RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Inspección y Ordenación, por la que se actualiza el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2018., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 10-01-2018
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Ambito: Madrid
Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 8
F. Publicación: 10/01/2018
La Orden 418/2016, de 20 de mayo, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen los criterios de actuación en materia de inspección sanitaria y se aprueba el Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018, aprobó, igualmente, en su Anexo III los Planes Parciales de Inspección de Sanidad para el año 2016.
Teniendo en cuenta las especificidades de actualización requeridas para la aplicación de los programas Parciales de Inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2018, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado Tercero de la referida Orden, que faculta a la Dirección General de Inspección y Ordenación para adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3. de la Orden 922/2009, de 17 de diciembre, por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y funciones de la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería de Sanidad,
RESUELVO
Primero
Actualizar el Anexo III de la Orden 418/2016, de 20 de mayo, estableciendo los Programas de Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2018 y que, a continuación, se relacionan:
1. Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación
1.1. Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.
Objetivo general:
El objetivo del plan es garantizar la eficiencia, calidad y seguridad de la asistencia sanitaria que se presta a los ciudadanos, en todos los centros y servicios sanitarios, tanto públicos como privados, en los establecimientos sanitarios de óptica, y en los vehículos de transporte sanitario, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a planta física, personal y medios, así como las normas mínimas para su correcto funcionamiento.
1.1.1. Programas básicos de inspección.
1.1.1.1. Programa básico de Inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Objetivo:
- Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la concesión y/o renovación de sus distintos tipos de autorización.
1.1.1.2. Programa básico de inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre.
Objetivo:
- Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente, previamente a la emisión de su certificación técnico-sanitaria.
1.1.2. Programas de inspección de oficio.
Objetivo:
- Garantizar que la asistencia prestada en los centros, servicios y establecimientos sanitarios se lleva a cabo en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
1.1.2.1. Programa de comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de funcionamiento.
1.1.2.2. Programa de seguimiento del cumplimiento de los requisitos en centros y servicios sanitarios con mayor índice de riesgo para la salud de la población.
1.1.2.3. Programa de control de vehículos de transporte sanitario terrestre.
1.1.2.4. Programa de inspección de denuncias y reclamaciones.
1.1.2.5. Programa específico para garantizar los derechos de las mujeres mediante la protección de la salud sexual y reproductiva: Incluye la valoración e inspección de la actividad sanitaria en los centros de reproducción humana asistida y en los centros de interrupción voluntaria del embarazo.
1.1.2.6. Programa de coordinación con otros centros directivos, subdirecciones generales o áreas con competencias en el ámbito de la inspección, con incidencia especial en fijar líneas de actuación, coordinadas en relación con la atención sanitaria a determinados colectivos necesitados de especial protección, destinadas a la valoración de la actividad sanitaria prestada en residencias y centros de día para personas mayores, a partir de actuaciones solicitadas.
1.1.2.7. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en clínicas dentales.
1.1.2.8. Programa específico para la prevención y control del intrusismo, mediante comprobación de la veracidad de las plantillas de profesionales durante el período de vigencia de la autorización sanitaria de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
1.2. Plan Parcial de Inspección Sanitaria.
1.2.1. Programa de optimización de la gestión e inspección de la incapacidad temporal.
Objetivos:
- Implantar y realizar el seguimiento del programa informático ITWeb para la mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal en coordinación con el resto de los organismos competentes en la materia.
- Asesorar y formar a los Médicos de Atención Primaria en la utilización del programa ITWeb como herramienta de gestión de la Incapacidad Temporal.
- Impartir formación teórica y práctica en materia de Incapacidad Temporal a residentes de Medicina Familiar y Comunitaria.
- Implementar programas específicos de seguimiento y control de la Incapacidad Temporal del personal de los centros dependientes de la Administración Regional.
1.2.2. Programa de optimización de la gestión del visado farmacéutico.
Objetivos:
- Realizar el seguimiento del programa de visado electrónico e implementar mejoras en su funcionalidad.
- Comprobar la adecuación de la prescripción farmacéutica a los criterios establecidos para aquellos medicamentes que requieren visado de inspección.
