de 30 horas anuales) y el número de catálogo del curso de acuerdo con el anexo IV de esta resolución.

Con intención de homogeneizar la presentación del formato de horario se pondrá el día/los días (sin abreviaturas) y la hora de inicio y de finalización entre paréntesis. Ejemplos: martes y jueves (17:00-18:00); miércoles (17:00-19:00); etc.

El Servicio de Idiomas y Programas Europeos notificará la autorización a las escuelas oficiales de idiomas antes del día 18 de septiembre de 2019. Cada centro tendrá que solicitar tantos cursos complementarios como profesorado tenga cada departamento descontando las reducciones de grupo formativo complementario correspondientes. A tal efecto, habrá que solicitar el 100% de los cursos mencionados en el apartado 8.3.c) de esta resolución, sin perjuicio de que se puedan convertir en horas de atención directa a la mediateca a partir del mes de noviembre, en caso de que no cumplan la ratio mínima de alumnado para impartirlo.

4.3. En aquellos departamentos didácticos que tengan más de un curso formativo complementario del mismo idioma, se distribuirá la oferta horaria de estos cursos preferentemente en franjas horarias diferentes, para adaptarla a la demanda real del alumnado.

4.4. El criterio de admisión del alumnado viene recogido en la correspondiente resolución de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la cual se establece el proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.

4.5. La evaluación será continua mediante la asistencia presencial y la participación activa en las clases, por lo cual será necesaria una asistencia mínima del 75% para la obtención de la calificación de apto. A tal efecto, no se admitirán justificantes de ausencia para acreditar el porcentaje de asistencia mínimo. La programación didáctica del departamento contendrá una descripción de los cursos autorizados que se realizan y de la evaluación del curso expresada en este apartado.

4.6. Para la certificación académica del curso se atenderá a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 31 de enero de 2008, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula la evaluación y promoción de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana.

La realización de los cursos formativos complementarios pasará a formar parte del expediente académico del alumno en el apartado 'otros cursos' del modelo de expediente académico dispuesto en el anexo I de la Orden de 31 de enero de 2008.

En la certificación académica constará siempre la leyenda 'formación complementaria' o 'enseñanza no formal' delante el nombre del curso. Asimismo, se evitará denominar el curso con un nombre que se pueda confundir con la certificación de los niveles A2, B1, B2, C1 o C2 de las enseñanzas curriculares de las escuelas oficiales de idiomas.

5. Cursos en línea para profesorado

5.1. Además de los cursos presenciales curriculares y complementarios ofrecidos para el profesorado, las EOI ofrecerán cursos en línea de B2 y C1 de inglés y C1 de valenciano para el profesorado dentro de las acciones formativas a través de las escuelas oficiales de idiomas en el marco del Pla Integral de Aprendizaje de Lenguas para el Profesorado (de ahora en adelante, PIALP).

5.2. Tendrán el mismo tratamiento que un curso presencial de primero de B2, segundo de B2 o C1 y se acogerán a la misma normativa que un curso presencial.

5.3. Los exámenes finales escritos de primero de B2 y primero de C1 de inglés serán presenciales en la escuela donde está matriculado el alumnado del curso. La prueba final de la parte de producción, coproducción y, si es el caso, de mediación oral podrá ser a través de la plataforma virtual por videoconferencia.

El alumnado de esta modalidad en los niveles segundo de B2 y C1 tendrá que hacer la correspondiente inscripción a las pruebas de certificación de nivel convocadas por resolución anual a tal efecto. Estas pruebas de certificación serán presenciales para todas las destrezas.

5.4. Para la tramitación de expedición del certificado se atenderá a la normativa de expedición de certificados regulada en la Orden 6/2011, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula el procedimiento para la expedición de los certificados de superación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial previstos por la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

5.5. Esta modalidad de curso estará gestionada por la figura del coordinador general de cursos en línea con la función de homogeneizar el procedimiento para todo el profesorado que impartirá los cursos, de dirigir el equipo de profesorado elaborador de los materiales del curso y de coordinarse con los coordinadores de cursos en línea de cada EOI donde se imparta esta modalidad de formación.

El profesorado de aula virtual estará exento de impartir el grupo de curso formativo cuando imparta dos o más grupos en línia del total de su horario individual.

5.6. El curso será completamente en línea. El alumnado dispondrá de un libro de texto que tendrá que trabajar de forma autónoma y preparar para las sesiones de videoconferencia semanales.

Se establecen tres sesiones semanales de una hora para el profesorado-tutor con la tercera parte del alumnado en cada sesión. El alumnado del PIALP tendrá que elegir la asistencia a una de las tres horas semanales de destreza oral, que el profesorado-tutor tendrá que establecer en horarios diferentes para dar flexibilidad al alumnado.

La hora y cuarto restante del horario del profesorado-tutor se dedicará a la tutorización individualizada del alumnado del curso, la administración del curso en Moodle, la cumplimentación de informes de seguimiento individualizado, la dinamización de la comunidad virtual, la gestión de los contenidos de Moodle y de la comunidad virtual, etc.

6. Programación General Anual (PGA) y Memoria de final de curso

6.1. La PGA es el documento de organización administrativa del centro. Ha de constar la estadística de principio de curso (ITACA); la situación de instalaciones y de la equipación; el horario general; el calendario de recogida de notas durante el curso; el calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro; de entrega de la información y de entrevistas a los representantes legales del alumnado; los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado; las programaciones didácticas de los diferentes departamentos; los libros de texto y otros materiales didácticos; la oferta formativa del centro en todas las modalidades de enseñanza; el programa anual de actividades complementarias y extraescolares; y los servicios complementarios y otras informaciones relativas a la organización y funcionamiento del centro.

6.2. Las programaciones didácticas en las escuelas oficiales de idiomas tendrán que concretar, al menos, los apartados siguientes:

6.2.1. Introducción

a) Marco legislativo

b) Justificación de la programación.

c) Contextualización

6.2.2. Currículum de los diferentes niveles

6.2.3. Distribución temporal de las unidades didácticas

6.2.4. Metodología. Orientaciones didácticas

a) Metodología general y específica del idioma

b) Actividades y estrategias de enseñanza y aprendizaje

c) Autoevaluación del alumnado

6.2.5. Criterios de evaluación

a) En cursos no conducentes a prueba de certificación

b) En prueba de certificación

c) Pruebas de nivel

d) Criterios de corrección

e) Evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje

6.2.6. Medidas de atención al alumnado con necesidades educativas especiales

6.2.7. Fomento de la utilización de la biblioteca o mediateca lingüística

6.2.8. Utilización de las tecnologías de la información y la comunicación

6.2.9. Recursos didácticos y organizativos

6.2.10. Pruebas de certificación

6.2.11. Pruebas de los cursos no conducentes a la prueba de certificación

6.2.12. Cursos de formación complementaria

6.2.13. Programación de los cursos formativos de formación continua

6.2.14. Actividades complementarias

6.2.15. Plan de mejora del profesorado

6.3. La fecha tope para la aprobación y grabación de la programación general anual del curso 2019-2020 y la puesta a disposición de esta por vía electrónica ante la administración educativa será el 29 de noviembre de 2019.

6.4. La fecha tope para la remisión de la memoria final del curso 2019-2020 a la administración educativa será el 14 de octubre de 2020.

La memoria final de curso será aprobada por la dirección del centro, informado el consejo escolar del centro, y remitida exclusivamente por vía electrónica o telemática, utilizando el procedimiento y formulario determinado por la Inspección General de Educación que se pondrá a disposición de los centros.

7. Periodo de realización de las pruebas de los cursos no conducentes a la prueba de certificación

7.1. Las pruebas correspondientes a la evaluación ordinaria de los cursos no conducentes a la prueba de certificación se realizarán del 22 al 27 de mayo de 2020.

Las fechas de las pruebas del alumnado que promociona sin necesidad de hacer la prueba de certificación (Certificación de Nivel Básico A2 y, opcionalmente, Nivel Intermedio B1) serán las mismas.

7.2. Las pruebas correspondientes a la evaluación extraordinaria del primer curso del Nivel Básico A2 de todos los idiomas se realizarán entre el día 22 de junio de 2020 y el día 30 de junio de 2020. El resto de cursos no conducentes a la prueba de certificación podrá realizarse a partir del 22 de junio de 2020, cuando haya finalizado la evaluación y corrección de las pruebas de certificación correspondientes a la convocatoria ordinaria, o en el mes de septiembre.

En todo caso, las evaluaciones y las pruebas extraordinarias del curso 2019-2020 tendrán que haber acabado y se tendrán que haber publicado las calificaciones provisionales con anterioridad al día 8 de septiembre de 2020.

7.3. Los centros, en virtud de su autonomía pedagógica y organizativa, establecerán los días en que tendrán lugar las pruebas no conducentes a la prueba de certificación, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria, sin que estas coincidan con las fechas de las pruebas de certificación. Para la convocatoria extraordinaria de los cursos no conducentes a la prueba de certificación podrán determinar las fechas de unos niveles e idiomas en junio y otros niveles en septiembre, a excepción de las fechas determinadas para el primer curso del Nivel A2 en el punto anterior.

7.4. Las fechas de las pruebas extraordinarias de los cursos no conducentes a la prueba de certificación tendrán que ser comunicadas a la inspección del centro con un mínimo de un mes de antelación a la realización de estas.

8. Horario del profesorado

8.1. De acuerdo con la recomendación del punto 2 del artículo único de la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desarrollo de la docencia y la enseñanza de la educación no universitaria, la distribución horaria de la jornada lectiva del profesorado durante el curso 2019-2020 será, a todos los efectos, de 19 horas lectivas.

8.2. El artículo 11.1 de la Orden 87/2013, de 20 de septiembre, establece solo dos opciones de distribución horaria en el calendario escolar. A saber:

a) Cada grupo de alumnado tendrá una media de asignación horaria semanal de 4 horas.

b) Cada grupo de alumnado tendrá una media de asignación horaria semanal de 4 horas y 30 minutos.

En el caso a), la distribución horaria del profesorado estipulada a todos los efectos en el artículo 16, apartado B, podrá incluir la oferta de un grupo formativo/de actualización (de 4 horas semanales), o bien dos grupos formativos/de actualización de 2 horas semanales cada uno.

En el caso b), la distribución horaria del profesorado estipulada a todos los efectos en el artículo 16, apartado B, incluirá la oferta modular de un grupo de destrezas, cursos especializados, monográficos, o cualquier otra opción prevista en la norma vigente en esta materia, tratado como un grupo curricular formativo/de actualización de 2 horas semanales.

8.3. Con el fin de atender la jornada lectiva de 19 horas y en cumplimiento del artículo 11.1 de la Orden 87/2013, de 20 de septiembre, la jornada lectiva de 19 horas (17 + 2) se repartirá siguiendo el esquema siguiente:

a) Dos grupos curriculares de 4 horas semanales repartidas en 2 sesiones de 2 horas que tendrán 5-6 viernes lectivos para completar las 120 horas lectivas anuales.

b) Dos grupos curriculares de 4,5 horas semanales repartidas en 2 horas y 15 minutos cada sesión.

c) Las dos horas restantes podrán ser de un grupo formativo complementario de 2 horas lectivas o bien de atención a la mediateca lingüística. Cada escuela oficial de idiomas tendrá que ofrecer al menos un número de cursos formativos equivalente al profesorado de cada departamento del centro, sin perjuicio de los departamentos donde todos sus miembros tengan reducción de grupo formativo complementario.

Considerando la dificultad de organización mixta de los horarios de los apartados a) y b) y la transitoriedad de la distribución horaria de 19 horas lectivas en este curso, las escuelas organizarán las 17 horas lectivas semanales de grupos curriculares (8 horas + 9 horas) en 4 grupos curriculares homogéneos de 4 horas y 15 minutos semanales cada uno, con el fin de evitar confusiones entre el alumnado a la hora de la asistencia a clase y sortear los agravios comparativos de tener unos grupos con viernes lectivos y otros sin viernes lectivos, y teniendo en cuenta que el artículo 11.1 de la Orden 87/2013 también establece que las escuelas oficiales de idiomas tendrán que garantizar las horas lectivas mínimas de duración para cada curso curricular. A efectos del cómputo de grupos y de su traslado a ITACA, se contabilizarán todos como grupos de 4 horas y 15 minutos.

8.4. En caso de necesidad justificada de personal responsable o dinamizador para la mediateca lingüística, el centro podrá dar 30 horas o 60 horas de dedicación del horario del profesorado, en lugar del correspondiente curso formativo.

8.5. Durante los periodos lectivos establecidos en el calendario escolar vigente, el profesorado dedicará a las actividades del centro 30 horas semanales, de las cuales 19 serán lectivas, y las restantes se distribuirán entre complementarias recogidas en el horario individual semanal y complementarias computadas mensualmente. Las 7 horas y 30 minutos restantes hasta completar la jornada laboral serán de libre disposición del profesorado para la preparación de clases, el perfeccionamiento individual o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.

8.6. Durante los periodos laborales no lectivos, la jornada laboral del profesorado estará dedicada a las actividades que se determinan, entre otras:

a) la realización de actividades de formación permanente del profesorado;

b) la evaluación de las actividades del curso escolar finalizado, contenidas en la programación general anual y en las programaciones didácticas;

c) la programación y planificación del curso escolar siguiente;

d) la elaboración y desarrollo de materiales didácticos;

e) la coordinación didáctica de los equipos docentes del propio centro, y la coordinación con los equipos docentes de otras escuelas oficiales de idiomas para trabajar conjuntamente en temas de mediateca lingüística, elaboración de jornadas de formación conjuntas, pruebas de cursos conducentes o no a la prueba de certificación, etc.;

f) el ejercicio de actividades y programas de investigación e innovación educativa;

g) la puesta en funcionamiento de programas de orientación, refuerzo o profundización con el alumnado que lo requiera;

h) otras actividades complementarias de carácter pedagógico o de colaboración en la organización y el funcionamiento del centro o con la administración educativa.

8.7. Durante el periodo de pruebas de certificación, el profesorado suscribirá un horario individual adaptado a las necesidades de las particularidades de la prueba de certificación en el que constarán horas de dedicación al departamento y horas de dedicación al centro que se dedicarán al apoyo a las pruebas de certificación de todo el centro, con independencia del departamento de que se trate. Estas tareas de apoyo consistirán en vigilancia y administración de las pruebas, así como corrección de las tareas de comprensión con plantilla de corrección objetiva.

El profesorado del centro que tenga los requisitos académicos adecuados para evaluar otros idiomas distintos a los de la especialidad por la cual ha accedido a su puesto de trabajo podrá formar parte de los equipos evaluadores de la producción y coproducción oral y escrita de otros departamentos para la prueba de certificación. Esta circunstancia se hará constar en el horario individual del periodo de certificación.

8.8. El periodo de pruebas finales tendrá la consideración de periodo lectivo con sesiones diarias de un mínimo de cinco horas en el cómputo total del horario individual del profesorado.

9. Reducciones de periodos lectivos

9.1. Reducciones lectivas para funciones directivas

Las reducciones de grupos lectivos de los órganos unipersonales de docencia directa contemplados en el apartado B.2 del artículo 10 de la Orden 87/2013, de 20 de septiembre, se establecen como reducciones de grupos curriculares ordinarios para los miembros del equipo directivo del centro.

9.2. Reducciones lectivas para direcciones de departamento

Las reducciones de grupos lectivos para direcciones de departamento contempladas en el artículo 10 de la Orden 87/2013 se distribuirán de la siguiente manera:

a) Las direcciones de departamento con más de 25 profesores impartirán 3 grupos, 2 de los cuales serán grupos curriculares ordinarios y 1 será grupo formativo.

b) Las direcciones de departamento con 25 o menos profesores impartirán los grupos siguientes:

- Direcciones de departamento con 4-25 profesores (mínimo de 16 grupos en total, contando tanto ordinarios como formativos): tres grupos curriculares ordinarios más un grupo formativo.

