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RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 14 de diciembre de 2017, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2018., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 27-12-2017

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, EMPLEO Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 307

F. Publicación: 27/12/2017

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 307 de 27/12/2017 y no contiene posibles reformas posteriores

El BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de diciembre de 2017 publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 14 de diciembre de 2017, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2018.

Con posterioridad a dicha publicación, los Ayuntamientos de Aldea del Fresno y Cervera de Buitrago han dirigido comunicaciones a este Centro Directivo solicitando la modificación de las fechas de las fiestas locales inicialmente publicadas.

Por tanto, vistas las propuestas formuladas al efecto por los Ayuntamientos y en uso de las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio ( Boletín Oficial del Estado del 11 de julio), en relación con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio ( Boletín Oficial del Estado del 29) declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre ( Boletín Oficial del Estado del 26), y con el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto), esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

Modificar la Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 14 de diciembre de 2017, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2018, declarando inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables los días de fiestas locales que se incluyen en la siguiente relación, con referencia a los siguientes municipios:

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Madrid, a 20 de diciembre de 2017.-El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

(03/43.245/17)