1.2.3. Programa de seguimiento y análisis de los informes técnicos en materia de responsabilidad patrimonial derivada de la asistencia sanitaria.
Objetivos:
- Verificar el grado de realización de informes y la adecuación de los tiempos de respuesta, fomentando el apoyo de otras áreas, adecuando los recursos a la demanda, supervisando el circuito de tramitación interna, detectando y evitando posibles ineficiencias.
- Analizar el grado de concordancia de las conclusiones de los informes con las resoluciones adoptadas y, en su caso, las sentencias judiciales recaídas.
1.2.4. Programa de actualización y supervisión en materia de reintegro de gastos.
Objetivo:
- Mejorar la calidad y tiempo de respuesta de los informes técnicos en materia de reintegro de gastos mediante la utilización de medios informáticos y rediseño de los circuitos de tramitación interna.
1.2.5. Programa de colaboración en la instrucción de expedientes disciplinarios a personal sanitario dependiente del Servicio Madrileño de Salud.
Objetivos:
- Dar respuesta a las peticiones de instructores formulada por la Dirección general de recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud.
- Análisis de las causas que motivaron el inicio de los expedientes por si fuese necesario introducir medidas de corrección y control.
1.3. Plan Parcial de Evaluación Sanitaria.
1.3.1. Programas de Auditoría Hospitalaria.
1.3.1.1. Auditoría de Facturación Intercentros.
Objetivo:
- Validar la actividad asistencial intercentros susceptible de ser facturada; tanto la realizada en hospitales del Servicio Madrileño de Salud a la población asignada a los hospitales concesionados, como la prestada en estos últimos a la población protegida que no es de su ámbito geográfico.
1.3.1.2. Evaluación del Cumplimiento de los Objetivos de Calidad.
Objetivo:
- Verificar el cumplimiento de los objetivos que para 2017 fueron fijados a los centros por la Subdirección General de Calidad.
1.3.1.3. Evaluación del cumplimiento de los Objetivos de Continuidad Asistencial.
Objetivo:
- Verificar el cumplimiento de los objetivos de continuidad asistencial 2017 establecidos a los hospitales con los referentes de las unidades de gestión de atención primaria.
1.3.1.4. Adecuación de la prescripción de medicamentos para la esclerosis múltiple (EM) al protocolo establecido en la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
- Verificar el cumplimiento de las indicaciones financiadas y el cumplimiento del protocolo establecido.
1.3.1.5. Adecuación de la prescripción de fármacos antineoplásicos orales (ANEO) al protocolo de Criterios de Uso de ANEO en la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
- Verificar el cumplimiento de las indicaciones financiadas y el cumplimiento del protocolo establecido.
1.3.1.6. Adecuación de la prescripción de los nuevos fármacos hipolipemiantes (anticuerpos monoclonales PCK9: Alirocumab y Evolocumab) a las indicaciones financiadas por el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Objetivo:
- Verificar que la prescripción de estos fármacos se ajusta a las indicaciones financiadas.
1.3.1.7. Evaluación de las Terapias Respiratorias Domiciliarias (TRD).
Objetivo:
- Conocer la implantación y desarrollo de la oxigenoterapia crónica domiciliaria y del tratamiento ventilatorio domiciliario del síndrome de apnea del sueño, evaluando la calidad de la prestación, su utilización por el paciente, las medidas de control y el cumplimiento de las obligaciones de las entidades suministradoras.
1.3.1.8. Evaluación de la calidad de la prestación del servicio del Laboratorio Clínico Central (LCC).
Objetivo:
- Verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato suscrito entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la empresa concesionaria BR Salud sobre la atención sanitaria del servicio.
1.3.1.9. Evaluación de la prestación de la asistencia sanitaria de la insuficiencia renal crónica (IRC).
Objetivo:
- Evaluar la estructura, el funcionamiento y la prestación asistencial de las Unidades de Diálisis en los servicios sanitarios de los centros sanitarios concesionados.
1.3.2. Programas de Verificación de Acuerdos Marco/Contratos de Gestión convocados/adjudicados por el Servicio Madrileño de Salud.