- Direcciones de departamento con 1-3 profesores (máximo de 15 grupos en total, contando tanto ordinarios como formativos): cuatro grupos curriculares ordinarios.

9.3. Reducciones lectivas para coordinaciones de departamento

De acuerdo con los artículos 7 y 10 de la Orden 87/2013, la reducción de grupos para coordinación de departamento se distribuirán de la siguiente manera:

' Los departamentos con más de 25 profesores impartirán 4 grupos, de los cuales tres grupos serán ordinarios y un grupo será formativo.

' Las coordinaciones de departamento con menos de 25 profesores tendrán las reducciones contempladas en el cuadro siguiente.

Grupos Coordinaciones Reducción

De 15 a 44 Hasta 1 Una coordinación con reducción de grupo formativo

De 45 a 74 Hasta 2 Dos coordinaciones con reducción de grupo formativo

De 75 a 104 Hasta 3 Tres coordinaciones con reducción de grupo formativo

De 105 a 134 Hasta 4 Cuatro coordinaciones, de las cuales tres tienen reducción de grupo formativo y una, reducción de curso curricular.

De 135 o más Hasta 5 Cinco coordinaciones, de las cuales tres tienen reducción de grupo formativo y dos, reducción de curso curricular.

Para atender la gestión de la demanda de certificación de alumnado no matriculado y el aumento de grupos en estos departamentos por las acciones formativas a través de las escuelas oficiales de idiomas en el marco del PIALP, la coordinación de departamento de valenciano tendrá una reducción de grupo curricular ordinario a partir de la primera coordinación y la coordinación del departamento de inglés tendrá una reducción de grupo curricular ordinario a partir del tercer coordinador (más de 75 grupos).

9.4. Coordinaciones de secciones

Con el fin de homogeneizar las reducciones para la coordinación de sección a que hace referencia el artículo 7.3 de la Orden 87/2013, se establecen las reducciones siguiendo el siguiente criterio:

Grupos curriculares a la sección Reducción

De 6 a 16 Un grupo formativo

De 17 a 28 Un grupo curricular

De 29 a 36 Un grupo curricular y un grupo formativo

De 37 a 48 Dos grupos curriculares y un grupo formativo

De 49 o más Tres grupos curriculares y un grupo formativo

9.5. Resto de coordinaciones

La coordinación TIC y la coordinación de formación tendrán una reducción de grupo de curso formativo de dos horas y dos horas complementarias. En el caso de centros con más de 5000 alumnos, la reducción será de un grupo curricular ordinario y de un grupo de curso formativo.

La coordinación de la mediateca lingüística tendrá una reducción de un curso formativo de dos horas en todas las EOI para la creación de material de mediateca. En las EOI de Alicante, Castellón, Elche, Gandia, València y Xàtiva la coordinación de mediateca tendrá una reducción de un curso curricular y los tres miembros de la comisión de mediateca, una reducción de un curso formativo de dos horas. El resto de profesorado que esté exento de la impartición del curso formativo complementario para hacer atención directa, creación de materiales y asesoramiento pedagógico y lingüístico a las personas usuarias de la mediateca lingüística o biblioteca, de acuerdo con la jornada lectiva descrita en el punto 8.3.c) de este anexo será considerado parte de la comisión coordinadora de la mediateca lingüística.

La coordinación de igualdad y convivencia tendrá una reducción de un curso formativo de 2 horas.

La coordinación general de cursos en línea tendrá una reducción horaria de un grupo curricular ordinario con el fin de homogeneizar el procedimiento para todo el profesorado que impartirá los cursos y dirigir el equipo de profesorado elaborador de los materiales del curso. Además, la coordinación de los cursos en línea en cada EOI donde se imparta esta modalidad de formación tendrá una reducción horaria de un grupo curricular.

10. Ratios mínimas y máximas de alumnado

10.1. Las ratios mínimas y máximas, de acuerdo con la aplicación progresiva de la bajada de la ratio de alumnado contemplada en el Decreto 89/2017, son las establecidas en el cuadro siguiente:

10.2. La ratio máxima se mantendrá sin posibilidad de incremento. Solo se podrán aprovechar las bajas del alumnado para regularizar la ratio de alumnado por grupo, siempre que la baja se produzca antes del cierre de la programación general anual.

11. Profesorado redactor y coordinador de pruebas de certificación

11.1. El profesorado miembro de comisiones redactoras de pruebas de certificación estará exento de impartir el grupo de curso formativo complementario de 2 horas semanales.

11.2. El horario de permanencia al centro será el establecido en su horario firmado y hará las mismas horas de permanencia en el centro que todo el profesorado.

11.3. Las comisiones redactoras tienen la consideración de órganos colegiados. La realización de la convocatoria de las sesiones será una de las funciones de la secretaría de la comisión.

11.4. Durante el curso 2019-2020, la persona coordinadora de cada comisión redactora se encargará de enviar la convocatoria de reunión a las escuelas oficiales donde estén trabajando los miembros de la comisión redactora, por lo cual la dirección de la escuela oficial dará permiso para ausentarse al profesorado designado como redactor de las pruebas de certificación que tenga en plantilla. Este permiso no será aplicable a las jornadas en que haya reuniones de equipo (claustros, reuniones de departamento, etc.).

11.5. Los centros facilitarán, en la medida de sus posibilidades, las instalaciones y equipación a las comisiones redactoras para que puedan reunirse y trabajar en la elaboración y redacción de las pruebas de certificación.

12. Personal colaborador apoyo valenciano

12.1. En caso de aumento de matrícula de alumnado libre a la prueba de certificación de valenciano de la convocatoria de 2020, la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo nombrará personal de apoyo a la corrección de las pruebas de valenciano y notificará en cada escuela oficial de idiomas el número de sesiones de apoyo que le corresponden atendiendo a las cifras de alumnado de cada EOI y el profesorado del departamento de valenciano con que cuenta el centro.

12.2. Antes del inicio de la prueba de certificación, la dirección de cada escuela oficial de idiomas remitirá al Servicio de Idiomas y Programas Europeos el calendario de las sesiones que tiene previsto que lleve a cabo el personal de apoyo asignado, de acuerdo con el modelo del anexo V, que estará disponible en la web www.eoi.gva.es.

La confección de la distribución horaria de los tribunales de corrección tendrá en cuenta la disponibilidad horaria del personal de apoyo a la corrección, que no podrá exceder de 12 sesiones de corrección en todo el proceso de evaluación de la prueba.

12.3. La jefatura de estudios, de acuerdo con el artículo 11 del Decreto 167/2017, de 3 de noviembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de las escuelas oficiales de idiomas, apartados e, f y g, tiene que elaborar y coordinar los horarios de este profesorado con la colaboración del/de la jefe/a de departamento, así como controlar el cumplimiento de la jornada de trabajo del profesorado y dejar constancia documental de la asistencia, mediante los modelos del anexo V, que estarán disponibles en la web www.eoi.gva.es.

12.4. El profesorado a media jornada del departamento de valenciano u de otros departamentos del centro que tenga el Certificado del Nivel C2 de Valenciano podrá formar parte del personal de apoyo a la corrección de la prueba de Certificación de Valenciano fuera de su horario del centro. Tendrá que constar en el listado de sesiones enviado al Servicio de Idiomas y Programas Europeos antes del inicio de la prueba.

13. Adaptación de acceso a las escuelas oficiales de idiomas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

13.1. La adaptación de acceso a las escuelas oficiales de idiomas requiere seguir el procedimiento que especifica el artículo 11.3 de la Orden 20/2019, de 30 de abril. Para tener derecho a las adaptaciones de acceso, el alumnado tiene que acreditar la situación de discapacidad, por medio de certificados e informes expedidos por la administración competente.

13.2. De acuerdo con la Orden de 31 de enero de 2008, por la cual se regula la evaluación y la promoción de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en la celebración de las pruebas específicas de evaluación que se convocan, las escuelas oficiales de idiomas tendrán que adaptar la duración y las condiciones de realización a las características de este alumnado, considerando que no serán reconocidas las exenciones totales o parciales de algún apartado del curso o prueba, teniendo en cuenta el artículo 3.9 del Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el cual se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, que establece que el alumnado que necesita condiciones especiales para la realización de la evaluación de certificación no será dispensado de la realización de ninguna de las partes de que consta la prueba, que será única para todo el alumnado.

13.3. Tanto el alumnado matriculado en las escuelas oficiales de idiomas durante el curso académico 2019-2020 como el alumnado no matriculado que accede a la prueba de certificación en la modalidad libre en las convocatorias de 2020, tiene que acreditar, en el mismo momento de efectuar la matrícula, la situación de discapacidad y solicitar expresamente el tipo de adaptación que necesita, como indica el artículo 13 de la Orden de 10 de marzo de 2008, de la Conselleria de Educación. Para lo cual, el alumnado matriculado o sus representantes legales, si es menor de edad, tienen que presentar, antes del 5 de noviembre de 2019 (o en los diez días siguientes a su incorporación al centro en el supuesto de traslado después de esta fecha), en el centro donde cursa sus estudios, un impreso de solicitud de adaptación total o parcial de las pruebas de evaluación durante el curso.

13.4. En el momento de la matrícula, este alumnado puede solicitar también adaptaciones para las clases presenciales.

13.5. No se establecerá un plazo de admisión de solicitudes para alumnado con necesidades educativas especiales fuera del periodo establecido por la normativa vigente.

13.6. Los datos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y las medidas de respuesta que se aplican a lo largo del curso, si es el caso, se tienen que registrar en ITACA por parte de la dirección del centro, que tiene la responsabilidad de velar para que los datos introducidos estén actualizados, sean veraces y correspondan a la información contenida en el informe emitido por el servicio especializado de orientación del centro educativo de régimen general de procedencia del alumnado. La fecha de puesta en funcionamiento de esta funcionalidad en ITACA será comunicada a las escuelas oficiales de idiomas en el momento de su disponibilidad.

En el caso de un alumno o alumna de la Escuela Oficial de Idiomas que, por su edad y circunstancias personales, no esté escolarizado en un centro educativo, el Departamento de Orientación del último centro donde ha sido escolarizado o, si no puede ser, el Servicio Psicopedagógico Escolar (SPE) de la zona que corresponda en el domicilio del alumnado, será el responsable de emitir el informe que realice la propuesta de las medidas de respuesta adecuadas.

13.7. Las adaptaciones realizadas tienen que contemplarse en el expediente académico del alumno o alumna.

14. Mediateca lingüística

14.1. La mediateca lingüística tiene como finalidad dar herramientas a la ciudadanía para la adquisición o refuerzo de lenguas a través de formación continua y a lo largo de la vida en un horario flexible y un formato diferente al de la asistencia a cursos. Para esta finalidad, las escuelas oficiales de idiomas dispondrán de un espacio físico donde ubicar la biblioteca, el aula de autoaprendizaje y el espacio de recursos.

14.2. A lo largo del curso 2019-2020, aquellas escuelas oficiales de idiomas que tengan las instalaciones equipadas para iniciar la actividad pondrán en marcha la mediateca lingüística.

14.3. A partir de la puesta en marcha de las mediatecas de las diferentes EOI, se podrá expedir el carné de mediateca lingüística a las personas que así lo soliciten, aplicando la tasa de 26 euros establecida en la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, que regula las tasas vigentes. El alumnado matriculado a cursos de las escuelas oficiales de idiomas estará exento del pago de la tasa de mediateca lingüística.

El carné de la mediateca lingüística permitirá al usuario el acceso a los materiales, servicios e instalaciones de la mediateca de la escuela. La validez del carné de la mediateca tendrá una duración de un año natural desde el momento de su expedición y podrá ser solicitado y expedido a lo largo de todo el curso escolar.

Asimismo, mediante la presentación de este carné, que será de uso unipersonal e intransferible, se realizará la identificación y el control de asistencia de las personas usuarias, de su tiempo de permanencia en la mediateca y de los recursos utilizados.

14.4. Los usuarios de la mediateca tendrán la misma cobertura que el alumnado de la escuela oficial de idiomas a efectos de la responsabilidad civil. En caso de solicitar la admisión y matrícula a los cursos de las escuelas oficiales de idiomas en cualquier modalidad, la condición de usuario de la mediateca lingüística no generará ninguna prioridad de admisión. Los usuarios de mediateca serán considerados alumnado de nuevo ingreso en los cursos o alumnado libre en caso de querer presentarse a las pruebas de certificación de cualquier idioma y nivel.

14.5. Cada escuela oficial de idiomas establecerá las normas de uso y funcionamiento de la mediateca lingüística en el reglamento de régimen interno y serán publicadas en el sitio web de la escuela oficial de idiomas, así como expuestas en un lugar visible en el espacio físico de la mediateca.

14.6. El Decreto 167/2017, de 3 de noviembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de las escuelas oficiales de idiomas, en el artículo 28, establece para la mediateca lingüística la organización siguiente:

Con el fin de optimizar el espacio de mediateca lingüística se creará una comisión que gestionará el uso y el horario. A tal efecto, se creará la figura de coordinador o coordinadora de la mediateca lingüística, que presidirá la comisión y tendrá una atribución horaria específica.

La comisión de la mediateca lingüística estará formada por los miembros siguientes: el coordinador o coordinadora de la mediateca, un número mínimo de tres docentes de departamentos diferentes y un número de alumnos entre uno y tres. En la elección de los miembros de la comisión de la mediateca tendrán prioridad los miembros de los departamentos con menos demanda para los cursos formativos.

14.7. Serán funciones de la comisión de la mediateca lingüística:

a) potenciar y dinamizar el uso de la mediateca lingüística entre el alumnado para que tenga un papel activo en la vida escolar;

b) difundir los fondos y las actividades de la mediateca lingüística entre los miembros de la comunidad educativa y canalizar la demanda;

c) fomentar la lectura recreativa y favorecer el desarrollo del hábito lector y el placer por la lectura;

d) facilitar el préstamo al alumnado del centro;

e) revisar y difundir las normas de uso y funcionamiento de la mediateca lingüística;

f) participar en la gestión de la mediateca lingüística;

g) crear materiales de autoaprendizaje para la mediateca lingüística.

La comisión de la mediateca lingüística se reunirá al menos una vez al trimestre. En esta reunión, los y las miembros de la comisión que tengan asignada la creación de materiales para la mediateca entregarán los materiales que hayan elaborado durante el trimestre. La versión final de este material quedará a disposición del fondo documental compartido con todas las mediatecas lingüísticas valencianas.

14.8. Son funciones del coordinador de la mediateca lingüística:

a) elaborar las normas de uso y funcionamiento de la mediateca lingüística;

b) coordinar el alumnado voluntario que quiera colaborar en la gestión de la mediateca lingüística;

c) actualizar los recursos mediante propuestas de adquisición de material;

d) organizar actividades de formación para los usuarios, tanto del profesorado como del alumnado.

14.9. Actividades de la mediateca lingüística. La mediateca lingüística podrá disponer de los servicios siguientes:

a) asesoramiento del profesorado a las personas usuarias para diseñarles un plan de trabajo autónomo y un seguimiento periódico de este plan;

b) aula de autoaprendizaje con material especialmente diseñado para fomentar la autoformación de las personas usuarias;

c) talleres de aprender a aprender;

d) acceso en programas informatizados de autoaprendizaje de lenguas;

e) grupos de conversación;

f) material de consulta para mantener el contacto con el aprendizaje de las lenguas a lo largo de la vida;

g) espacio de socialización lingüística.

15. Grabación de pruebas orales de alumnos matriculados y no matriculados

15.1. La Resolución de 6 de febrero de 2019, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba de certificación de los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de lenguas (MECR) de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana, correspondiente a la convocatoria de 2019, establece que «la matriculación en la prueba de certificación puede comportar la grabación de la prueba de destreza de expresión e interacción oral por parte del profesorado del departamento correspondiente. El material grabado no podrá ser reproducido con fines distintos de los de la evaluación».

