RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se refunde el Reglamento Técnico Específico de Producción Integrada de Frutales de Pepita, - Boletín Oficial de Castilla y León, de 02-05-2023
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 82
F. Publicación: 02/05/2023
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RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se refunde el Reglamento Técnico Específico de Producción Integrada de Frutales de Pepita.
La Producción Integrada es un método para obtener productos diferenciados y certificados, garantizando al consumidor la calidad y seguridad alimentaria que demanda, mediante la utilización racional de los medios de producción (suelo, agua y fitosanitarios) en todas las fases del producto. Por tanto, trata de compatibilizar la rentabilidad de los cultivos, la protección del medio ambiente y la satisfacción de las exigencias del consumidor.
En Castilla y León la Producción Integrada viene desarrollada por el Decreto 208/2000, de 5 de octubre, que regula la Producción Integrada de productos agrícolas en Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 198, de 11 de octubre), el Real Decreto 1201 de 20 de noviembre de 2002 por el que se regula la producción integrada de los productos agrícolas (B.O.E. n.º 287, de 30 de noviembre), la Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 26 de marzo de 2001 por la que se regula el funcionamiento del Registro de Productores y Operadores de Producción Integrada en Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 69, de 5 de abril) y la Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 30 de julio de 2002 por la que se establece el procedimiento para la concesión de autorizaciones para la utilización de la identificación de garantía «Producción Integrada de Castilla y León» (B.O.C. y L. n.º 154, de 9 de agosto) que desarrollan diversos aspectos relacionados con la misma, además de los requisitos que se establezcan para cada cultivo en el correspondiente Reglamento Técnico Específico de Producción.
El Reglamento Técnico Específico de los Frutales de Pepita se publicó con fecha 17 de diciembre de 2002.
Posteriormente el Reglamento ha sido modificado, por la necesidad de adaptar las diversas sustancias activas permitidas, su modo de acción, comportamiento en suelo, modo de empleo y control de sus residuos.
El citado Decreto en su Disposición Final Primera, faculta al Director General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural a dictar las correspondientes Resoluciones que aprueben los Reglamentos Técnicos Específicos para cada cultivo o grupos de cultivos.
En la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, por la que se refunde el Reglamento Técnico Específico de Producción Integrada de Frutales de Pepita (B.O.C. y L. n.º 103, de 1 de junio) se establecen las materias activas autorizadas. Así como en la Resolución de 29 de mayo de 2019 que la modifica (B.O.C. y L. n.º 111, de 12 de junio de 2019).
Debido a la continua actualización de sustancias activas, derivada de la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 relativo a la comercialización de productos es preciso una revisión de algunas de las materias activas incluidas en el Reglamento Específico de Producción Integrada de frutales de pepita.
Con objeto de actualizar este reglamento, teniendo en cuenta las necesidades del sector, se realizan algunas modificaciones.
RESUELVO:
Primero.– Incluir en el Cuadro 4: Materias activas de herbicidas que se pueden emplear en producción integrada de frutales de pepita, la materia activa «Piraflufen-etil», en postemergencia.
Segundo.– Incluir en el Cuadro 6.a: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas la materia activa «Mefentrifluconazol» para tratar Alternaria, Oídio y Venturia.
Tercero.– Incluir en el Cuadro 6.b: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de peras, la materia activa «Mefentrifluconazol» para tratar Alternaria, Oídio, Venturia, Estemfiliosis y Erysiphaceae.
Cuarto.– Incluir en el Cuadro 6.a: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas y en el Cuadro 6.b: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de peras», «Trichoderma gamsii» y «Trichoderma asperellum» para tratar Armilaria y Stemphylium.
Quinto.– Incluir en el Cuadro 6.a: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas y en el Cuadro 6.b: Materias activas de fungicidas y bactericidas que se pueden emplear en producción integrada de peras», «Hidrogenocarbonato de potasio» para tratar Venturia y Oídio.
Sexto.– Incluir en el Cuadro 7.a: Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas la materia activa «Sales potásicas de ácidos grasos vegetales» y «Flupiradifurona» para tratar Afidos.
Séptimo.– Incluir en el Cuadro 7.a: Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas la materia activa «Emamectina benzoato» para tratar Carpocapsa.
Octavo.– Incluir en el Cuadro 7.b: Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de peras la materia activa «Sales potásicas de ácidos grasos vegetales» para tratar Afidos y Psyla.
Noveno.– Incluir en el Cuadro 7.b: Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de peras la materia activa «Flupiradifurona» para tratar Hoplocampa.
Décimo.– Incluir en el Cuadro 7.b: Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de peras las materias activas «Aceite de naranja» y «Maltodextrina» para tratar Psyla.
Décimo primero.– Eliminar en el Cuadro 7.a. Materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas y en el cuadro 7.b: materias activas de insecticidas que se pueden emplear en producción integrada de peras, las materias activas Fenoxicarb, Fosmet, Indoxacarb, Sulfoxaflor y Triflumurón, porque ya no figuran en el Registro estas materias activas o bien porque en caso de existir productos fitosanitarios no están autorizados en los usos pera y /o manzana.
Décimo segundo.– Eliminar en el Cuadro 8.a. Materias activas de acaricidas que se pueden emplear en producción integrada de manzanas, la materia activa Etoxazol, porque los productos fitosanitarios existentes no están autorizados en manzana.
Valladolid, 21 de abril de 2023.
La Directora General de Producción Agrícola y Ganadera, Fdo.: Teresa Rodríguez Vidal