1.3.2.1. Cumplimiento de los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT) y Ofertas de Mejora.
Objetivo:
- Evaluar el grado de cumplimiento de los criterios y requisitos establecidos, por parte de los centros licitantes.
1.3.2.2. Prestación del servicio.
Objetivo:
- Verificar que las condiciones de prestación del servicio por parte de los centros adjudicados se ajustan a lo estipulado.
1.4. Plan Parcial de Inspección y Ordenación Farmacéutica.
1.4.1. Programa de garantía de la autorización sanitaria de las oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia:
Objetivo:
- Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que las oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia reúnen los requisitos estructurales, dotación, medios, personal y normas mínimas de funcionamiento suficientes para el inicio o renovación de la actividad sanitaria solicitada y que normativamente tienen asignada.
1.4.2. Programa de control de la venta de medicamentos por Internet:
Objetivos:
- Verificar, con carácter previo a su funcionamiento, que los sitios web de las oficinas de farmacia para la venta de medicamentos no sujetos a prescripción médica cumplen los requisitos establecidos en su normativa específica.
- Verificar el cumplimiento de la normativa de aplicación en la venta a distancia de medicamentos.
1.4.3. Programa de evaluación de las oficinas de farmacia:
Objetivos:
- Evaluar el funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia.
- Detectar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación con la atención prestada en las oficinas de farmacia.
- Verificar que la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales en las oficinas de farmacia se realiza conforme establece la normativa específica.
1.4.4. Programa de control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia:
Objetivos:
- Realizar actuaciones preventivas de posibles problemas en el suministro de medicamentos susceptibles de distribución inversa, cuyo desabastecimiento pueda tener repercusión asistencial para los pacientes, verificando que su dispensación se realiza en el marco de la normativa de aplicación.
- Verificar que la dispensación de medicamentos se realiza conforme a las condiciones de dispensación establecidas para los mismos, con especial seguimiento de los medicamentos estupefacientes y psicótropos, y los calificados de especial control médico.
1.4.5. Programa de control y seguimiento de la facturación de las oficinas de farmacia a la Consejería de Sanidad:
Objetivos:
- Detección y análisis de las oficinas de farmacia con variaciones significativas intermensuales en su facturación de recetas.
- Seguimiento de la dispensación y facturación de medicamentos sobre los que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios haya emitido notas de seguridad.
- Verificar que las sustituciones de los medicamentos prescritos se realizan conforme a la normativa específica, así como la adecuada cumplimentación de las recetas por el farmacéutico.
1.4.6. Programa de control y seguimiento de la prescripción en receta médica oficial del Sistema Nacional de Salud:
Objetivos:
- Análisis y seguimiento de la prescripción de los médicos del Servicio Madrileño de Salud en base a sus índices de prescripción y/o su distribución y, en general, a cualquier incidencia que aconseje realizar actuaciones.
- Análisis de la prescripción realizada por otros médicos autorizados a prescribir en receta oficial y distribución de la prestación por oficinas de farmacia. Detección de posibles abusos.
- Análisis de la calidad de prescripción ajustada a las recomendaciones o protocolos de tratamiento por patología y criterios de eficiencia.
1.4.7. Programa de evaluación de la prescripción y utilización de medicamentos dispensados a través de receta médica oficial del Sistema Nacional de Salud:
Objetivo:
- Detección de desviaciones en la prescripción, dispensación y facturación al SERMAS de medicamentos con características especiales de prescripción que sean contrarias al uso racional de los medicamentos y a la sostenibilidad del SNS.
1.4.8. Programa de evaluación de la equidad en el acceso a medicamentos inmunosupresores:
Objetivo:
- Detectar posibles diferencias en el acceso de los pacientes a los medicamentos inmunosupresores
1.4.9. Programa de identificación de incidencias en la Prestación Farmacéutica del Sistema Nacional de Salud:
Objetivo:
- Detección de los posibles puntos críticos que propician las solicitudes de reintegro de gastos en materia farmacéutica por parte de los usuarios del Sistema Nacional de Salud y elaboración de los informes técnicos de acuerdo a los criterios definidos.