15.2. Corresponderá a los departamentos didácticos de cada escuela oficial de idiomas la decisión de la grabación de las pruebas.

15.3. El material grabado no podrá ser reproducido con fines distintos de los de la evaluación. Las grabaciones serán confidenciales y las personas encargadas de la custodia serán los/las jefes/as de departamento, que las guardarán durante un curso. En la ficha de evaluación tendrá que constar el número de pista de la grabación o alguna identificación correspondiente al candidato o a la candidata. La grabación de estas pruebas también podrá hacerse en los cursos no conducentes a la prueba de certificación, de lo cual se hará cargo el profesorado de cada curso y tendrá la custodia la dirección del departamento.

16. Comunicación de días no lectivos declarados por el Consejo Escolar Municipal

La Orden de 11 de junio de 1998, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la cual se establecen los criterios generales por los cuales se tiene que regir el calendario escolar para todos los centros docentes de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional, Bachillerato, enseñanzas artísticas y enseñanzas de idiomas, en el artículo quinto establece que el Consejo Escolar Municipal podrá proponer un máximo de tres días festivos, a efectos escolares, entre los declarados lectivos en el calendario. Los tienen que solicitar antes del 20 de julio anterior al curso escolar de que se trate.

La dirección territorial autorizará la propuesta de días no lectivos del calendario escolar 2019-2020. La inspección de Educación hará el seguimiento y trasladará esta información a la Comisión Coordinadora de las Pruebas de Certificación antes de finalizar 2019 para que lo tenga en consideración en la planificación del calendario de realización de las pruebas.

La publicación por parte de la Conselleria de las fechas de las pruebas de certificación para mayo, junio y septiembre de 2020 tendrá en cuenta la autorización de días no lectivos.

17. Jornadas formativas de actualización del profesorado del centro

17.1. Con el fin de concretar los aspectos generales descritos en el Real Decreto 1041/2017 y actualizar los niveles y descriptores revisados, se realizarán dos jornadas de estandarización anuales de carácter obligatorio. Una de estas será con el departamento del idioma implicado, que podrá ser conjunta con otras escuelas. Es recomendable realizar las jornadas con la asistencia, también, de profesorado de otras instituciones certificadoras del idioma.

La segunda jornada será interdepartamental. Podrá ser para todo el centro o para varias lenguas para homogeneizar los métodos de evaluación y corrección de las pruebas.

La asistencia a estas jornadas será recomendada a los colaboradores externos de inglés y valenciano para las pruebas de certificación porque será necesaria esta formación para evaluar las pruebas de certificación de las EOI como colaborador externo.

17.2. Las personas coordinadoras de igualdad y convivencia participarán de la formación específica que se programe a través de la oferta del CEFIRE correspondiente.

18. Centros de prácticas y estudiantado Erasmus Prácticas y análogos

18.1. La participación de los centros y del profesorado en la formación pedagógica y didáctica de los estudiantes del máster que habilita para la profesión de docente de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de idiomas se realizará según lo que establece la Orden de 30 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Educación, por la cual se regula la convocatoria y el procedimiento para la selección de centros de prácticas y se establecen orientaciones para el desarrollo del Prácticum de los títulos oficiales de máster que habilitan para el ejercicio de las profesiones de profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de idiomas (DOCV 15.10.2009).

18.2. Los centros también podrán acoger estudiantes extranjeros en prácticas a través del programa Erasmus+. La acogida de este alumnado se regula en la Resolución, de 20 de febrero de 2017, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la cual se aprueban las instrucciones de acogida de estudiantes de educación superior Erasmus+ para la realización de prácticas en centros educativos valencianos (DOGV 24.02.2017).

19. ITACA, Tecnologías de la Información y la Comunicación y Protección de Datos

19.1. Normativa que tendrá que ser contemplada en materia del uso de las tecnologías de la información y de la comunicación y la protección en el tratamiento de los datos.

Se atenderá a lo que dispone la legislación en la materia y en las instrucciones de servicio que dictó la dirección general con competencias en tecnologías de la información y de la comunicación, y específicamente en:

19.1.1. Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (conocido por Reglamento General de Protección de Datos, RGPD) (DOUE L119/1, de 04.05.2016).

19.1.2. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE n.º 298, de 14.12.1999), que a pesar de ser una norma derogada con efectos de 7 de diciembre de 2018, permanece en el sentido que se prevé en las disposiciones adicional 14 y transitoria 4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, según establece su disposición derogatoria única.

19.1.3. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

19.1.4. El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE n.º 17, 19.01.2008).

19.1.5. La Orden 19/2013, de 3 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la cual se establecen las normas sobre el uso seguro de medios tecnológicos en la Administración de la Generalitat.

19.1.6. La Instrucción 4/2011, de la Dirección General de Tecnologías de la Información, sobre la adecuación a la LOPD de los centros educativos públicos.

19.1.7. La Instrucción 6/2012, de las direcciones generales de Tecnologías de la Información y de Centros Docentes, para la implantación de la telefonía IP a los centros educativos.

19.1.8. La Instrucción 7/2012, sobre la implantación y el uso del software libre en el puesto de trabajo.

19.1.9. La Instrucción de Servicio n.º 2/2009, de la Dirección General de Innovación Tecnológica Educativa, para la petición y explotación del espacio web y subdominio proporcionado por la Conselleria de Educación a los centros docentes, y la modificación de esta mediante la Instrucción 1/2010.

19.1.10. La Instrucción de Servicio n.º 5/2009, de la Dirección General de Innovación Tecnológica Educativa, para la utilización y custodia de las licencias del software instalado a los centros docentes de la Generalitat.

19.1.11. La Resolución, de 26 de junio de 2013, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de la Dirección General de Tecnologías de la Información, por la cual se establece el procedimiento y el calendario de inventariado y certificación de las aplicaciones y equipación informática que hay en los centros educativos dependientes de la Generalitat (DOGV 7056, 28.06.2013).

19.1.12. La Resolución, de 28 de junio de 2018, de la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se dictan instrucciones para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat (DOGV n.º 8436 de 03.12.2018).

19.2. ITACA

19.2.1. El Decreto 51/2011, de 13 de mayo, del Consejo, sobre el sistema de comunicación de datos a la Conselleria competente en materia de educación, por medio del sistema de información ITACA, de los centros docentes que imparten enseñanzas regladas no universitarios (DOGV n.º 6522 de 17.05.2011), regula este sistema de información, como instrumento para la gestión y la comunicación de los datos y de los documentos necesarios para el funcionamiento adecuado del sistema educativo de la Comunitat Valenciana.

19.2.2. El sistema de información ITACA tiene como finalidad la consecución de una gestión integrada de los procedimientos administrativos y académicos del sistema educativo de la Comunitat Valenciana.

19.2.3. Todas las escuelas oficiales de idiomas tienen la obligación de comunicar a la conselleria competente en materia de educación, en el plazo establecido en la normativa vigente y mediante el sistema ITACA, la información requerida en el mencionado Decreto 51/2011, con una atención especial a los datos que hacen referencia al derecho de asistencia y estudio del alumnado, según el artículo 24 del Decreto 39/2008, de 4 de abril (DOGV n.º 5738, de 09.04.2008).

19.2.4. La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte pone a disposición de los centros educativos un sistema de comunicación entre el centro y el equipo docente con el alumnado y los responsables familiares mediante las plataformas ITACA-Web Familia 2.0 y Módulo Docente 2.0. La fecha de puesta en funcionamiento de este sistema será comunicada en las escuelas oficiales de idiomas en el momento de su disponibilidad.

19.3. Uso de plataformas informáticas en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat

19.3.1. La Orden 19/2013 sobre normas para la utilización segura de medios tecnológicos en la Administración de la Generalitat establece que queda prohibido transmitir o alojar información propia de la Administración de la Generalitat en sistemas de información externos (como es el caso de los servicios en la nube «on cloud»), excepto autorización expresa de la conselleria competente en materia de educación, verificando el correspondiente acuerdo de confidencialidad, y siempre previo análisis de los riesgos asociados a tal externalización. Por lo tanto, como norma general, tendrán que emplearse las herramientas que la conselleria competente en materia de educación ponga a disposición de los centros. Además, el artículo 5.4 de la mencionada Orden 19/2013, establece que cualquier externalización del tratamiento requiere la suscripción de un contrato entre la conselleria competente en materia de educación, como responsable del tratamiento, y la empresa responsable de la prestación del servicio, como encargada de tratamiento, que en este caso serían las empresas propietarias de estas plataformas. La obligatoriedad de este «contrato por encargo», así como sus condiciones, se encuentra especialmente especificada en el artículo 28 del reciente Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

19.3.2. En relación con el uso de redes sociales en el ámbito educativo, la mencionada Resolución, de 28 de junio de 2018, indica que la publicación de datos personales en redes sociales por parte de los centros educativos requiere contar con el consentimiento inequívoco de las personas implicadas, a las cuales habrá que informar previamente de manera clara de los datos que se publicarán, en qué redes sociales, con qué finalidad, quién puede acceder a los datos, así como de la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

19.3.3. No requerirá autorización el uso de redes sociales para el ejercicio de las competencias en materia de educación, siempre que no traten ni difundan datos personales del tratamiento, de las cuales sean responsables los titulares de órganos superiores o del nivel directivo de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Tiene la condición de datos personales toda información que se pueda relacionar con una persona física identificada o identificable. Esta definición incluye, entre otros datos, imágenes, voz, códigos de identificación, calificaciones u opiniones. Sin embargo:

a) Está expresamente no autorizado el uso de redes sociales que incluyan cualquier tipo de publicidad o que puedan ser utilizadas para una finalidad diferente de la misma comunicación.

b) Cuando se utilicen estos medios, los centros educativos informarán a las familias y al alumnado mayor de 14 años sobre el uso seguro de las redes sociales, de los derechos y obligaciones de los intervinientes, así como de la exención de responsabilidad de la Conselleria en estas aplicaciones.

c) Cuando los datos personales del alumnado, incluyendo fotografías o vídeos, sean proporcionados por terceros u otros miembros de la comunidad educativa, sin mediación del titular de los datos (el alumnado mayor de 14 años o quienes ostenten la representación legal del menor), se garantizará que se dispone de la autorización expresa y concreta de uso o la asunción de responsabilidad por el cedente.

19.3.4. Cualquier tratamiento de datos de carácter personal tiene que cumplir con lo previsto en la normativa vigente en la materia y en particular con las obligaciones de información a los afectados por los tratamientos y transparencia sobre estos. Además, el tratamiento de datos tiene que ceñirse a las finalidades específicas previstas en su creación y tiene que haber sido publicado en los correspondientes registros de actividades.

El órgano de información y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección de datos es la Delegación de Protección de Datos (dpd@gva.es) a quien se pueden dirigir los interesados por lo que respecta a todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos al amparo del Reglamento General de Protección de Datos.

19.3.5. Sobre la utilización de aplicaciones de mensajería por parte del profesorado para la comunicación con el alumnado, el punto 3.2.7 de la mencionada resolución, de 28 de junio de 2018, indica que, a todos los efectos, las comunicaciones entre el profesorado y el alumnado tienen que tener lugar dentro del ámbito de la función educativa y no llevarse a cabo a través de aplicaciones de mensajería instantánea. Si hubiera que establecer canales específicos de comunicación, tendrán que emplearse los medios y herramientas establecidos por la conselleria competente en materia de educación y puestas a disposición de alumnado y profesorado o por medio del correo electrónico. Asimismo, cuando la comunicación fuera entre el profesorado y quien ostente la representación legal del alumnado, el punto 3.2.8 señala que las comunicaciones tienen que llevarse a cabo a través de los medios puestos a disposición de los dos por el centro educativo o la conselleria competente en materia de educación.

19.3.6. El tratamiento de datos personales mediante aplicaciones informáticas móviles, conocidas como «apps», tienen que incluirse en la política de seguridad del centro, como mínimo con las mismas garantías que cualquier otro tratamiento, tal como indica el informe sobre la utilización por parte de profesores y alumnos de aplicaciones que almacenan datos en la nube con sistemas ajenos a las plataformas educativas, publicado por la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/media/guias/guia-orientaciones-apps-datos-alumnos.pdf).

Tal como indica este informe, las aplicaciones que contienen más datos personales del alumnado son los cuadernos de notas de los docentes, que mantienen su progreso y sus calificaciones, por lo que cualquier aplicación que incluya la identificación del alumno puede llevar a la elaboración de perfiles según las funcionalidades y la tipología de los datos recopilados. Con los hábitos de navegación, junto con los datos de otros usuarios con los cuales contacta y su comportamiento educativo, se pueden crear perfiles del usuario susceptibles de ser tratados sin el consentimiento del usuario, bajo la excusa de la mejora del funcionamiento del servicio. Los usuarios se pueden clasificar fácilmente según su actividad, en función de las acciones que realizan, o incluso el tiempo que tardan en realizarlas. Hay que tener en cuenta que las aplicaciones de instalación no asistida en dispositivos móviles inteligentes son capaces de acceder a gran cantidad de datos de carácter personal almacenados en el propio dispositivo, tales como el número de identificación del terminal, agenda de contactos, imágenes o vídeos. Además, estas aplicaciones pueden acceder a los sensores del dispositivo y obtener la ubicación geográfica, capturar fotos, vídeo o sonido a través de ellos.

Por todo esto, no se podrán utilizar aquellas plataformas informáticas o aplicaciones informáticas móviles (conocidas como «apps»), diferentes de las dispuestas o autorizadas por la conselleria competente en materia de educación, que tengan como finalidad:

a) la comunicación con el alumnado o con las familias, en caso de alumnado menor de edad;

b) el seguimiento del alumnado a través de cuadernos de notas de progreso y su calificación.

20. That's English!

Las enseñanzas en la modalidad de educación a distancia That's English! serán las de los niveles Básico A2, Intermedio B1 e Intermedio B2 del idioma inglés de las escuelas oficiales de idiomas en el ámbito de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, con las oportunas adaptaciones curriculares para su impartición a través de la modalidad a distancia.

La normativa de aplicación para esta enseñanza será la Orden 78/2013, de 22 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización y el funcionamiento de las enseñanzas de idiomas de inglés, en la modalidad a distancia That's English!

20.1. Estructura académica - plan de estudios del curso 2019-2020

Para el curso 2019-2020, la estructura académica de la enseñanza a distancia That's English! será la del Plan de 2018. Atendiendo a la complejidad de la tarea de renovación que se está llevando a cabo, este curso se utilizarán los materiales del Plan 11 de estudios de That's English!, que se aplicará a los niveles A2, B1 y B2.

Estructura del Plan 2018

Nivel Curso Módulos

Básico A2 Básico A2.1 Módulos 1 + 2

Básico A2.2 Módulos 3 + 4

Intermedio B1 Intermedio B1.1 Módulos 5 + 6

Intermedio B1.2 Módulos 7 + 8

Intermedio B2 Intermedio B2.1 Módulos 9 + 10

Intermedio B2.2 Módulos 11 + 12

La superación del módulo 4 del Plan 2018 de That's English! dará lugar al certificado acreditativo de haber superado el Nivel Básico A2.

La superación de los módulos 8 y 12 del Plan 2018 de That's English! dará acceso a la realización de la prueba de certificación de Nivel Intermedio B1 y Nivel Intermedio B2, respectivamente, que será la misma para todo el alumnado del ámbito de la Comunitat Valenciana.

La superación de la prueba a que se hace referencia en el párrafo anterior dará lugar al certificado acreditativo de haber superado el Nivel B1 o B2 según se define en el MECR.

Aquellos alumnos que no deseen o no consigan la certificación oficial de su nivel de inglés, una vez superados los módulos 4 y 8, respectivamente, podrán matricularse en el módulo inmediatamente superior: 5 y 9. De este modo se garantiza la continuidad del alumnado en el programa, aunque no consiga el certificado.

20.2. Criterios de admisión del alumnado

A todos los efectos, se aplicarán los mismos criterios de acceso a los diferentes cursos y niveles establecidos en el apartado primero (Condiciones de acceso) de la Resolución, de 7 de mayo de 2019, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, que regula la admisión y matrícula a las escuelas oficiales de idiomas valencianas.

La superación de los módulos 2, 4, 6, 8, 10 y 12 darán acceso a los cursos 2A2, 1B1, 2B1, 1B2, 2B2 y 1C1 respectivamente o el nivel asignado en la prueba VIA.

En cualquier caso, podrán acceder a cualquiera de los cursos de los niveles Básico A2, Intermedio B1 e Intermedio B2 los que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 59.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, puedan acreditar el dominio de competencias suficientes en el idioma mediante la Valoración Inicial del Alumno (VIA), prueba dirigida a aquellas personas que tienen conocimientos suficientes de inglés y desean acceder a cualquier curso del programa That's English! sin haber cursado o superado el anterior o los anteriores; por lo cual:

- Las escuelas oficiales de idiomas realizarán la prueba VIA, que se celebrará antes del inicio del periodo de inscripción del curso 2019-2020.

- A fin de unificar los niveles de acceso con los exigidos en la modalidad presencial, la prueba de Valoración lnicial del Alumno será elaborada por el departamento didáctico del centro, de acuerdo con las normas y los criterios establecidos para su prueba de clasificación.

- El informe de la VIA se incorporará al expediente académico del alumno o alumna, y no generará ningún efecto ni ningún derecho académico, excepto la posibilidad de acceder al curso indicado.

- Una vez formalizada la inscripción en el curso que corresponda después de la realización de la prueba VIA, el efecto se aplica únicamente para esta modalidad formativa (That's English!) y para el curso escolar en que se realice.

- Quienes solicitan (por medio de la preinscripción) realizar la valoración inicial, no podrán efectuar la matrícula en ningún curso hasta que no conozcan el resultado de su evaluación. Una vez conocido el resultado de la prueba, procederán, si es el caso, al pago de la tasa correspondiente para la formalización definitiva de la matrícula y solicitud de los materiales didácticos.

Los alumnos que interrumpen los estudios por un mínimo de un año (alumnos que no hayan estado matriculados en una EOI durante el curso inmediatamente anterior al año en que desean matricularse) y piensan que su nivel ha variado de manera notable, podrán renunciar a su expediente y optar a ingresar de nuevo realizando la prueba VIA.

El alumnado de That's English! tendrá a todos los efectos la consideración de alumnado oficial de la EOI en la que esté inscrito.

No se podrá cursar, al mismo tiempo, la enseñanza de That's English! y un curso curricular de inglés. Cuando se detecte duplicidad de expedientes, se tiene que proceder de forma que el alumnado opte por una de las dos modalidades y renuncie voluntariamente a la otra.

Estos cursos tendrán la misma validez académica que los que se imparten actualmente en las escuelas oficiales de idiomas en la modalidad presencial.

20.3. Inscripción

Las fechas de inscripción serán las que determine cada centro dentro del plazo del 9 de septiembre al 31 de octubre de 2019. Para aquellos alumnos que superen el curso en el mes de junio cada escuela oficial de idiomas podrá determinar un periodo de matrícula dentro del plazo, del 25 de junio al 4 de julio de 2019.

El alumnado inscrito en el Programa That's English! podrá solicitar a la dirección de la escuela oficial de idiomas en que esté inscrito la anulación de las convocatorias correspondientes al curso de inscripción, con anterioridad a la primera convocatoria de evaluación de cada curso. La aceptación de esta solicitud no comporta la devolución del importe ni de los materiales correspondientes al curso y permite inscribirse en el curso 2020-2021 sin volver a efectuar el pago del material didáctico.

Al hacer la matrícula, el alumnado que se inscriba por primera vez en un curso tendrá que abonar la cantidad de 182 €, salvo que tenga derecho a alguna de las reducciones de precio contempladas en el punto 20.4. La matrícula dará derecho a los medios didácticos puestos a disposición del alumnado para cada curso, incluidos el acceso en la plataforma e-learning y el apoyo tutorial.

El alumnado repetidor de un curso recibirá los cuadernos de actividades del nivel y abonará 91 € al formalizar la matrícula. No podrá solicitar ninguna de las reducciones de precio previstas en el punto 20.4.

La inscripción, en todo caso, quedará formalizada una vez realizado el pago del material didáctico de cada curso y cuando el impreso debidamente validado por la entidad bancaria convenida se entregue a la EOI correspondiente. Esta entrega se realizará dentro de los plazos establecidos. En este momento, el alumnado recibirá el material didáctico que le corresponda.

El alumnado inscrito en el curso académico 2018-2019 dentro de la modalidad That's English! en una escuela oficial de idiomas en la Comunitat Valenciana tiene asegurada la plaza para continuar sus estudios en la misma escuela.

Cuando el alumnado inscrito en el curso 2018-2019 solicite una plaza para continuar sus estudios en el curso 2019-2020 en otra EOI, el centro podrá acceder a su petición siempre que existan plazas libres en el centro y el estudiante disfrutará de derecho preferente sobre el alumnado que se inscriba por primera vez.

La inscripción podrá realizarse por vía telemática o de forma presencial.

Para la modalidad telemática tendrá que inscribirse mediante la página web de That's English! (www.thatsenglish.com) rellenando los datos solicitados. Se podrá realizar el pago en línea (TPV virtual o Paypal) o en la entidad bancaria.

El plazo para la realización del pago será de 3 días laborables desde la recogida del impreso. El alumnado tendrá que presentar en la escuela oficial de idiomas la documentación, con el justificante de pago incluido, en un plazo no superior a 3 días laborables desde el pago.

Será obligatorio presentar toda la documentación a la cual se hace referencia en los siguientes párrafos si el alumnado es nuevo o se inscribe en una escuela oficial diferente de aquella del curso anterior.

El alumnado presentará, en la escuela oficial de idiomas que elija, el impreso de matrícula rellenado en todos los apartados, una fotocopia del DNI y, además:

a) documentación acreditativa de los requisitos de acceso;

b) si es repetidor de alguno de los módulos, fotocopia del boletín informativo de calificaciones;

c) si solicitó la anulación de las convocatorias del curso anterior, certificado de la concesión por parte de la dirección de la EOI;

d) justificante de pago;

e) documentación acreditativa de descuento, si procede.

Toda la información, así como los avisos que puedan afectar la oferta general de la modalidad That's English! en la Comunitat Valenciana, se podrá consultar a través de la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, accesible desde http://www.eoi.gva.es/va/that-s-english y también en los sitios web oficiales de cada EOI.

Una vez formalizada la inscripción, y de acuerdo con lo que dispone la Ley 3/2014, de 27 de marzo, el alumnado tendrá derecho a desistir de la inscripción realizada, sin indicar ningún motivo, durante un periodo de 14 días naturales desde el pago de la inscripción. En este caso, el alumnado tendrá que realizar la petición a la EOI en la cual formalizó la inscripción o descargarse el formulario del sitio web de That's English! y enviarlo al correo devoluciones@thatsenglish.com. El alumnado dispondrá de 14 días para entregar el material, sin desprecintar, en la EOI en la cual esté matriculado.

Una vez transcurrido el periodo de 14 días estipulado por ley, solo procederá la devolución del importe de la matrícula por causas justificadas imputables al mismo programa. En este caso, el procedimiento que se tiene que seguir será el siguiente:

El alumnado presentará en la escuela oficial de idiomas en que formalizó la matrícula la instancia de solicitud debidamente motivada y, si es el caso, justificada documentalmente, junto con el original del ejemplar para el alumno del impreso de matrícula.

La dirección del centro tiene que hacer un informe sobre la instancia que será remitido en el plazo de 15 días, junto con la solicitud de devolución, y siempre antes de la finalización del plazo estipulado más arriba. La Conselleria, a su vez, remitirá la solicitud de devolución al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, Paseo del Prado, n.º 28, 8.ª planta, 28014 Madrid.

Cuando no sea procedente la devolución, se comunicará al interesado a través de la EOI en la cual se había matriculado.

20.4. Bonificaciones y exenciones de tasas

El alumnado que esté en posesión del título oficial de familia numerosa tendrá derecho a la exención parcial o total del pago del coste del material didáctico puesto a disposición del alumnado, según la categoría: 50% de reducción para familia numerosa de categoría general y exención total para familia numerosa de categoría especial. Aquellos que solicitan ejercer este derecho tienen que acreditar su condición y aportar la documentación expedida por la comunidad autónoma, junto con la fotocopia que, una vez confrontada con el original, quedará archivada en el expediente del alumno o alumna.

Todo el personal (funcionario, interino o personal laboral) de centros públicos en los cuales se impartan enseñanzas de régimen general o de régimen especial que desee inscribirse en este programa tendrá derecho a una reducción del 50% sobre el precio total. Tendrá que presentar en la secretaría de la escuela oficial de idiomas una certificación, expedida por el director del centro público en que esté destinado, de su condición de personal en activo.

El alumnado que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 33% en el momento de hacer la matrícula estará exento al 100% de cualquier pago por materiales didácticos. Para acreditar esta situación, tendrá que presentar una fotocopia del certificado de discapacidad de la conselleria competente en materia de bienestar social.

El alumnado reconocido como víctima del terrorismo estará exento al 100% del pago del material didáctico. Para acreditar esta condición, tendrá que presentar el informe preceptivo del organismo correspondiente.

El alumnado que forme parte de una unidad familiar (padres e hijos, hermanos, cónyuges y parejas de hecho) en la cual alguno de los miembros haya estado o esté inscrito en el mismo curso del Plan 2018 solo abonará la cantidad de 91,00 €. Para ello, tendrá que acreditar la circunstancia por medio de una fotocopia del Libro de Familia o de un documento equivalente, y el resguardo de inscripción del miembro que adquirió los materiales del curso en que se inscribe la persona interesada en That's English! Este descuento no es compatible con otros descuentos aplicados a alguno de los miembros de la unidad familiar y solo se aplicará a un miembro de la misma unidad familiar.

Las reducciones previstas en este punto no son acumulables, lo que implica que un alumno o alumna no podrá solicitar la aplicación de más de una reducción, ni son aplicables al alumnado repetidor.

20.5. Profesorado That's English!

En cumplimiento del establecimiento de la jornada lectiva de 19 horas semanales, se establece el número de 11 grupos que cada docente de That's English! tiene que impartir, en aplicación del artículo 10 de la Orden 78/2013, de 22 de julio.

En caso de que haya menos de 11 grupos That's English! en una escuela oficial de idiomas, esta enseñanza será asumida por un solo docente, que completará su horario con enseñanza presencial.

Los criterios para la asignación horaria de los grupos That's English! son los siguientes:

a) Un grupo (módulo) de That's English! equivale al horario lectivo de un grupo formativo complementario.

b) Dos grupos (módulos) de That's English! equivalen a un grupo curricular presencial

c) El coordinador de That's English! de centros con más de 4 grupos (módulos) y menos de 400 alumnos tendrá una reducción de dos grupos (módulos).

d) El coordinador de That's English! de centros con más de 400 alumnos tendrá una reducción de cuatro grupos (módulos).

e) El coordinador de That's English! será un docente que imparta docencia de That's English!

Cada coordinador, de acuerdo con las directrices de los órganos de coordinación docente establecidos en el centro, llevará a cabo las funciones siguientes:

a) Convocará reuniones con todos los tutores de la modalidad de su propio centro y de los centros de apoyo tutorial que estén adscritos para planificar y programar el curso siguiente.

b) Informará sobre las características de la modalidad (aspectos didácticos, metodológicos, académicos y administrativos), programación trimestral de cada módulo y medios didácticos que utilizan los alumnos: libros de texto, cuaderno de actividades, programas de televisión, CD de audio, plataforma e-learning, etc.

c) Elaborará, junto con el profesorado adscrito a la modalidad y en colaboración con el equipo directivo del centro, el calendario y el horario de tutorías presenciales y lo hará público para el conocimiento general del alumnado.

d) Entregará a los tutores el horario previsto para el curso y los medios didácticos de cada curso que impartan.

e) Recibirá los materiales didácticos del alumnado y del profesorado elaborados para estas enseñanzas y coordinará la entrega siguiendo las instrucciones del equipo directivo.

f) Convocará a los alumnos, junto con los tutores, para facilitar información general sobre:

- presentación de los tutores de cada curso;

- aspectos didácticos y metodológicos de la educación a distancia;

- horario de tutorías;

- aulas asignadas para esta modalidad;

- medios didácticos;

- información académica y administrativa que aparece en la Guía del Alumno.

g) Coordinará, junto con el jefe del departamento de inglés del centro y el resto de tutores con dedicación a esta oferta, la elaboración de las pruebas presenciales de evaluación y recuperación para cada uno de los módulos del programa.

h) Organizará el calendario de evaluaciones y recuperaciones en conformidad con los procedimientos siguientes:

- Elaborará el calendario de evaluaciones y recuperaciones a principio de curso, de acuerdo con las fechas previstas en estas instrucciones y lo hará público para el conocimiento general del alumnado.

- Coordinará que la información del calendario previsto se envíe a todo el alumnado.

- Coordinará el desarrollo de las pruebas de evaluación y recuperación de cada módulo.

- Coordinará el envío de calificaciones mediante el boletín informativo a todos los alumnos inscritos, en cada una de las evaluaciones, incluyendo la extraordinaria.

i) Velará por el cumplimiento de la normativa establecida sobre organización y funcionamiento del programa That's English!

j) Realizará cualquier otra función en relación con el programa que la dirección del centro le asigne.

20.6. Atención tutorial

El profesorado de esta modalidad formativa atenderá, en cuanto a la atención tutorial, lo que dispone el artículo 11 de la Orden 78/2013, de 22 de julio (DOCV n.º 7077, 29.07.2013).

20.7. Formación del profesorado

Para el profesorado que imparta estas enseñanzas, el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia ofrecerá una formación específica para el uso y el manejo del sitio web actual y de la plataforma de aprendizaje en línea. Esta formación se realizará por medio de un curso en línea en que se abordarán varios aspectos relacionados con la educación a distancia, las tecnologías de la información y la comunicación, así como el conocimiento de la plataforma en que estarán alojados todos los materiales de los niveles A2, B1 y B2 del Plan 2011 de That's English!, la educación a distancia y las tecnologías de la información y la comunicación.

20.8. Medios didácticos

La distribución de los medios didácticos será dirigida por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

La dirección de cada escuela oficial de idiomas designará una persona responsable de coordinar las tareas de recepción y custodia de estos medios en los centros de apoyo administrativo donde serán distribuidos al alumnado.

En el curso 2019-2020, cuando empiece la matrícula en el mes de septiembre de 2019, estarán a disposición del alumnado inscrito todos los materiales consistentes en un lote que incluye: libro de texto + CD audio, por módulo, y DVD con los programas de televisión de ambos módulos del curso, además de un libro de vocabulario y una gramática del curso para el Nivel Básico A2.

El alumnado que repita recibirá el cuaderno de actividades de repaso de los módulos correspondientes.

Además del material didáctico, el alumnado de That's English! tiene derecho a las tutorías y al acceso a la plataforma de aprendizaje en línea como herramienta de apoyo correspondiente al curso en el que está adscrito.

20.9. Evaluación y certificación académica

Las pruebas presenciales de evaluación y recuperación para cada uno de los módulos que constituyen el programa That's English! serán elaboradas por el profesorado adscrito al curso.

