RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2022, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se modifica la Resolución de 12 de diciembre de 2002, por la que se establece el coste máximo por día de plaza ocupada, relativo a la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, regulada por Decreto 179/2001, de 28 de junio., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 19-09-2022
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 181
F. Publicación: 19/09/2022
Documento oficial en PDF: Enlace
RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2022, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se modifica la Resolución de 12 de diciembre de 2002, por la que se establece el coste máximo por día de plaza ocupada, relativo a la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, regulada por Decreto 179/2001, de 28 de junio.
Por Decreto 179/2001, de 28 de junio, se regula la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.
Desde el año 2001 en que se efectuó la primera regulación de los precios en esta materia, se han producido sucesivas modificaciones de los precios para actualizarlos a las necesidades de cada momento, siendo la Resolución de 15 de junio de 2022, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la última que estableció el coste máximo por día de plaza ocupada relativo a la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas para la atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia de las distintas Gerencias Territoriales de Servicios Sociales (B.O.C. y L. n.º 122, de 27 de junio de 2022), la cual modifica el punto 1 de la Disposición Primera, 1, de la Resolución de 12 de diciembre de 2002, estableciendo los costes máximos por día de plaza ocupada en los centros de atención de niños y jóvenes dependientes de los servicios de protección a la infancia con los que la Gerencia de Servicios Sociales formalice conciertos de reserva y ocupación de plazas en Residencias, Viviendas Hogar, Hogares, Unidades de Acogida y Centros de Día.
Las necesidades actuales motivadas por la adecuada atención que se ha de prestar a determinados colectivos de menores protegidos que se encuentran en acogimiento residencial, hace preciso revisar de nuevo el sistema de precios máximos de las plazas concertadas ocupadas.
Por ello y con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 179/2001, de 28 de junio,
DISPONGO:
Primero.– Modificar el punto 1 de la Disposición Primera, 1, de la Resolución de 12 de diciembre de 2002, en su redacción dada por la Resolución de 15 de junio de 2022, de la Gerencia de Servicios Sociales, que queda redactado en los siguientes términos:
Los costes máximos por día de plaza ocupada serán, según las modalidades de éstas y la tipología de los centros, los que a continuación se relacionan:
Precio máximo por plaza ocupada/ día euros
Plazas para acogimiento residencial ordinario:
• Plazas en Residencia de Protección 65,00
• Plazas en Vivienda Hogar; Hogar Tutelado 85,00
• Plazas en Hogar, Unidad y Residencia de Acogida 90,00
• Plazas previstas en el artículo 3.5 del Decreto 179/2001; plazas en centros y establecimientos educativos citados en su Disposición Adicional 52,00
Plazas para acogimiento residencial de menores con necesidades especiales:
• Plazas en Hogar de Socialización; plazas en centros que traten situaciones de similar naturaleza (Disposición Adicional del Decreto 179/2001) 124,00
• Plazas para la atención de graves discapacidades (Disposición Adicional del Decreto 179/2001) 140,00
• Plazas de tratamiento de trastornos psiquiátricos graves (Disposición Adicional del Decreto 179/2001) 250,00
• Plazas para la atención de enfermedades crónicas graves (Disposición Adicional del Decreto 179/2001) 68,00
Segundo.– Eficacia.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Tercero.– Régimen de impugnación.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín de Castilla y León recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, órgano competente, según el artículo 18.1.h) del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, aprobado por Decreto 2/1998, de 8 de enero.
Valladolid, 2 de septiembre de 2022.
El Gerente de Servicios Sociales,
P.A. (Art. 18.3 del Decreto 2/1998, de 8 de enero)
El Director General de Personas Mayores, Personas con Discapacidad y Atención a la Dependencia
Fdo.: Eduardo García Brea