1.4.10. Programa de seguimiento del acceso de pacientes crónicos a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud:
Objetivo:
- Comprobar que el acceso de pacientes mayores de 65 años con patologías crónicas, institucionalizados o no, a los medicamentos y productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica del SNS se realiza siguiendo criterios de transparencia, calidad y eficacia, a la vez que se protege la seguridad del paciente y la sostenibilidad del sistema.
1.4.11. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud:
Objetivo:
- Detectar la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud, en formato papel o electrónico, para obtener medicamentos susceptibles de desviación hacia fines no terapéuticos.
1.4.12. Programa de control de mercado de los medicamentos de uso humano:
Objetivos:
- Supervisar la calidad de los medicamentos de uso humano desde su puesta en el mercado hasta la dispensación al usuario.
- Controlar que las condiciones de almacenamiento, conservación, transporte y entrega al destinatario por parte de las entidades distribución de los medicamentos de uso humano se realiza conforme a las directrices sobre buenas prácticas de distribución y de acuerdo con la normativa vigente.
1.4.13. Programa de control de medicamentos falsificados e ilegales:
Objetivo:
- Detectar la comercialización de medicamentos sin haber obtenido la preceptiva autorización sanitaria y de medicamentos falsificados.
1.4.14. Programa de control de la producción de plasma rico en plaquetas (PRP):
Objetivos:
- Verificar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple la normativa vigente.
- Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la producción de PRP.
1.4.15. Programa de evaluación de las Unidades de radiofarmacia:
Objetivo:
- Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las Unidades de radiofarmacia en la Comunidad de Madrid.
1.4.16. Programa de control de pautas de venta inusuales de medicamentos por las entidades de distribución:
Objetivos:
- Verificar que los distribuidores mayoristas controlan e investigan pautas inusuales en sus ventas de medicamentos y especialmente de los medicamentos susceptibles de desvío o uso indebido.
- Verificación de la comunicación de sospecha de uso indebido o desvío a la autoridad sanitaria competente por parte de dichos distribuidores mayoristas.
1.4.17. Programa de inspección y control de la publicidad de medicamentos y productos sanitarios:
Objetivos:
- Vigilar que la publicidad de medicamentos, en todas sus modalidades, cumpla con las exigencias legales establecidas.
- Vigilar que la publicidad de medicamentos dirigida a profesionales facultados para prescribirlos o dispensarlos cumpla con los requisitos legales, y planificar la visita médica de forma que no obstaculice la atención a pacientes ni actividades formativas o de investigación de los profesionales sanitarios.
- Evaluar, directamente o mediante la participación activa en la Comisión Técnica de Coordinación de la Información, los mensajes sanitarios dirigidos al público garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de publicidad de medicamentos.
- Garantizar que la información contenida en los mensajes publicitarios de productos sanitarios es objetiva, veraz y cumple con las exigencias legales establecidas.
- Verificar que la publicidad de centros y establecimientos farmacéuticos se ajusta a la tipología y oferta asistencial que tienen autorizada.
- Controlar la publicidad o promoción de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria.
1.4.18. Programa de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la investigación con medicamentos:
Objetivos:
- Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de BPC en el desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes.
- Verificar el cumplimiento de requisitos para la acreditación de Comités de ética de la investigación con medicamentos conforme a lo establecido en su normativa específica.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para la certificación de unidades de fase I de investigación clínica.
1.4.19. Programa de control y seguimiento de alertas farmacéuticas:
Objetivos:
- Seguimiento de las medidas adoptadas en las alertas farmacéuticas generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos sanitarios o cosméticos.
- Verificar que las empresas, cuyos productos están afectados por alertas farmacéuticas, disponen del procedimiento adecuado para dar cumplimiento a las medidas adoptadas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para la salud de la población.
1.4.20. Programa de control de medicamentos veterinarios:
Objetivos:
- Supervisar la calidad de los medicamentos veterinarios para verificar el mantenimiento de sus especificaciones desde su fabricación.
- Control de la distribución, almacenamiento y trazabilidad de medicamentos veterinarios de acuerdo a las exigencias contempladas en la legislación.