Las escuelas oficiales de idiomas son las responsables de la elaboración y coordinación de las pruebas, que también se distribuirán en los centros de apoyo tutorial autorizados para impartir las enseñanzas.

Las pruebas tendrán lugar en las EOl autorizadas para impartir estas enseñanzas y serán aplicadas por el profesorado que ejerce la atención tutorial en el programa.

Para aprobar los módulos 6, 8, 10 y 12, será necesario haber superado todas las destrezas.

A fin de informar correctamente el alumnado, el equipo directivo de la escuela oficial de idiomas y el coordinador del programa, de acuerdo con el profesorado, fijará, antes de finalizar el presente curso, un calendario de pruebas de recuperación, así como la fecha de aplicación de la Prueba de Valoración Inicial del Alumno (VIA).

La superación de cada módulo dará lugar a una acreditación que garantizará la validez permanente de las pruebas superadas, para esta modalidad educativa, siempre que se continúan los estudios dentro del mismo plan de estudios.

A lo largo del curso académico, se realizarán las pruebas de evaluación siguientes:

CALENDARIO DE EXÁMENES THAT'S ENGLISH! CURSO 2019-2020

Nivel enero febrero marzo/abril mayo

A2 Examen módulo 1 1.ª recuperación módulo 1 2.ª Recuperación módulo 1 Examen módulo 2

Examen módulo 3 1.ª recuperación módulo 3 2.ª recuperación módulo 3 Examen módulo 4

Recuperación módulo 2

Recuperación módulo 4

B1 Examen módulo 5 1.ª recuperación módulo 5 2.ª recuperación módulo 5 Examen módulo 6

Examen módulo 7 1.ª recuperación módulo 7 2.ª recuperación módulo 7 Examen módulo 8

Recuperación módulo 6

Recuperación módulo 8*

B2 Examen módulo 9 1.ª recuperación módulo 9 2.ª recuperación módulo 9 Examen módulo 10

Examen módulo 11 1.ª recuperación módulo 11 2.ª recuperación módulo 11 Examen módulo 12

Recuperación módulo 10

Recuperación módulo 12*

(*) La recuperación de los módulos 8 y 12 se tendrá que hacer antes de la prueba de certificación, para facilitar que el alumnado se presente: se tiene que garantizar que el 20 de mayo de 2020 estarán introducidas las notas en ITACA.

CONSIDERACIONES FINALES

1. La presente resolución y los documentos anexos serán de aplicación para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas.

2. La dirección de cada centro cumplirá y hará cumplir lo que establece esta resolución y adoptará las medidas necesarias para que su contenido sea conocido por todos los miembros de la comunidad educativa.

3. En cuanto a la organización y el funcionamiento de los centros objeto de la presente resolución y en aquello no previsto en esta, será aplicable, de manera subsidiaria, lo dispuesto para las enseñanzas de Educación Secundaria.

4. La Inspección de Educación velará por el cumplimiento de lo que establece esta resolución.

5. Las direcciones territoriales competentes en materia de educación resolverán, en el ámbito de su competencia, los problemas que surjan de la aplicación de esta resolución.

ANEXO II

Currículum Nivel Básico A2

Las enseñanzas de Nivel Básico A2 tienen por objeto capacitar al alumnado para utilizar el idioma que aprende como medio de comunicación y de expresión personal, tanto en clase, como en las situaciones cotidianas presenciales o virtuales.

Con este fin, el alumnado deberá adquirir las competencias que le permita usar el idioma de manera suficiente, receptiva y productivamente, tanto de forma hablada como escrita. Además, el alumnado deberá poder intervenir entre hablantes de distintas lenguas, en situaciones cotidianas y de necesidad inmediata que requiera comprender y producir textos breves en lengua estándar, que versen sobre aspectos básicos concretos de temas generales y que contengan expresiones, estructuras y léxico de uso frecuente.

Una vez adquiridas las competencias correspondientes al Nivel Básico A2, el alumnado será capaz de:

· Comprender el sentido general, la información esencial e información específica clara de textos orales breves, muy estructurados, articulados claramente y con pausas suficientes para asimilar el significado. La lengua será estándar con una variación formal e informal. Las condiciones acústicas deberán ser óptimas y la comunicación, directa. Los textos versarán principalmente sobre el ámbito personal y temas cotidianos o de inmediata relevancia para el alumnado y podrán ser transmitidos frente a frente o por medios técnicos (teléfono, megafonía, televisión, etc.).

' Producir textos orales breves y básicos desde el punto de vista gramatical y léxico, en lengua estándar y en comunicación frente a frente; los textos tratarán sobre aspectos personales y cotidianos.

' Comunicarse de forma básica pero comprensible, aunque sea necesario utilizar muy a menudo medios no verbales para mantener la comunicación, así como muchas pausas para buscar expresiones, la repetición y la cooperación de los interlocutores.

' Comprender, siempre que se pueda releer cuando sea necesario, el sentido general, los puntos principales e información específica, de textos breves de estructura simple y muy clara. El vocabulario tendrá que ser de uso muy frecuente y la gramática, sencilla. Los textos irán preferiblemente acompañados de imágenes o ilustraciones y se referirán a la vida cotidiana.

' Escribir textos sencillos y breves, en lengua estándar y utilizando adecuadamente las convenciones ortográficas y de puntuación más elementales, así como un repertorio limitado de recursos de cohesión, palabras y estructuras. Los textos se referirán principalmente a temas cotidianos o de inmediata relevancia para el alumnado.

' Retransmitir oralmente (en la lengua B) de una manera sencilla una serie de instrucciones cortas y sencillas que proporcione el discurso original (en la lengua A) articulado de forma clara y lenta.

' Transmitir (en lengua B) los aspectos principales contenidos en conversaciones cortas y simples o textos sobre temas cotidianos de interés inmediato (en lengua A), siempre que se expresen con claridad y en un lenguaje sencillo.

' Asumir un papel de apoyo en la interacción, siempre que otros interlocutores hablen lentamente y que el alumnado reciba ayuda para participar y expresar sus sugerencias.

' Enumerar por escrito (en lengua B) información específica contenida en textos sencillos (escritos en lengua A) sobre temas cotidianos de interés inmediato o de necesidad.

' Transmitir datos relevantes contenidos en textos cortos, sencillos e informativos con estructuración clara, siempre que los temas sean familiares y los textos sean concretos y se formulen en un lenguaje cotidiano sencillo.

1. Actividades de comprensión de textos orales

1.1 Objetivos

' Identificar de forma general el tema de una conversación de su entorno que se realice lentamente y con claridad.

' Reconocer cuando los hablantes están de acuerdo o discrepan en una conversación lenta y clara.

' Seguir intercambios sociales generales, breves y sencillos, realizados de manera muy lenta y clara.

' Seguir una presentación o demostración muy sencilla y muy estructurada, siempre que se ilustre con diapositivas, ejemplos concretos o diagramas, se realice de manera lenta y clara con repeticiones y el tema sea conocido.

' Comprender información simple esquematizada que se da en una situación predecible, como, por ejemplo, una visita guiada.

' Comprender y seguir una serie de instrucciones para actividades familiares y cotidianas como, por ejemplo, deportes, cocina, etc., siempre que se den de forma lenta y clara.

' Entender avisos e instrucciones directas (por ejemplo, una grabación telefónica, un anuncio de radio de un programa de cine o acontecimiento deportivo, de un tren atrasado o de productos por la megafonía en un supermercado), siempre que la grabación sea lenta y clara.

' Comprender instrucciones sencillas sobre como llegar de X a Y, a pie o en transporte público, instrucciones básicas sobre horas, fechas, números, etc., y tareas cotidianas y peticiones que se tengan que llevar a cabo.

' Comprender la información más importante contenida en anuncios y emisiones cortas de radio, como, por ejemplo, las previsiones meteorológicas, anuncios de conciertos, resultados deportivos o tiempo libre, siempre que hablen lentamente y con claridad.

' Comprender los aspectos importantes de una historia y conseguir seguir la trama, siempre que la historia se cuente lentamente y con claridad.

' Identificar el tema principal de una noticia, un anuncio de televisión, un tráiler o una escena de una película, donde las imágenes complementan los textos.

1.2 Competencias y contenidos

1.2.1 Competencia y contenidos socioculturales y sociolingüísticos

Conocimiento y aplicación a la comprensión del texto de los aspectos socioculturales y sociolingüísticos básicos y habituales relativos a:

' la vida cotidiana (actividades diarias, alimentación, compras, trabajo, ocio, fiestas, horarios);

' condiciones de vida (vivienda, entorno, condiciones laborales);

' relaciones interpersonales (familiares, generacionales, entre conocidos y desconocidos);

' cinésica y proxémica (posturas, gestos, expresiones faciales, uso de la voz, contacto visual y físico);

' cultura y costumbres (tradiciones, celebraciones) y convenciones sociales (fórmulas de cortesía y tratamiento, pautas de comportamiento social).

1.2.2 Competencia y contenidos estratégicos

Conocimiento y uso de las estrategias básicas de planificación, ejecución, control y reparación de la comprensión de textos orales breves y sencillos:

' compresión de esquemas e información previa sobre el tipo de tarea y el tema;

' identificación del tipo textual, adaptando la comprensión;

' distinción del tipo de comprensión (sentido general, información esencial, puntos principales, detalles relevantes);

' formulación de hipótesis sobre contenido y contexto;

' inferencia y formulación de hipótesis sobre significados a partir de la comprensión de elementos significativos, lingüísticos y paralingüísticos (apoyo, imágenes, etc.) en textos y enunciados cortos, que tratan temas cotidianos concretos;

' comprensión del significado de palabras a partir del sentido general.

' comprobación de hipótesis: adaptación de las claves de inferencia a los esquemas de partida;

' reformulación de hipótesis a partir de la comprensión de nuevos elementos;

' reinterpretación del texto a partir de la comprensión de nuevos elementos.

1.2.3 Competencia y contenidos funcionales

Comprensión de las siguientes funciones comunicativas mediante sus exponentes básicos, según el ámbito y el contexto comunicativo, en la lengua oral:

' iniciación y mantenimiento de relaciones personales y sociales habituales: presentarse, presentar alguien, saludar, dar la bienvenida, despedir, invitar, aceptar y rechazar una invitación, agradecer, felicitar, interesarse por alguien o algo, asentir y negar, recordar una cosa a alguien, pedir disculpas;

' descripción de cualidades físicas y valorativas de personas, objetos, lugares y actividades;

' uso de números, cantidades, precios, horarios y horas;

' intercambio de información personal (procedencia, residencia, estado civil, número de teléfono, nacionalidad, edad, familia, trabajo, aficiones, correo electrónico, lugar y fecha de nacimiento);

' narración de acontecimientos pasados, descripción de situaciones presentes y expresión de sucesos futuros;

' petición y oferta de información, indicaciones, advertencias y avisos;

' formulación de consejos, sugerencias y ofrecimientos;

' expresión de la opinión, el conocimiento y el desconocimiento, el acuerdo y el desacuerdo, la duda y la hipótesis;

' expresión de la necesidad, el deseo, la intención, la voluntad, la orden, el permiso y la prohibición;

' expresión de la posesión, del gusto y la preferencia, el interés y el desinterés, la sorpresa, la alegría o la felicidad, la satisfacción, el aprecio o la simpatía, la aprobación y la desaprobación, el disgusto, el dolor, la duda, la esperanza, el temor y la tristeza.

1.2.4 Competencia y contenidos discursivos

Conocimiento y comprensión de modelos contextuales y patrones textuales básicos propios de la lengua oral monológica y dialógica:

' características del contexto según el ámbito de acción general y la actividad comunicativa específica, los participantes (rasgos, relaciones e intención comunicativa) y la situación (canal, lugar y tiempo);

' expectativas generadas por el contexto y el cotexto: tipo, formato y estructura textuales; variedad de lengua y registro; tema y contenido; patrones sintácticos, léxicos y fonético-fonológicos;

' organización y estructuración del texto según (macro)género (por ejemplo, conversación > conversa informal); (macro)función textual (exposición, descripción, narración, exhortación, argumentación) y estructura interna primaria (inicio, desarrollo, conclusión) y secundaria (relaciones oracionales, sintácticas, léxicas y cotextuales y por referencia al contexto).

1.2.5 Competencia y contenidos sintácticos

Reconocimiento y comprensión de los significados asociados a estructuras sintácticas básicas propias de la lengua oral, según el ámbito y contexto comunicativos, para expresar de forma sencilla:

' la entidad y sus propiedades: in/existencia, calidad (intrínseca y valorativa) y cantidad (número, cantidad y grado);

' el espacio y las relaciones espaciales (ubicación, posición, movimiento, origen, dirección, destino y distancia);

' el tiempo (ubicación temporal absoluta y relativa, duración, frecuencia) y las relaciones temporales (secuencia, anterioridad, posterioridad y simultaneidad);

' el aspecto puntual, perfectivo/imperfectivo, durativo, progresivo y habitual;

' la modalidad epistémica (capacidad, necesidad, posibilidad, probabilidad) y deóntica (volición, permiso, obligación, prohibición);

' estados, acontecimientos, acciones, procesos y realizaciones: papeles semánticos y focalización (estructuras oracionales simples y orden de los constituyentes);

' la afirmación, la negación, la interrogación, y la exclamación;

' relaciones lógicas básicas de conjunción, disyunción, oposición, contraste, causa y finalidad.

1.2.6 Competencia y contenidos léxicos

Comprensión de léxico oral básico de uso común relativo a la identificación personal; descripción física; vivienda y entorno; actividades de la vida diaria; relaciones humanas y sociales; familia y amigos; trabajo, educación y estudios; lengua; tiempo libre y ocio; viajes y vacaciones; salud y síntomas; compras y actividades comerciales; alimentación y restauración; transporte y servicios; clima, condiciones atmosféricas y entorno natural y tecnologías de la información y la comunicación.

1.2.7 Competencia y contenidos fonético-fonológicos

Reconocimiento de los patrones sonoros, acentuales, rítmicos y de entonación básicos de uso más común y comprensión de los significados e intenciones comunicativas generales que están asociados.

1.3 Criterios de evaluación

' Identifica la intención comunicativa, el tema y la información relevante, formula hipótesis de contenido y confirma detalles predecibles, comprén el registre formal o informal en textos breves, sencillos y contextualizados (contactos sociales cotidianos, conversaciones para satisfacer las necesidades más básicas, avisos y anuncios, predicción del tiempo, explicaciones y grabaciones sobre temas cotidianos, instrucciones y consejos sencillos, descripciones y relatos breves), emitidos con claridad, en buenas condiciones acústicas, siempre que pueda volver a escuchar las partes más difíciles.

' Conoce los aspectos socioculturales y sociolingüísticos comunes relativos a la vida cotidiana, relaciones interpersonales y convenciones sociales de las culturas en que se usa el idioma.

' Sabe aplicar en general las estrategias básicas más adecuadas para la comprensión del sentido general, la información esencial, los puntos e ideas principales y los detalles más relevantes del texto.

' Distingue globalmente la función comunicativa más relevante del texto.

' Reconoce con problemas ocasionales el léxico oral de uso frecuente relativo a temas cotidianos, de carácter general y puede inferir del contexto y del cotexto, a veces de manera correcta, los significados de algunas palabras y expresiones que desconoce.

' Discrimina en general los patrones sonoros, acentuales, rítmicos y de entonación de uso común y reconoce globalmente las intenciones comunicativas y los significados que generalmente se asocian.

2. Actividades de producción y coproducción de textos orales

2.1 Objetivos

' Narrar de forma sencilla una historia o describir un hecho o aspectos cotidianos de su entorno como, por ejemplo, personas, lugares, una ocupación profesional o una experiencia de estudio.

' Enumerar sus capacidades e incapacidades (p. ej., en cuanto a deportes, juegos, habilidades y asignaturas).

