Resolución de 21/06/2022, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se modifica el anexo de la Resolución de 18/02/2019, por la que aprueban las aplicaciones informáticas utilizadas para las actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de la administración tributaria regional, así como el contenido de las referidas actuaciones. [2022/5996], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 30-06-2022
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 124
F. Publicación: 30/06/2022
La Orden 12/2019, de 24/01/2019, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se regulan las actuaciones automatizadas de la Administración tributaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ha previsto la posibilidad de que la actividad administrativa en el área tributaria se lleve a cabo mediante procesos automatizados, con las ventajas que ello trae consigo en materia de rapidez de respuesta para los ciudadanos, y sin que ello suponga una merma en los derechos que ostentan frente a la Administración.
La referida norma, en el apartado 3 del artículo 2, establece que, mediante resolución de la Dirección General competente en materia de tributos, se aprobarán las aplicaciones informáticas que se utilicen para la realización de actuaciones automatizadas, así como el contenido de las mismas.
La disposición final primera de la Orden de 12/2019, de 24/01/2019 faculta a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para dictar las resoluciones necesarias para su desarrollo y aplicación.
En ejecución de esta autorización, mediante resolución de este órgano de 18/02/2019 se aprobaron las aplicaciones informáticas utilizadas para las actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de la Administración Tributaria Regional, así como el contenido de las referidas actuaciones. Este catálogo de actuaciones administrativas automatizadas fue ampliado por Resolución de este órgano de 18/11/2019.
El desarrollo de las aplicaciones informáticas de esta Dirección General permite aumentar el catálogo de actuaciones que pueden ser realizadas de forma automatizada, todo ello con el fin de conseguir una mayor simplificación administrativa para los ciudadanos y una mayor rapidez en la gestión.
Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 7 del Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Dispongo
Modificar el anexo de la resolución de esta Dirección General de 18/02/2019 incorporando nuevas actuaciones recogidas en los apartados 9, 10 y 11 del referido, para lo cual se aprueban las aplicaciones informáticas a utilizar en la actuación administrativa automatizada de la Administración tributaria regional respecto a los actos que se incorporan, así como el contenido y las características de los mismos.
Anexo. Actuaciones susceptibles de actuación automatizada.
9. Práctica de liquidaciones tributarias derivadas del censo fiscal de máquinas de juego.
1. La aplicación informática de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego podrá practicar, mediante actuaciones administrativas automatizadas, las liquidaciones del censo fiscal de máquinas previsto en la Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha. Para ello, se utilizarán los datos incluidos en el citado censo una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones.
2. Los recursos de reposición y, en su caso, reclamaciones económico-administrativas contra estos acuerdos se interpondrán ante el Servicio de Gestión Tributaria competente en el ámbito territorial en el que se ubique la máquina a la que se refiera la liquidación.
10. Generación y emisión de resoluciones de ejecución de garantías en materia de juego.
1. La aplicación informática de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego podrá resolver, mediante actuaciones administrativas automatizadas, la ejecución de las garantías depositadas para responder de las responsabilidades económicas que se deriven de las infracciones relacionadas con el juego y al pago de las deudas derivadas de tributos específicos sobre el juego. Para ello, comprobará qué deudores incluidos en esa aplicación tienen deudas vencidas, líquidas y exigibles para las que ha transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, y, a su vez, tienen depositadas garantías en los términos de la normativa administrativa de juego.
2. Los recursos de reposición y, en su caso, reclamaciones económico-administrativas contra estos acuerdos se interpondrán ante el Servicio de Recaudación o el Servicio de Tesorería y Recaudación que figure indicado en la propia notificación.
3. Las reclamaciones económico-administrativas serán resueltas por los órganos económico-administrativos competentes en función a la naturaleza del tributo o ingreso de derecho público que dé origen a la deuda.
11. Generación y emisión de justificantes de pago.
La aplicación informática de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego emitirá, mediante actuación automatizada, los justificantes de los pagos en favor de la Administración, realizados a través de alguna de las vías habilitadas en las que los interesados no puedan disponer del mismo en el momento de su realización, por requerir una comprobación posterior de la Administración. A tal fin, se comprobará la situación de la deuda específica en la referida aplicación.
El justificante de pago emitido por la Administración tendrá el contenido determinado en la normativa habilitadora del medio o vía de pago que se haya utilizado.
Toledo, 21 de junio de 2022
La Directora General de Tributos y Ordenación del Juego
SUSANA PASTOR PONS