- Control de la dispensación de medicamentos de uso humano y procedimiento de suministro a clínicas y hospitales veterinarios. Seguimiento de la utilización de medicamentos en los botiquines veterinarios y supervisión de la prescripción excepcional, a fin de evitar desviaciones a usos no autorizados de medicamentos humanos a veterinaria.
- Control de los gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario y sus depósitos.
- Control de la publicidad de medicamentos veterinarios, verificando su adecuada promoción así como el control de páginas web.
- Control de la prescripción de medicamentos extranjeros y su comunicación por vacío terapéutico.
1.4.21. Programa de control de la fabricación, importación y distribución de productos sanitarios y cosméticos:
Objetivos:
- Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.
- Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en su normativa específica.
- Supervisar que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente referentes a instalaciones, personal y medios, así como las normas mínimas de funcionamiento, previo a la concesión de su autorización sanitaria.
1.4.22. Programa de inspección y control de denuncias y reclamaciones en materia de productos sanitarios y cosméticos:
Objetivo:
- Verificar los hechos denunciados sobre posibles incumplimientos de los requisitos establecidos en la normativa específica relacionados con establecimientos de venta con adaptación individualizada, y con la comercialización de productos sanitarios y cosméticos.
2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública
2.1. Plan parcial de inspección en Sanidad Ambiental 2018.
Objetivo General: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de vigilancia, inspección y control de los factores ambientales y aspectos de salud laboral en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de intervención y evaluación sobre riesgos ambientales en salud:
Objetivos:
- Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.
- Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el cumplimiento de la normativa Europea en las empresas de productos químicos de la CM (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos (REACH); Materiales en contacto con alimentos; Biocidas y Consumidor final: detergentes, pinturas, etc.
- Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.
- Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012 de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.
- Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental.
- Colaborar, con la administración competente, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y la implantación de programas de control de plagas en municipios de menos de 10.000 habitantes.
2.1.2. Programa de vigilancia del polen y otros determinantes ambientales físicos y químicos con efecto en salud:
Objetivos:
- Vigilar la concentración de polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la Región, difundiendo la información polínica a la población general, a la población de riesgo y a los profesionales sanitarios.
- Vigilar la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la población en los siguientes ámbitos:
- Contaminación atmosférica (Ozono troposférico O3, Dióxido de nitrógeno NO2 y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario y sociosanitario y facilitar el tratamiento y seguimiento de patologías asociadas.
- Extremos térmicos dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío en la Salud en la Comunidad de Madrid al objeto de prevenir y minimizar los efectos de las temperaturas extremas en la salud.
- Campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con posibles riesgos para la salud.
- Análisis espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.
2.1.3. Programa de vigilancia, intervención y evaluación sobre zoonosis y otros riesgos biológicos:
Objetivo:
- Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en vectores, animales domésticos y fauna silvestre, de: Leishmaniosis, hidatidosis-echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales zoonósicos, tularemia, enfermedad de Lyme, etc.
2.1.4. Programa de Autorización y Registro de empresas y establecimientos en el ámbito de la salud pública:
Objetivo:
- Prevenir los riesgos en salud pública derivados de la actividad de las empresas y establecimientos del ámbito de la salud pública, dando cumplimiento al marco normativo nacional y autonómico, en desarrollo de la normativa europea, existente de las siguientes Autorizaciones y Registros Sanitarios (*):
- Empresas y Establecimientos Alimentarios.
- Establecimientos y Servicios Biocidas.
- Laboratorios de análisis de alimentos.
- Establecimientos de adorno corporal.
- Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.
- Centros de formación de aplicadores biocidas, adorno corporal y rayos UVA.
- Auditar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos a las empresas para su autorización y registro y, en su caso, realizar la inspección y control de los establecimientos, centros y servicios, así como de las entidades de formación.
2.1.5. Programa de Salud Laboral:
Objetivos:
- Verificar que los servicios de prevención ajenos, sociedades de prevención y entidades auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos previstos en la legislación vigente para obtener su acreditación por la autoridad laboral.
- Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios para prevenir accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.
2.2. Plan parcial de inspección calidad alimentaria 2018.
2.2.1. Programa de control de la calidad alimentaria de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
- Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios para la prevención del fraude y la protección del consumidor en el ámbito alimentario, mediante la vigilancia y control de establecimientos y productos verificando su identidad, peso, composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas fases de la cadena alimentaria.
- Analizar e inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de distribución y venta de productos alimenticios para prevenir el fraude, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimientos.
2.2.2. Programa de control de la publicidad engañosa de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
- Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y los mensajes nutricionales y de propiedades saludables incluidos en el etiquetado de los alimentos para asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz.
- Vigilar y controlar la publicidad relacionada con propiedades nutricionales y saludables de los alimentos evitando situaciones de engaño a los consumidores.
- Control específico de la publicidad engañosa de los llamados productos milagro en etiquetado, páginas web y otras publicaciones.
(*) Por error en la publicación del 2017, la enumeración de los diferentes tipos de empresas que se autorizan o registran quedó incluido al mismo nivel que los objetivos (se destaca en amarillo la forma correcta de incluir los tipos de empresas).
2.3. Plan parcial de inspección de Sanidad Mortuoria.
2.3.1. Programa de control de actividades y empresas funerarias:
Objetivos:
- Verificar las condiciones higiénico-sanitarias en los traslados de cadáveres.
- Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias, funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.
- Supervisar las condiciones higiénicas en exhumaciones de cadáveres.
- Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias en la materia.
3. Programas de inspección coordinados entre diferentes Direcciones Generales
Se van a realizar, a lo largo de 2018, actuaciones correspondientes a los siguientes programas incluidos en el Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018 en los que participa la Dirección General de Salud Pública en coordinación con otras Direcciones Generales u otros Centros Directivos.
3.1. Programa de Prevención y control de legionellosis:
Objetivo:
- Minimizar el riesgo de transmisión de legionellosis mediante la inspección y toma de muestras, principalmente en:
- Instalaciones intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de refrigeración y condensadores evaporativos).
- Los sistemas de agua caliente sanitaria en establecimientos de uso colectivo, especialmente en los considerados de riesgo, residencias de mayores y hoteles.
- Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.
- En instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones higiénico-sanitarias.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Sanidad Ambiental. Subdirección General de Epidemiología.
- Servicio Madrileño de Salud.
- Consejería de Política Social y Familia: Agencia Madrileña de Atención Social.
- Madrid Salud.
- Instituto de Salud Carlos III.
3.2. Programa de enfermedades infecciosas emergentes (EIE):
Objetivos:
- Prevenir enfermedades infecciosas en el hombre causadas por virus, bacterias, protozoos y parásitos multicelulares, transmitidas a través de los animales, por contacto directo vectores como mosquitos, pulgas, garrapatas, mosca negra y otros.
- Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición de una alerta o brote de Enfermedades Infecciosas Emergentes Zoonóticas.
- Vigilancia entomológica y control sanitario-ambiental de vectores transmisores de arbovirus (Dengue, Chikungunya y Zika) en la Comunidad de Madrid.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Consejería de Medio Ambiente Administración Local y Ordenación del Territorio.
- Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad.
- Instituto de Salud Carlos III.
- Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Complutense de Madrid.
- Facultad de Veterinaria de Zaragoza.
- Centro de Vigilancia Veterinaria. VISAVET de la Universidad Complutense de Madrid.
- Ayuntamiento de Madrid.
- Federación Madrileña de Municipios.
- Red Municipal de Salud Pública.
- Asociaciones del Sector de Control Vectorial.
- Centro Superior de Investigaciones Científicas.
- Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid: Colegio Oficial de Veterinarios y Colegio Oficial de Farmacéuticos.
3.3. Programa de Prevención y Vigilancia de Leishmaniasis:
Objetivos:
- Vigilancia epidemiológica de la Leishmaniasis como enfermedad endémica regional y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Vigilancia del reservorio (animales de compañía y fauna silvestre), así como del vector.
- Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento.
- Informar a ciudadanos y profesionales.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Consejería de Medio Ambiente Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General del Medio Ambiente y Dirección General de Agricultura y Ganadería.
- Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de las zonas de localización de casos.
- Instituto de Salud Carlos III.
- Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid.
- Administraciones e Instituciones que cuenten con infraestructuras en el ámbito territorial de localización de casos.
- Universidad Complutense de Madrid: Facultad de Ciencias Biológicas y Facultad de Veterinaria.
- Centro de Vigilancia Veterinaria. VISAVET de la Universidad Complutense de Madrid.
- Facultad de Veterinaria de Zaragoza.
4. ?àPlan integral de inspección de sanidad de la Comunidad de Madrid 2018. Higiene y Seguridad Alimentaria
4.1. Programas de inspección coordinados entre diferentes Direcciones Generales.
Se propone mantener los programas incluidos en el Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2016 a 2018, siendo los siguientes:
4.1.1. Programa de evaluación de la seguridad alimentaria en los hospitales:
Objetivo:
- Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los hospitales con respecto a la normativa de higiene de los alimentos.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública.
- Servicio Madrileño de Salud. Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria.
4.1.2. Programa de evaluación de la seguridad alimentaria en centros dependientes de entidades y organismos públicos con finalidad social:
Objetivo:
- Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria desarrollados por los centros dependientes de entidades y organismos públicos de finalidad social con respecto a la normativa de higiene de los alimentos.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad. Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.
- Consejería de Políticas Sociales y Familia. Agencia Madrileña de Atención Social.
4.1.3. Programa de colaboración en bienestar animal y zoonosis en relación a la seguridad alimentaria:
Objetivos:
- Realizar la toma de muestras de animales con lesiones tuberculosas en el marco del programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina.
- Trasladar los incumplimientos detectados en materia de bienestar animal durante el transporte al matadero y durante su sacrificio.
- Identificar animales objeto de muestreo en el marco del programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la encefalopatía espongiforme bovina.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.
- Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.
4.1.4. Programa de investigación de residuos y sustancias en animales y sus productos:
Objetivos:
- Realizar la toma de muestras en animales y productos de origen animal para analizar residuos de medicamentos y otras sustancias químicas en el marco del Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR).
- Trasladar los incumplimientos detectados en los análisis y realizar las investigaciones consecuentes.
Centros directivos implicados:
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública. Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.
- Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio. Dirección General de Agricultura y Ganadería. Subdirección General de Recursos Agrarios.
4.2. Plan Parcial de Inspección en Higiene y Seguridad Alimentaria.
Objetivo general: Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria, a través del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.
4.2.1. Programa de inspección y apoyo al control oficial:
Objetivos:
- Realizar inspecciones de los establecimientos alimentarios y de las empresas de transporte de alimentos en base a criterios de riesgo.
- Realizar inspecciones de seguimiento de los incumplimientos detectados en los establecimientos alimentarios.
- Realizar inspecciones para la inscripción y/o autorización en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios.
- Realizar inspecciones ante los brotes de toxiinfección alimentaria y denuncias en materia de seguridad alimentaria.
4.2.2. Programa de implantación de sistemas de autocontrol:
Objetivos:
- Verificar a través de auditorías que los establecimientos alimentarios garantizan la higiene de los productos alimenticios comercializados mediante la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC.
- Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria propuestos por asociaciones sectoriales, entidades y empresas de las que dependen colectivos de establecimientos alimentarios.
- Fomentar la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC en las pequeñas empresas siguiendo criterios de flexibilidad.
4.2.3. Programa de control de la información y la composición alimentaria:
Objetivos:
- Mejorar el cumplimiento de la legislación a fin de que los productos alimenticios destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la información de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.
- Reducir la aparición de riesgos derivados de una incorrecta información de alimentos entregados al consumidor final.
- Reducir la aparición de riesgos derivados del uso incorrecto de ingredientes tecnológicos presentes en los alimentos, de tratamientos de irradiación no autorizados y de OMG no autorizados o declarados en el etiquetado.
- Reducir la aparición de riesgos vinculados a la presencia de gluten y de alérgenos no declarados en los alimentos de acuerdo con la normativa vigente.
- Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas vinculados al consumo de complementos alimenticios y de productos destinados a una alimentación especial.