' Dar indicaciones simples para llegar de un lugar a otro, utilizando expresiones básicas y conectores secuenciales.

' Presentar su opinión en términos sencillos, siempre que los oyentes colaboran.

' Ofrecer anuncios e informes breves de contenidos predecibles aprendidos que son inteligibles si los oyentes están dispuestos a concentrarse.

' Hacer una presentación breve sobre un tema que corresponde a la vida cotidiana, dar motivos y explicaciones sencillas de forma breve de opiniones, planes y acciones.

' Chatear con un lenguaje sencillo, hacer preguntas y entender las respuestas relacionadas con la mayoría de las cuestiones cotidianas.

' Hacer invitaciones y sugerencias, dar disculpas y responder.

' Expresar sus preferencias y sentimientos con expresiones comunes muy básicas.

' Expresar e intercambiar opiniones de forma limitada, expresando que está de acuerdo y en desacuerdo con los otros.

' Organizar planes, hacer propuestas y responder.

' Obtener de manera sencilla toda la información necesaria de cariz no especializado sobre viajes y transporte público (autobuses, trenes y taxis), pedir y dar indicaciones y comprar entradas.

' Preguntar por servicios y hacer transacciones sencillas en tiendas, oficinas de correos o bancos y dar y recibir información sobre cantidades, números, precios, etc.

' Hacer frente a necesidades cotidianas prácticas: averiguar y transmitir información directa sobre hechos, hábitos, pasatiempos, actividades realizadas en el pasado, planes e intenciones y responder.

' Solicitar, dar y seguir indicaciones e instrucciones sencillas, como, por ejemplo, explicar como llegar a algún lugar.

' Comunicarse en tareas simples y rutinarias que requieren un intercambio de información sencillo y directo sobre temas familiares (por ejemplo, trabajo y tiempo libre).

' Hacer preguntas sencillas sobre un acontecimiento y responder, p. ej., preguntar dónde y cuándo tuvo lugar, quién estaba y cómo fue.

' Comprender contenidos de una entrevista y comunicar ideas e información sobre temas conocidos, siempre que pueda pedir aclaración y ayuda ocasionalmente para expresar el que vol.

' Utilizar las telecomunicaciones con sus amigos para intercambiar información simple, hacer planes y concertar citaciones.

' Hacer aclaraciones y participar en una conversación telefónica corta y sencilla con una persona conocida sobre un tema predecible, p. ej., tiempo de llegada, compromisos que hay que cumplir y confirmar detalles.

2.2 Competencias y contenidos

2.2.1 Competencia y contenidos socioculturales y sociolingüísticos

Conocimiento y aplicación a la producción y coproducción de textos orales de los aspectos socioculturales y sociolingüísticos básicos relativos a:

' la vida cotidiana (actividades diarias, alimentación, compras, trabajo, ocio, fiestas, horarios);

' condiciones de vida (vivienda, entorno, condiciones laborales);

' relaciones interpersonales (familiares, generacionales, entre conocidos y desconocidos);

' cinésica y proxémica (posturas, gestos, expresiones faciales, uso de la voz, contacto visual y físico);

' cultura y costumbres (tradiciones, celebraciones) y convenciones sociales (fórmulas de cortesía y tratamiento, pautas de comportamiento social).

2.2.2 Competencia y contenidos estratégicos

Conocimiento y uso de las estrategias básicas de planificación, ejecución, control y reparación de la producción y coproducción de textos orales, breves y sencillos:

' activar esquemas mentales específicos sobre la estructura de la actividad y el texto (p. ej., presentación, transacción&);

' identificar el vacío de información y opinión y valorar lo que puede sobreentenderse;

' concebir el mensaje con cierta claridad y distinguir a menudo la idea o ideas principales y su estructura básica;

' adecuar el texto al destinatario, contexto y canal, aplicando en general el registro y las características discursivas adecuadas a cada caso;

' aprovechar a menudo los conocimientos previos (utilizar lenguaje estereotipado, etc.);

' localizar y usar adecuadamente recursos lingüísticos o temáticos (uso de un diccionario o libro de texto, obtención de ayuda, etc.).

' expresar el mensaje con cierta claridad ajustándose, con limitaciones, a los modelos y fórmulas de cada tipo de texto;

' reajustar la tarea (simplificándola) o el mensaje (generalizar el que realmente le gustaría expresar), después de valorar las dificultades y los recursos disponibles;

' compensar las carencias lingüísticas mediante procedimientos paralingüísticos o paratextuales (p. ej., pedir ayuda); señalar objetos, utilizar deícticos o llevar a cabo acciones que aclaren el significado; usar lenguaje corporal culturalmente pertinente (cinésica y proxémica) o sonidos extralingüísticos y cualidades prosódicas convencionales;

' controlar el efecto y el éxito del discurso mediante petición y ofrecimiento de aclaración y reparación de la comunicación.

2.2.3 Competencia y contenidos funcionales

Realización de las siguientes funciones comunicativas mediante sus exponentes más básicos en la lengua oral, según el ámbito y el contexto comunicativo:

' iniciación y mantenimiento de relaciones personales y sociales habituales: presentarse, presentar alguien, saludar, dar la bienvenida, despedir, invitar, aceptar y rechazar una invitación, agradecer, felicitar, interesarse por alguien o algo, asentir y negar, recordar una cosa a alguien, pedir disculpas;

' descripción de cualidades físicas y valorativas de personas, objetos, lugares y actividades;

' uso de números, cantidades, precios, horarios y horas;

' intercambio de información personal (procedencia, residencia, estado civil, número de teléfono, nacionalidad, edad, familia, trabajo, aficiones, correo electrónico, lugar y fecha de nacimiento);

' narración de acontecimientos pasados, descripción de situaciones presentes y expresión de sucesos futuros;

' petición y oferta de información, indicaciones, advertencias y avisos.

' formulación de consejos, sugerencias y ofrecimientos;

' expresión de la opinión, el conocimiento y el desconocimiento, el acuerdo y el desacuerdo, la duda y la hipótesis;

' expresión de la necesidad, el deseo, la intención, la voluntad, la orden, el permiso y la prohibición;

' expresión de la posesión, del gusto y la preferencia, el interés y el desinterés, la sorpresa, la alegría o la felicidad, la satisfacción, el aprecio o la simpatía, la aprobación y la desaprobación, el disgusto, el dolor, la duda, la esperanza, el temor y la tristeza.

2.2.4 Competencia y contenidos discursivos

Conocimiento y aplicación de modelos contextuales y patrones textuales básicos, propios de la lengua escrita:

' características del contexto según el ámbito de acción general y la actividad comunicativa específica, los participantes (relaciones, intención comunicativa) y la situación (canal, lugar, tiempo);

' selección de patrones y características textuales requeridas por el contexto y el cotexto: tipo, formato y estructura textuales; variedad de lengua y registro; tema y contenido; patrones sintácticos, léxicos y fonético-fonológicos;

' organización y estructuración del texto según (macro)género (por ejemplo, conversación > conversa informal); (macro)función textual (exposición, descripción, narración, exhortación, argumentación) y estructura interna primaria (inicio, desarrollo, conclusión) y secundaria (relaciones oracionales, sintácticas, léxicas y cotextuales y por referencia al contexto).

2.2.5 Competencia y contenidos sintácticos

Conocimiento, selección según la intención comunicativa y uso de estructuras sintácticas básicas propias de la lengua oral, según el ámbito y contexto comunicativo, para expresar:

' la entidad y sus propiedades: in/existencia, calidad (intrínseca y valorativa) y cantidad (número, cantidad y grado);

' el espacio y las relaciones espaciales (ubicación, posición, movimiento, origen, dirección, destino y distancia);

' el tiempo (ubicación temporal absoluta y relativa, duración, frecuencia) y las relaciones temporales (secuencia, anterioridad, posterioridad y simultaneidad);

' el aspecto puntual, perfectivo/imperfectivo, durativo, progresivo y habitual;

' la modalidad epistémica (capacidad, necesidad, posibilidad, probabilidad) y deóntica (volición, permiso, obligación, prohibición);

' estados, acontecimientos, acciones, procesos y realizaciones: papeles semánticos y focalización (estructuras oracionales simples y orden de los constituyentes);

' la afirmación, la negación, la interrogación y la exclamación;

' relaciones lógicas básicas de conjunción, disyunción, oposición, contraste, causa y finalidad.

2.2.6 Competencia y contenidos léxicos

Conocimiento, selección y uso de léxico oral básico de uso común relativo a la identificación personal; descripción física; vivienda y entorno; actividades de la vida diaria; relaciones humanas y sociales; familia y amigos; trabajo, educación y estudios; lengua; tiempo libre y ocio; viajes y vacaciones; salud y síntomas; compras y actividades comerciales; alimentación y restauración; transporte y servicios; clima, condiciones atmosféricas y entorno natural y tecnologías de la información y la comunicación.

2.2.7 Competencia y contenidos fonético-fonológicos

Conocimiento, selección, según la intención comunicativa, y producción de patrones sonoros, acentuales, rítmicos y de entonación básicos de uso más común, a pesar de que resulte evidente el acento extranjero y que a veces sea difícil su comprensión.

2.3 Criterios de evaluación

' Aplica a la producción del texto oral, tanto monológico como dialógico, los conocimientos socioculturales y sociolingüísticos adquiridos, respetando las normas de cortesía más frecuentes en los contextos respectivos y, según la modalidad discursiva, en un registro, neutro o informal.

' Conoce y sabe aplicar algunas estrategias básicas para producir textos orales breves de estructura simple y clara, utilizando una serie de procedimientos sencillos para adaptar o reformular el mensaje y reparar la comunicación.

' Lleva a cabo las funciones principales demandadas por el propósito comunicativo, siguiendo los patrones discursivos de uso más frecuente en cada contexto.

' Gestiona un repertorio básico memorizado de frases y fórmulas para comunicarse con una fluidez aceptable, con pausas para buscar expresiones y organizar o reestructurar el discurso, o reformular o aclarar lo que ha dicho.

' Interactúa de manera sencilla en intercambios claramente estructurados, utilizando fórmulas o gestos simples para tomar o mantener el turno de palabra, aunque a veces tienda a concentrarse en la propia producción dificultando la participación del interlocutor o vacile a la hora de intervenir cuando el interlocutor acapare la comunicación.

' Utiliza algunas estructuras sintácticas básicas de uso frecuente según el contexto comunicativo y emplea los recursos de cohesión textual más comunes (entonación, repetición léxica, elipsis, deixis personal, espacial y temporal, marcadores discursivos y conversacionales y conectores comunes), enlazando una serie de elementos breves, concretos y sencillos para crear una secuencia cohesionada y lineal.

' Conoce y utiliza adecuadamente un repertorio léxico oral suficiente para comunicar información relativa a temas conocidos, generales, de actualidad, o relacionados con los propios intereses en situaciones habituales y cotidianas, a pesar de que todavía comete errores importantes.

' Utiliza patrones básicos de oraciones memorizadas, sintagmas de pocas palabras y fórmulas estereotipadas para comunicarse.

' Transmite información limitada en situaciones cotidianas simples.

' Utiliza estructuras simples correctamente, pero todavía comete de manera sistemática errores básicos.

' Interactúa utilizando expresiones muy breves, a pesar de que las pausas, los comienzos incorrectos y la reformulación resultan muy evidentes.

' Formula preguntas y afirmaciones sencillas y responde.

' Indica cuando sigue la conversación, pero pocas veces es capaz de comprender bastante para mantenerla sin la colaboración de su interlocutor.

' Enlaza oraciones y sintagmas con conectores simples como y, pero y porque.

' Pronuncia y entona en general de manera inteligible y de forma suficientemente clara para ser entendido, aunque los interlocutores tengan que pedir una repetición de vez en cuando. Además, la fuerte influencia de otras lenguas que habla en el acento, el ritmo y la entonación pueden afectar a la inteligibilidad y requerirá la colaboración de los interlocutores. Sin embargo, la pronunciación de palabras familiares es clara.

3. Actividades de comprensión de textos escritos

3.1 Objetivos

' Comprende textos breves y sencillos, como, por ejemplo, cartas informales o correos electrónicos, sobre temas familiares concretos que surgen con alta frecuencia en la lengua cotidiana que contienen el vocabulario cotidiano y una proporción de internacionalismos.

' Comprende tipos básicos de cartas y faxes normales (consultas, pedidos, cartas de confirmación, etc.) sobre temas conocidos.

' Encuentra información específica en textos prácticos, concretos y predecibles escritos en un lenguaje sencillo (p. ej., guías de viaje, recetas).

' Comprende la información principal en descripciones breves y sencillas de mercancías en folletos y sitios web (p. ej., dispositivos digitales portátiles, cámaras, etc.).

' Encuentra información específica y predecible en textos sencillos cotidianos, como, por ejemplo, anuncios, prospectos, menús, listas de referencias y horarios y aísla la información requerida (p. ej., utilizar un navegador para encontrar un servicio o comercio).

' Comprende señales y avisos cotidianos, etc., en lugares públicos, (como, por ejemplo, calles, restaurantes, estaciones de ferrocarril o puestos de trabajo) como direcciones, instrucciones y advertencias de riesgo.

' Comprende información específica en textos escritos simples, como, por ejemplo, cartas y folletos breves o textos periodísticos que describen acontecimientos.

' Sigue el esquema general de una noticia sobre un acontecimiento conocido, siempre que los contenidos sean familiares y previsibles.

' Escoge la información principal en informes periodísticos breves o artículos sencillos en los que consten números y nombres y las ilustraciones y los títulos tengan un papel destacado y apoyen al significado del texto.

' Comprende textos que describen personas, lugares, vida cotidiana y cultura, etc., siempre que estén escritos en un lenguaje sencillo.

' Comprende la información que se proporciona en folletos ilustrados y mapas, p. ej., los principales atractivos de una ciudad o zona.

' Comprende los puntos principales de las noticias breves sobre temas de interés personal (por ejemplo, deporte y personajes famosos).

' Comprende una descripción breve o informe de su campo, siempre que estén escritos de forma sencilla y no contenga detalles impredecibles.

' Comprende la mayoría de la información que las personas expresan sobre sí mismas en un anuncio o publicación personal y lo que narran sobre otras personas.

' Comprende normas, por ejemplo, medidas de seguridad, cuando se expresan en un lenguaje sencillo.

' Comprende instrucciones cortas, escritas e ilustradas paso a paso (por ejemplo, para instalar aparatos de tecnología), siempre que estén ilustradas y no escritas en texto continuo.

' Comprende instrucciones sobre medicamentos expresadas como órdenes simples, p. ej., Tómelo antes de las comidas o No lo tome antes de conducir.

' Sigue una receta simple, especialmente si hay imágenes para ilustrar los pasos más importantes.

' Entiende lo suficiente como para leer historias cortas, simples y tiras cómicas que impliquen situaciones familiares y concretas escritas en un lenguaje de uso habitual y cotidiano.

' Comprende los aspectos principales que se enumeran en informes breves de revistas o en guías de información que traten temas concretos cotidianos (p. ej., aficiones, deportes, actividades de ocio o animales).

' Comprende narraciones cortas y descripciones de la vida de una persona que están escritas con palabras simples.

' Comprende el tema principal de un artículo breve que informa de un acontecimiento que sigue un patrón predecible (por ejemplo, los Premios Goya), siempre que esté escrito en un lenguaje sencillo y claro.

3.2 Competencias y contenidos

3.2.1 Competencia y contenidos socioculturales y sociolingüísticos

Conocimiento y aplicación a la comprensión del texto de los aspectos socioculturales y sociolingüísticos más básicos relativos a:

' la vida cotidiana (actividades diarias, alimentación, compras, trabajo, ocio, fiestas, horarios);

' condiciones de vida (vivienda, entorno, condiciones laborales);

' relaciones interpersonales (familiares, generacionales, entre conocidos y desconocidos);

' cinésica y proxémica (posturas, gestos, expresiones faciales, uso de la voz, contacto visual y físico);

' cultura y costumbres (tradiciones, celebraciones) y convenciones sociales (fórmulas de cortesía y tratamiento, pautas de comportamiento social).

3.2.2 Competencia y contenidos estratégicos

Conocimiento y uso de las estrategias más básicas de planificación, ejecución, control y reparación de la comprensión de textos escritos:

' activación de esquemas e información previa sobre el tipo de tarea y el tema;

' identificación del tipo textual, adaptando la comprensión;

' distinción del tipo de comprensión (sentido general, información esencial, puntos principales, detalles relevantes);

' formulación de hipótesis sobre contenido y contexto;

' inferencia y formulación de hipótesis sobre significados a partir de la comprensión de elementos significativos, lingüísticos y paralingüísticos (apoyo, imágenes, etc.) en textos y enunciados cortos, que tratan temas cotidianos concretos;

' comprensión del significado de palabras a partir del sentido general;

' comprobación de hipótesis: adaptación de las claves de inferencia a los esquemas de partida;

' reformulación de hipótesis a partir de la comprensión de nuevos elementos;

' reinterpretación del texto a partir de la comprensión de nuevos elementos.

3.2.3 Competencia y contenidos funcionales

Comprensión de las funciones comunicativas más básicas mediante sus exponentes más comunes, según el ámbito y el contexto comunicativo, en la lengua escrita:

' iniciación y mantenimiento de relaciones personales y sociales habituales: presentarse, presentar a alguien, saludar, dar la bienvenida, despedir, invitar, aceptar y rechazar una invitación, agradecer, felicitar, interesarse por alguien o algo, asentir y negar, recordar una cosa a alguien, pedir disculpas;

' descripción de cualidades físicas y valorativas de personas, objetos, lugares y actividades;

' uso de números, cantidades, precios, horarios y horas;

' intercambio de información personal (procedencia, residencia, estado civil, número de teléfono, nacionalidad, edad, familia, trabajo, aficiones, correo electrónico, lugar y fecha de nacimiento);

' narración de acontecimientos pasados, descripción de situaciones presentes y expresión de sucesos futuros;

' petición y oferta de información, indicaciones, advertencias y avisos.

' formulación de consejos, sugerencias y ofrecimientos;

' expresión de la opinión, el conocimiento y el desconocimiento, el acuerdo y el desacuerdo, la duda y la hipótesis;

' expresión de la necesidad, el deseo, la intención, la voluntad, la orden, el permiso y la prohibición;

' expresión de la posesión, del gusto y la preferencia, el interés y el desinterés, la sorpresa, la alegría o la felicidad, la satisfacción, el aprecio o la simpatía, la aprobación y la desaprobación, el disgusto, el dolor, la duda, la esperanza, el temor y la tristeza.

3.2.4 Competencia y contenidos discursivos

Conocimiento y comprensión de modelos contextuales y patrones textuales más básicos propios de la lengua escrita:

' características del contexto según el ámbito de acción general y la actividad comunicativa específica, los participantes (relaciones, intención comunicativa) y la situación (canal, lugar, tiempo);

' expectativas generadas por el contexto y el cotexto: tipo, formato y estructura textuales; tema, enfoque y contenido; patrones sintácticos, léxicos y ortotipográficos;

' organización y estructuración del texto según (macro)género (por ejemplo, correspondencia > correo electrónico); (macro)función textual (exposición, descripción, narración, exhortación, argumentación) y estructura interna primaria (inicio, desarrollo, conclusión) y secundaria (relaciones oracionales, sintácticas, léxicas y cotextuales y por referencia al contexto).

3.2.5 Competencia y contenidos sintácticos

Reconocimiento y comprensión de los significados asociados a estructuras sintácticas básicas propias de la lengua escrita, según el ámbito y contexto comunicativos, para expresar de forma sencilla:

' la entidad y sus propiedades: in/existencia, calidad (intrínseca y valorativa) y cantidad (número, cantidad y grado);

' el espacio y las relaciones espaciales (ubicación, posición, movimiento, origen, dirección, destino y distancia);

' el tiempo (ubicación temporal absoluta y relativa, duración, frecuencia) y las relaciones temporales (secuencia, anterioridad, posterioridad y simultaneidad);

' el aspecto puntual, perfectivo/imperfectivo, durativo, progresivo y habitual;

' la modalidad epistémica (capacidad, necesidad, posibilidad, probabilidad) y deóntica (volición, permiso, obligación, prohibición);

' estados, acontecimientos, acciones, procesos y realizaciones: papeles semánticos y focalización (estructuras oracionales simples y orden de sus constituyentes);

' la afirmación, la negación, la interrogación y la exclamación;

' relaciones lógicas básicas de conjunción, disyunción, oposición, contraste, causa y finalidad.

3.2.6 Competencia y contenidos léxicos

Comprensión de léxico escrito de uso común relativo a la identificación personal; descripción física; vivienda y entorno; actividades de la vida diaria; relaciones humanas y sociales; familia y amigos; trabajo, educación y estudios; lengua; tiempo libre y ocio; viajes y vacaciones; salud y síntomas; compras y actividades comerciales; alimentación y restauración; transporte y servicios; clima, condiciones atmosféricas y entorno natural y tecnologías de la información y la comunicación.

3.2.7 Competencia y contenidos ortotipográficos

Reconocimiento y comprensión general de los significados e intenciones comunicativas asociados a los formatos, patrones y elementos gráficos y convenciones ortográficas de uso común: alfabeto, caracteres, puntuación, mayúsculas y minúsculas, ortotipografía (cursiva y negrita) y signos ortográficos (acento, apóstrofo, diéresis, guion).

3.3 Criterios de evaluación

' Reconoce los valores y significados asociados a convenciones de formato, tipográficas, ortográficas y de puntuación de uso común, así como abreviaturas y símbolos de uso frecuente.

' Conoce y aplica de forma básica a la comprensión del texto los aspectos socioculturales y sociolingüísticos comunes relativos a la comunicación escrita en las culturas en que se usa el idioma, extrayendo claves para interpretarlos.

' Conoce las estrategias más adecuadas en cada caso para la comprensión del sentido general, la información esencial, los puntos e ideas principales y los detalles más relevantes del texto, adaptando la modalidad y velocidad de lectura.

' Identifica la intención comunicativa, el tema, los aspectos principales y los detalles relevantes de textos sobre temas cotidianos, sencillos, breves y convenientemente contextualizados (mensajes, cartas, documentos auténticos frecuentes, folletos turísticos y comerciales, anuncios, instrucciones y relatos).

' Conoce los constituyentes y la organización de estructuras sintácticas de uso frecuente en la comunicación escrita.

' Comprende léxico escrito de uso frecuente relativo a temas generales cotidianos y a aspectos relacionados con sus intereses personales, educativos u ocupacionales, y puede inferir del contexto y del cotexto los significados de algunas palabras y expresiones que desconoce.

4. Actividades de producción y coproducción de textos escritos

4.1 Objetivos

' Escribir un texto con conectores sobre aspectos cotidianos de su entorno, p. ej., personas, lugares, el trabajo o una experiencia de estudio.

' Escribir descripciones muy breves y básicas de acontecimientos, actividades pasadas y experiencias personales.

' Explicar una historia sencilla (por ejemplo, sobre acontecimientos en un día de fiesta).

' Escribir una serie de frases y oraciones sencillas sobre su familia, condiciones de vida, antecedentes educativos, trabajo actual o la ocupación laboral anterior.

' Escribir entradas de un diario personal que describan actividades (p. ej., rutinas diarias, salidas, deportes, aficiones), personas y lugares, utilizando vocabulario básico concreto y frases simples con conectores sencillos como y, pero y porque.

' Escribir la introducción de una historia o continuarla, siempre que pueda consultarse un diccionario y el manual de clase (p. ej., tablas de tiempos verbales del libro de texto).

' Expresar sus impresiones y opiniones por escrito sobre temas de interés personal (p. ej., estilos de vida, cultura, relatos), utilizando vocabulario y expresiones básicas cotidianas.

' Intercambiar información mediante mensajes de texto, correo electrónico o cartas breves, respondiendo a preguntas de la otra persona (por ejemplo, sobre un nuevo producto o actividad).

' Escribir notas, correos electrónicos y mensajes de texto cortos y simples (por ejemplo, enviar una invitación o responder, confirmar o cambiar una cita), expresando agradecimiento y disculpas, para transmitir información personal rutinaria.

' Escribir un texto corto en una tarjeta de felicitación (por ejemplo, por el cumpleaños de una persona o para desear feliz Navidad).

' Rellenar datos personales y de otro tipo en la mayoría de formularios cotidianos, p. ej., para solicitar una exención de visado o abrir una cuenta bancaria.

' Presentarse y gestionar intercambios sencillos en línea, haciendo preguntas, respondiendo e intercambiando ideas sobre temas cotidianos predecibles, siempre que tenga tiempo suficiente para formular las respuestas y que interactúe solo con un interlocutor a la vez.

' Hacer breves publicaciones descriptivas en línea sobre temas cotidianos, actividades sociales y sentimientos, con detalles clave sencillos y hacer comentarios sobre las publicaciones en línea de otras personas, siempre que estén escritas en un lenguaje sencillo, reaccionando con sentimientos de sorpresa, interés e indiferencia de una manera simple.

' Utilizar formas estereotipadas para responder a los problemas habituales que surgen en las transacciones en línea (p. ej., disponibilidad de modelos y ofertas especiales, fecha de entrega, direcciones, etc.).

' Interactuar en línea con un interlocutor colaborador en una tarea conjunta simple, siguiendo instrucciones básicas y pidiendo aclaraciones, siempre que haya ayudas visuales, como, por ejemplo, imágenes, estadísticas o gráficos para aclarar los conceptos en cuestión.

' Hacer transacciones sencillas en línea (como, por ejemplo, pedir productos o inscribirse en un curso), rellenando un formulario o impreso en línea, proporcionando datos personales, confirmando la aceptación de términos y condiciones o rechazando servicios adicionales, etc.

' Formular preguntas básicas sobre la disponibilidad de un producto o su función.

4.2 Competencias y contenidos

4.2.1 Competencia y contenidos socioculturales y sociolingüísticos

Conocimiento y aplicación a la producción y coproducción de textos escritos de los aspectos socioculturales y sociolingüísticos más básicos relativos a:

' la vida cotidiana (actividades diarias, alimentación, compras, trabajo, ocio, fiestas, horarios);

' condiciones de vida (vivienda, entorno, condiciones laborales);

' relaciones interpersonales (familiares, generacionales, entre conocidos y desconocidos);

' cinésica y proxémica (posturas, gestos, expresiones faciales, uso de la voz, contacto visual y físico);

' cultura y costumbres (tradiciones, celebraciones) y convenciones sociales (fórmulas de cortesía y tratamiento, pautas de comportamiento social).

4.2.2 Competencia y contenidos estratégicos

Conocimiento y uso de las estrategias básicas de planificación, ejecución, control y reparación de la producción y coproducción textos escritos:

' activar esquemas mentales específicos sobre la estructura de la actividad y el texto (p. ej., escribir una nota, un correo electrónico...).

' identificar el vacío de información y opinión y valorar lo que puede sobreentenderse;

' concebir el mensaje con cierta claridad y expresar la idea o ideas principales de acuerdo con una estructura básica;

' identificar el lector y adecuar el texto al destinatario, contexto y canal, aplicando en general el registro y las características discursivas adecuadas a cada caso;

' reajustar la tarea (simplificándola) o el mensaje (generalizar lo que realmente le gustaría expresar), después de valorar las dificultades y los recursos disponibles;

' controlar el efecto y el éxito del discurso mediante petición y ofrecimiento de aclaración y reparación de la comunicación.

4.2.3 Competencia y contenidos funcionales

Realización de las siguientes funciones comunicativas mediante los exponentes más básicos de las mismas, según el ámbito y el contexto comunicativo, en la lengua escrita:

' iniciación y mantenimiento de relaciones personales y sociales habituales: presentarse, presentar alguien, saludar, dar la bienvenida, despedir, invitar, aceptar y rechazar una invitación, agradecer, felicitar, interesarse por alguien o algo, asentir y negar, recordar una cosa a alguien, pedir disculpas;

' descripción de cualidades físicas y valorativas de personas, objetos, lugares y actividades;

' uso de números, cantidades, precios, horarios y horas;

' intercambio de información personal (procedencia, residencia, estado civil, número de teléfono, nacionalidad, edad, familia, trabajo, aficiones, correo electrónico, lugar y fecha de nacimiento);

' narración de acontecimientos pasados, descripción de situaciones presentes y expresión de sucesos futuros;

' petición y oferta de información, indicaciones, advertencias y avisos;

' formulación de consejos, sugerencias y ofrecimientos;

' expresión de la opinión, el conocimiento y el desconocimiento, el acuerdo y el desacuerdo, la duda y la hipótesis;

' expresión de la necesidad, el deseo, la intención, la voluntad, la orden, el permiso y la prohibición;

' expresión de la posesión, del gusto y la preferencia, el interés y el desinterés, la sorpresa, la alegría o la felicidad, la satisfacción, el aprecio o la simpatía, la aprobación y la desaprobación, el disgusto, el dolor, la duda, la esperanza, el temor y la tristeza.

4.2.4 Competencia y contenidos discursivos

Conocimiento y aplicación de modelos contextuales y patrones textuales más básicos propios de la lengua escrita a la producción y coproducción del texto:

' características del contexto según el ámbito de acción general y la actividad comunicativa específica, los participantes (rasgos, relaciones e intención comunicativa) y la situación (canal, lugar y tiempo);

' selección de patrones y características textuales requeridas por el contexto y el cotexto: tipo, formato y estructura textuales; registro; tema, enfoque y contenido; patrones sintácticos, léxicos y ortotipográficos;

' organización y estructuración del texto según (macro)género (por ejemplo, correspondencia > entrada de chat); (macro)función textual (exposición, descripción, narración, exhortación, argumentación) y estructura interna primaria (inicio, desarrollo, conclusión) y secundaria (relaciones oracionales, sintácticas, léxicas y contextuales y por referencia al contexto).

4.2.5 Competencia y contenidos sintácticos

Conocimiento, selección según la intención comunicativa y uso de estructuras sintácticas básicas propias de la lengua escrita según el ámbito y el contexto comunicativos para expresar de forma sencilla:

' la entidad y sus propiedades: in/existencia, calidad (intrínseca y valorativa) y cantidad (número, cantidad y grado);

' el espacio y las relaciones espaciales (ubicación, posición, movimiento, origen, dirección, destino y distancia);

' el tiempo (ubicación temporal absoluta y relativa, duración, frecuencia) y las relaciones temporales (secuencia, anterioridad, posterioridad y simultaneidad);

' el aspecto puntual, perfectivo/imperfectivo, durativo, progresivo y habitual;

' la modalidad epistémica (capacidad, necesidad, posibilidad, probabilidad) y deóntica (volición, permiso, obligación, prohibición);

' estados, acontecimientos, acciones, procesos y realizaciones: papeles semánticos y focalización (estructuras oracionales simples y orden de sus constituyentes);

' la afirmación, la negación, la interrogación, y la exclamación;

' relaciones lógicas básicas de conjunción, disyunción, oposición, contraste, causa y finalidad.

4.2.6 Competencia y contenidos léxicos

Conocimiento, selección y uso del léxico escrito de uso común relativo a la identificación personal; descripción física; vivienda y entorno; actividades de la vida diaria; relaciones humanas y sociales; familia y amigos; trabajo, educación y estudios; lengua; tiempo libre y ocio; viajes y vacaciones; salud y síntomas; compras y actividades comerciales; alimentación y restauración; transporte y servicios; clima, condiciones atmosféricas y entorno natural y tecnologías de la información y la comunicación.

4.2.7 Competencia y contenidos ortotipográficos

Selección, según la intención comunicativa, y uso de los patrones gráficos y convenciones ortográficas fundamentales: alfabeto, caracteres, puntuación, mayúsculas y minúsculas, ortotipografía (cursiva y negrita) y signos ortográficos (acento, apóstrofo, diéresis, guion).

4.3 Criterios de evaluación

' Aplica a la producción y coproducción del texto escrito los conocimientos socioculturales y sociolingüísticos básicos adquiridos, respetando las normas de cortesía más frecuentes en los contextos respectivos y según la modalidad discursiva, en un registro neutro o informal.

' Conoce y sabe aplicar estrategias básicas para producir textos escritos breves, coherentes y de estructura simple y clara adaptados a contextos habituales, p. ej., copiando modelos según el género y tipo textual, o haciendo un guion o esquema para organizar la información o las ideas.

' Lleva a cabo las funciones principales básicas demandadas por el propósito comunicativo.

' Muestra un control básico de estructuras sintácticas de uso frecuente y emplea mecanismos simples de cohesión.

' Conoce y utiliza un repertorio léxico escrito básico de uso frecuente suficiente para comunicar información breve, simple y directa en situaciones habituales y cotidianas.

' Utiliza los signos de puntuación elementales (p. ej., el punto, la coma) y las reglas ortográficas básicas (p. ej., uso de mayúsculas y minúsculas), así como las convenciones formales más habituales de redacción de textos, tanto en papel como en apoyo digital.

5. Actividades de mediación

5.1 Objetivos

' Transmite de forma oral (en lengua B) información específica y relevante contenida en textos breves sencillos, como, por ejemplo, hashtags y avisos, instrucciones y anuncios (escritos en lengua A) sobre temas familiares, siempre que estos se expresen de forma lenta y clara en un lenguaje sencillo (en lengua A), a pesar de que puede ser que tenga que simplificar el mensaje y buscar palabras.

' Transmite por escrito (en lengua B) información específica contenida en textos breves informativos sencillos (escritos en lengua A), siempre que los textos traten de temas concretos y familiares y estén escritos en un lenguaje cotidiano sencillo.

' Interpreta y describe (en lengua B) gráficos sencillos sobre temas familiares (por ejemplo, un mapa meteorológico o un gráfico básico con texto) (en lengua A), a pesar de que puedan aparecer pausas, comienzos erróneos y reformulaciones del discurso.

' Informa (en lengua B) de los puntos principales de informaciones sencillas de televisión o radio (en lengua A) sobre acontecimientos, deportes, accidentes, etc., siempre que los temas sean conocidos y el mensaje sea lento y claro.

' Resume (en lengua B) los puntos principales de un texto informativo sencillo (en lengua A) que trate de temas cotidianos, complementando su repertorio limitado con otros medios (p. ej., gestos, dibujos, palabras otros idiomas) para llevarlo a cabo.

' Enumera una lista (en lengua B) con la información relevante contenida en textos breves sencillos (en lengua A), siempre que traten de temas concretos y familiares y estén escritos de manera sencilla con vocabulario cotidiano.

' Interpreta (en lengua B) la idea general de textos cortos y sencillos cotidianos (p. ej., folletos, avisos, instrucciones, cartas o correos electrónicos) escritos en lengua A.

' Proporciona una traducción oral sencilla (en lengua B) de información escrita sobre temas cotidianos con oraciones sencillas (en lengua A) (p. ej., información personal, narraciones cortas, indicaciones, avisos o instrucciones).

' Toma notas simples en una presentación/demostración donde el contenido es familiar y previsible y el presentador aclara dudas.

5.2 Competencia y contenidos interculturales

Aplicación de los conocimientos, destrezas y actitudes interculturales que permiten llevar a cabo actividades de mediación en situaciones cotidianas sencillas: conocimientos culturales generales, conciencia sociolingüística, observación, atención, relaciones y respeto, en especial las del nivel A2:

' Reconoce y aplica convenciones culturales básicas asociadas a intercambios sociales cotidianos (por ejemplo, diferentes rituales de saludo).

' Actúa de manera apropiada en saludos cotidianos, despedidas y expresiones de agradecimiento y disculpas, a pesar de que tiene dificultades para afrontar cualquier variación de la rutina.

' Reconoce que su comportamiento en una transacción cotidiana puede transmitir un mensaje diferente del que se pretende y puede tratar de explicarlo de forma simple.

' Reconoce cuando se producen dificultades en la interacción con miembros otras culturas, a pesar de que puede no saber muy bien como comportarse.

' Comprende mensajes, instrucciones, anuncios habituales breves y articulados de forma clara, combinando aquello que entiende de las versiones disponibles en diferentes idiomas.

' Emplea advertencias simples, instrucciones e información del producto proporcionadas en paralelo en diferentes idiomas para encontrar información relevante.

' Activa su repertorio limitado en diferentes idiomas para explicar un problema o pedir ayuda o aclaraciones.

' Utiliza palabras y frases de diferentes idiomas de su repertorio plurilingüe para llevar a cabo una tarea simple, una transacción práctica o un intercambio de información.

' Utiliza una palabra de otro idioma de su repertorio plurilingüe para hacerse comprender en una situación rutinaria cotidiana, cuando no se le ocurre una expresión adecuada en la lengua en la que está hablando.

5.3 Criterios de evaluación

' Conoce los aspectos más básicos que caracterizan las comunidades de hablantes correspondientes y las diferencias y similitudes más significatives en cuanto a las costumbres, usos, actitudes, relaciones y valores que prevalecen y es, en general, capaz de actuar en consecuencia, aunque a veces recurra al estereotipo.

' Identifica a veces, aplicando las estrategias necesarias, la información clave que tiene que transmitir, así como algunas intenciones básicas de los emisores y receptores.

' Interpreta, a veces correctamente, las claves de comportamiento y comunicativas explícitas que se observan en los emisores o destinatarios para adaptar su discurso a las funciones requeridas, aunque a menudo no lo haga de manera fluida.

' Toma notas de alguna información necesaria que considera importante trasladar a los destinatarios.

' Transmite los aspectos principales contenidos en textos breves y sencillos sobre temas cotidianos de interés inmediato, siempre que se expresen con claridad en un lenguaje sencillo.

' Colabora en tareas sencillas y prácticas, preguntando qué opinan los demás, haciendo sugerencias y comprendiendo las respuestas, siempre que pueda pedir repeticiones o reformulaciones ocasionalmente.

' Contribuye a la comunicación, utilizando palabras sencillas para invitar personas a explicar cosas, indicando cuando entiende o cuando está de acuerdo. Transmite el tema fundamental de lo que se ha dicho en situaciones cotidianas predecibles sobre deseos y necesidades personales.

' Reconoce cuando los hablantes están en desacuerdo o cuando se producen dificultades y utiliza recursos lingüísticos de forma sencilla para buscar compromiso y acuerdo.

ANEXO III

A. Incorporación del alumnado procedente del plan de estudios regulado en el Real Decreto 1629/2006, desarrollado por el Decreto 155/2007, de 21 de septiembre, el Decreto 119/2008, de 5 de septiembre y el Decreto 138/2014, de 29 de agosto

Idiomas: alemán, francés e inglés

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B2

C1 SUPERADA LA PRUEBA

DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C2

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Primer curso de Nivel Avanzado C1

C2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN ---

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Avanzado C2

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Primer curso de Nivel Avanzado C2

Idiomas: italiano, portugués y rumano

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B2

Idioma: español lengua extranjera

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B2

C1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Avanzado C2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Avanzado C1

C2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN ---

SIN SUPERAR Curso de Nivel Avanzado C2

Idiomas: euskera, griego y ruso

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B2

Idioma: valenciano

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Curso de Nivel Intermedio B2

C1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C2

SIN SUPERAR Curso de Nivel Avanzado C1

C2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN ---

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Avanzado C2

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Primer curso de Nivel Avanzado C2

Idiomas: chino y japonés

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B1

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Tercer curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B2

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Tercer curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B2

Idioma: árabe

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

2A2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B1

SUPERADAS TRES DE LAS PARTES DE LA PRUEBA Tercer curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR DOS O MÁS PARTES DE LA PRUEBA Segundo curso de Nivel Básico A2

1B1 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B1

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B1

2B1 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B1

1B2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Intermedio B2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Intermedio B2

2B2 SUPERADA LA PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Primer curso de Nivel Avanzado C1

SIN SUPERAR Segundo curso de Nivel Intermedio B2

Idiomas: finés, neerlandés y polaco

Enseñanzas cursadas con el RD 1629/2006 (Decretos 155/2007, 119/2008 y 138/2014) Curso al que se incorporará el alumno el año académico 2019/20

1A2 SUPERADO Segundo curso de Nivel Básico A2

SIN SUPERAR Primer curso de Nivel Básico A2

B. Incorporación del alumnado procedente del plan de estudios regulado en el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre y el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio:

Para los niveles con distribución de dos cursos:

1) A2, B1 y B2 de alemán, euskera, finés, francés, griego moderno, inglés, neerlandés, polaco; 2) A2 de español como lengua extranjera, italiano, portugués y rumano; 3) B2 de chino y japonés; y 4) B1 y B2 de árabe

Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio Curso al que se incorporará el alumno a partir del año académico 2019/20

1.º curso del Ciclo Elemental 1.º curso del Nivel Básico 2A2

2.º curso del Ciclo Elemental 2.º curso del Nivel Básico

Certificado de Nivel Básico 1B1

3.º curso del Ciclo Elemental

Certificación académica del Ciclo Elemental 1B2

1.º curso del Ciclo Superior 2B2

2.º curso del Ciclo Superior

Certificado de Aptitud 1C1

Para los niveles con distribución de tres cursos:

1) A2 y B1 de chino y japonés; 2) A2 de árabe

Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre: Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio Curso al que se incorporará el alumno a partir del año académico 2019/20

1.º curso del Ciclo Elemental 1.º curso del Nivel Básico 2A2

2.º curso del Ciclo Elemental 2.º curso del Nivel Básico 3A2

Certificado de Nivel Básico 1B1

3.º curso del Ciclo Elemental 2B1

Certificación académica del Ciclo Elemental 1B2

Para los niveles con distribución de un curso:

1) A2, B1 y B2 de valenciano; 2) B1 y B2 de español lengua extranjera

Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre: Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio Curso al que se incorporará el alumno a partir del año académico 2019/20

1.º curso del Ciclo Elemental 1.º curso del Nivel Básico A2

2.º curso del Ciclo Elemental 2.º curso del Nivel Básico

Certificado de Nivel Básico B1

3.º curso del Ciclo Elemental B2

Certificación académica del Ciclo Elemental B2

1.º curso del Ciclo Superior C1

2.º curso del Ciclo Superior

Certificado de Aptitud C1

ANEXO IV

Catálogo de los cursos de oferta formativa complementaria

1. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Nivel A2

2. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Nivel B1

3. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Nivel B2

4. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Nivel C1

5. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Nivel C2

6. Práctica de EXPRESIÓN Y COMPRENSIÓN ORAL Nivel A2

7. Práctica de EXPRESIÓN Y COMPRENSIÓN ORAL Nivel B1

8. Práctica de EXPRESIÓN Y COMPRENSIÓN ORAL Nivel B2

9. Práctica de EXPRESIÓN Y COMPRENSIÓN ORAL Nivel C1

10. Práctica de EXPRESIÓN Y COMPRENSIÓN ORAL Nivel C2

11. Práctica de EXPRESIÓN ESCRITA Nivel A2

12. Práctica de EXPRESIÓN ESCRITA Nivel B1

13. Práctica de EXPRESIÓN ESCRITA Nivel B2

14. Práctica de EXPRESIÓN ESCRITA Nivel C1

15. Práctica de EXPRESIÓN ESCRITA Nivel C2

16. Preparación a la PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Nivel A2

17. Preparación a la PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Nivel B1

18. Preparación a la PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Nivel B2

19. Preparación a la PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Nivel C1

20. Preparación a la PRUEBA DE CERTIFICACIÓN Nivel C2

21. Curso de REFUERZO del Nivel A2

22. Curso de REFUERZO del Nivel B1

23. Curso de REFUERZO del Nivel B2

24. Curso de REFUERZO del Nivel C1

25. Curso de REFUERZO del Nivel C2

26. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Y COMPRENSIÓN ESCRITA Nivel A2

27. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Y COMPRENSIÓN ESCRITA Nivel B1

28. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Y COMPRENSIÓN ESCRITA Nivel B2

29. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Y COMPRENSIÓN ESCRITA Nivel C1

30. Práctica de EXPRESIÓN ORAL Y COMPRENSIÓN ESCRITA Nivel C2

31. Teatro Nivel A2 Idioma

32. Teatro Nivel B1 Idioma

33. Teatro Nivel B2 Idioma

34. Teatro Nivel C1 Idioma

35. Teatro Nivel C2 Idioma

36. Literatura Nivel A2 Idioma

37. Literatura Nivel B1 Idioma

38. Literatura Nivel B2 Idioma

39. Literatura Nivel C1 Idioma

40. Literatura Nivel C2 Idioma

41. Lenguaje turístico Nivel A2 Idioma

42. Lenguaje turístico Nivel B1 Idioma

43. Lenguaje turístico Nivel B2 Idioma

44. Lenguaje turístico Nivel C1 Idioma

45. Lenguaje turístico Nivel C2 Idioma

46. Lenguaje médico Nivel A2 Idioma

47. Lenguaje médico Nivel B1 Idioma

48. Lenguaje médico Nivel B2 Idioma

49. Lenguaje médico Nivel C1 Idioma

50. Lenguaje médico Nivel C2 Idioma

51. Lenguaje jurídico Nivel A2 Idioma

52. Lenguaje jurídico Nivel B1 Idioma

53. Lenguaje jurídico Nivel B2 Idioma

54. Lenguaje jurídico Nivel C1 Idioma

55. Lenguaje jurídico Nivel C2 Idioma

56. Lenguaje comercial Nivel A2 Idioma

57. Lenguaje comercial Nivel B1 Idioma

58. Lenguaje comercial Nivel B2 Idioma

59. Lenguaje comercial Nivel C1 Idioma

60. Lenguaje comercial Nivel C2 Idioma

61. Cultura y Civilización Nivel A2 Idioma

62. Cultura y Civilización Nivel B1 Idioma

63. Cultura y Civilización Nivel B2 Idioma

64. Cultura y Civilización Nivel C1 Idioma

65. Cultura y Civilización Nivel C2 Idioma

66. Aprender jugando - Nivel A2 - Idioma

67. Aprender jugando - Nivel B1 - Idioma

68. Aprender jugando - Nivel B2 - Idioma

69. Aprender jugando - Nivel C1 - Idioma

70. Aprender jugando - Nivel C2 - Idioma

71. Iniciación al idioma

72. Otros

ANEXO V-a

Previsión de sesiones de los tribunales del profesorado de apoyo para las pruebas de valenciano curso 2019-2020

EOI: &

APELLIDOS Y NOMBRE DÍA TURNO TAREA NIVEL

Total sesiones

Visto bueno,

El jefe/La jefa de estudios El director/La directora

Fecha: & de mayo de 2020

ANEXO V-b

Asistencia diaria del profesorado de apoyo a las pruebas de certificación de valenciano

EOI: &

DÍA: &

APELLIDOS Y NOMBRE DNI FIRMA

Firmado: &

El jefe/La jefa de estudios

Fecha: &

ANEXO V-c

Datos definitivos del profesorado de apoyo para las pruebas de valenciano curso 2019-2020

EOI: &

APELLIDOS Y NOMBRE DÍA TURNO TAREA NIVEL

Total sesiones

Visto bueno,

El jefe/La jefa de estudios El director/La directora

& & de julio de 2020