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RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos autorizados por las Corporaciones Locales para la apertura de establecimientos comerciales al público. (2022064175), - Diario Oficial de Extremadura, de 27-12-2022

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Ambito: Extremadura

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 246

F. Publicación: 27/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Extremadura Número 246 de 27/12/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos autorizados por las Corporaciones Locales para la apertura de establecimientos comerciales al público.

La Resolución de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer en el año 2023 abiertos al público diez días en domingos y festivos, pudiendo determinar las Corporaciones Locales dos fechas a tales efectos.

Por ello, a tenor de lo previsto en la precitada Resolución,

RESUELVO:

Primero. Además de las fechas citadas en el resuelvo primero de la Resolución de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los establecimientos comerciales ubicados en los municipios que se detallan a continuación podrán permanecer abiertos al público los siguientes días:

PROVINCIA DE BADAJOZ

POBLACIÓN- DÍAS FESTIVOS

Aceuchal- 10 de abril y 15 de mayo

Almendralejo- 3 y 6 de diciembre

Badajoz- 2 de julio y 8 de diciembre

Carrascalejo, El- 29 de mayo y 7 de agosto

Don Benito- 21 de febrero y 3 de diciembre

Guadiana- 6 de enero y 8 de diciembre

Guareña- 15 de mayo y 14 de septiembre

Herrera del Duque- 1 de mayo y 13 de agosto

Llerena- 21 de febrero y 15 de mayo

Medellín- 7 de abril y 6 de diciembre

Mérida- 1 de junio y 11 de diciembre

Montijo- 19 de noviembre y 3 de diciembre

Santa Marta- 26 de marzo y 14 de mayo

Valencia del Mombuey- 15 de agosto y 16 de mayo

Villafranca de los Barros- 21 de febrero y 22 de noviembre

Villanueva de la Serena- 21 de febrero y 15 de agosto

Yelbes- 7 de abril y 6 de diciembre

Zafra- 25 de junio y 3 de diciembre

PROVINCIA DE CÁCERES

POBLACIÓN- DÍAS FESTIVOS

Cáceres- 24 de abril y 3 de diciembre

Casar de Cáceres- 9 de abril y 3 de diciembre

Coria- 15 de mayo y 3 de diciembre

Gata- 20 de febrero y 25 de julio

Jaraíz de la Vera- 30 de julio y 13 de agosto

Miajadas- 9 de abril y 6 de diciembre

Moheda de Gata, La- 15 de mayo y 14 de agosto

Montánchez- 3 de febrero y 30 de agosto

Navalmoral de la Mata- 8 de septiembre y 8 de diciembre

Plasencia- 8 de junio y 3 de diciembre

Trujillo- 4 de septiembre y 3 de diciembre

Segundo. En los restantes municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los establecimientos comerciales podrán abrir al público los días con carácter de fiestas locales determinados en la Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 20 de diciembre de 2022.

El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,

RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA