Legislación

Resolución del 20 de mayo de 2020 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueba la utilización del Sello Electrónico en determinadas actuaciones administrativas., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 13-06-2020

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVERSIDADES

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 135

F. Publicación: 13/06/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 135 de 13/06/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Investigación y Universidades

Servicio Regional de Empleo y Formación

2832

Resolución del 20 de mayo de 2020 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueba la utilización del Sello Electrónico en determinadas actuaciones administrativas.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone en su artículo 40 que las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. La relación de los sellos electrónicos y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos, debiendo adoptarse las medidas adecuadas para facilitar la verificación.

El artículo 41.1 de dicha norma define como actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público, especificando en el punto 2 que para ese caso deberá establecerse previamente el órgano competente para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, e indicándose el órgano responsable a efectos de impugnación.

El artículo 42 de la citada Ley, establece que cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización del sello electrónico como sistema de firma para el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada.

El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2017, de 22 de junio, declarado vigente en la disposición derogatoria única, número 2, letra g, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 19.1 que la creación de sellos electrónicos se realizará por resolución del titular del organismo público competente.

Por su parte, el Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 13 dispone que la creación de sellos electrónicos vinculados a órganos administrativos se realizará mediante Resolución del máximo órgano directivo del organismo correspondiente.

Conforme a los preceptos citados, por Resolución del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, de 2 de febrero de 2020 (BORM n.º 49, de 28/02/2020), se crea el Sello Electrónico de la Dirección General del Organismo, que determina que el sello electrónico podrá ser utilizado para las actuaciones administrativas automatizadas que se autoricen por el órgano competente, así como para las demás actuaciones que prevea la normativa para este sistema de firma electrónica.

Por ello, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 5.2 del Decreto número 130/2005, de 25 de noviembre, por el que se establece la Estructura Orgánica del Servicio Regional de Empleo y Formación y del artículo 13 del Decreto n.º 302/2011, de 25 de noviembre, Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Resuelvo:

Primero.- Autorizar el uso del sello electrónico a la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación, en todos los procedimientos administrativos de su competencia que figuren en la Guía de Procedimientos y Servicios, en las siguientes actuaciones administrativas automatizadas:

- Comunicaciones de iniciación de procedimientos de oficio o a instancia de parte, con indicación del plazo para resolver y efectos del silencio administrativo.

- Comunicaciones relativas a los actos de instrucción y tramitación del procedimiento.

- Generación y emisión de certificados.

- Comunicaciones de carácter informativo dirigidas a los interesados.

- Intercambio de información con otras Administraciones Públicas, corporaciones, organismos, entidades e instituciones públicas.

- Cualquier otra actuación administrativa automatizada generada en el marco de los procedimientos competencia de esta Dirección General.

Segundo.- Determinar que las citadas actuaciones administrativas automatizadas serán generadas a través de las aplicaciones informáticas utilizadas en esta Dirección General.

Todos los documentos que se emitan mediante las aplicaciones informáticas incluirán un código seguro de verificación que permitirá, en todo caso, la comprobación de la autenticidad e integridad del documento accediendo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tercero.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y deberá estar accesible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, María Isabel López Aragón.

NPE: A-130620-2832