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Resolución de 21/12/2020, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se prorrogan las medidas establecidas en la Orden 99/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen medidas excepcionales de ámbito temporal, en materia de aplazamientos y fraccionamientos de deudas de naturaleza pública. [2020/11258], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 29-12-2020

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Ambito: Castilla-La Mancha

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 260

F. Publicación: 29/12/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 260 de 29/12/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 24 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 99/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen medidas excepcionales de ámbito temporal, en materia de aplazamientos y fraccionamientos de deudas de naturaleza pública. Mediante esta orden se aprobaron medidas en la tramitación de los procedimientos de aplazamientos y/o fraccionamientos de pago, flexibilizando los pagos de deudas de naturaleza pública, todo ello con el fin de intentar minimizar los problemas de liquidez de los operadores económicos de nuestra región.

Las medidas incluidas en dicha norma son el incremento del límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento, el otorgamiento de fraccionamientos automáticos para deudas inferiores al importe fijado, y la carencia de hasta seis meses en el inicio del pago de la deuda. También se recoge la ampliación automática en seis meses de los fraccionamientos ya concedidos, a solicitud de las personas deudoras.

La disposición final segunda limita el ámbito temporal de las medidas hasta el 31 de diciembre de 2020. No obstante, la propia Orden, en su disposición final primera, autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para que pueda prorrogar, mediante resolución, la totalidad o parte de las medidas establecidas en la misma, hasta el plazo máximo de un año.

Examinada la situación actual, se advierte que las circunstancias que motivaron la adopción de estas medidas excepcionales aún se mantienen, por lo que se hace preciso prorrogar las mismas por un año más.

Por todo ello,

Dispongo:

Primero. Prórroga de medidas.

Se acuerda la prórroga de la totalidad de las medidas establecidas en la Orden 99/2020, de 22 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen medidas excepcionales de ámbito temporal, en materia de aplazamientos y fraccionamientos de deudas de naturaleza pública, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente resolución producirá efectos a partir del día 1 de enero de 2021, previa publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Tercero. Régimen de recursos.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 21 de diciembre de 2020

La Directora General de Tributos

y Ordenación del Juego

SUSANA PASTOR PONS