4.2.4. Programa de gestión de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid:
Objetivos:
- Reducir la aparición de riesgos para salud de las personas mediante la retirada del mercado de los alimentos en los que se hayan detectado peligros.
- Gestionar e inspeccionar con motivo de las alertas alimentarias activadas en España a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información.
- Coordinar las actuaciones ante alertas alimentarias con los Servicios de Inspección del Ayuntamiento de Madrid, los Servicios del Área Única de Salud Pública y otros puntos de contacto.
- Actuar ante las notificaciones de expedientes del Sistema Rápido de Alertas en Alimentos y Piensos trasladados por la Comisión Europea.
4.2.5. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos:
Objetivos:
- Identificar los peligros priorizados de naturaleza biológica mediante muestreos y análisis programados: Patógenos zoonóticos, incluidas sus resistencias antimicrobianas y criterios microbiológicos.
- Identificar los peligros priorizados de naturaleza química mediante muestreos y análisis programados: Contaminantes alimentarios, residuos de plaguicidas, residuos de medicamentos veterinarios y migraciones de materiales en contacto con alimentos.
- Identificar el agente causal de los brotes de origen alimentario que se declaran en la Comunidad de Madrid, mediante los muestreos y análisis practicados por los servicios oficiales en el curso de las investigaciones epidemiológicas.
- Muestreo para determinación de la composición de alimentos y verificación del etiquetado nutricional.
- Actuar ante los incumplimientos analíticos obtenidos en los muestreos programados: Retiradas de mercado, propuesta de inicio de expediente sancionador o nueva toma de muestras y comunicaciones.
- Activar el Plan de Sospechosos en los Mataderos de la Comunidad de Madrid ante notificaciones de explotaciones ganaderas recibidas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).
4.2.6. Programa de control oficial de mataderos:
Objetivos:
- Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante mortem e inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.
- Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación aplicable en relación con el estado de limpieza de los animales, su documentación de traslado e información sobre cadena alimentaria, su estado de salud y su identificación.
- Controlar los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en el sacrificio.
- Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena alimentaria.
- Verificar que la técnica para las investigaciones de triquina se efectúa acorde con los criterios establecidos en la normativa.
4.2.7. Programa de control oficial de establecimientos de manipulación de caza silvestre y salas de tratamiento de reses de lidia:
Objetivos:
- Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.
- Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena alimentaria.
4.2.8. Programa de control de requisitos de salud pública para la exportación de alimentos:
Objetivos:
- Verificar el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos por las autoridades sanitarias de países terceros a los alimentos exportados desde empresas de la Comunidad de Madrid.
- Gestionar las solicitudes de autorización de establecimientos para exportación de productos alimentarios a países terceros.
- Gestionar las demandas externas relacionadas con la exportación de alimentos.
- Emitir certificados sanitarios de exportación que acompañan a los alimentos.
- Emitir certificados de libre venta.
4.2.9. Programa de auditoría de los sistemas de control en seguridad alimentaria:
Objetivo:
- Verificar mediante auditoría que el sistema de control oficial en materia de seguridad alimentaria es adecuado para alcanzar los objetivos de la legislación pertinente.
5. Plan Parcial de Inspección en materia de alcohol y tabaco
Objetivo general: Desarrollar todas las acciones dentro del marco competencial de la Dirección General de Salud Pública en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para favorecer la plena aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, tanto en las actividades desarrolladas a través de los centros y servicios de prevención, asistencia e integración de drogodependientes, como en lo referente a la publicidad, venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.
5.1. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco, en centros y establecimientos de hostelería:
Objetivos:
- Inspeccionar los establecimientos de la Comunidad de Madrid, que son objeto de denuncia o reclamación.
- Verificar que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
- Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de dieciocho años.
- Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.
5.2. Programa de inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento de la normativa vigente en el consumo, la dispensación y venta, la promoción y la publicidad de alcohol y tabaco:
Objetivos:
- Verificar los hechos denunciados en relación con la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en aquellos lugares donde la normativa vigente lo prohíba expresamente.
- Verificar el cumplimiento de los actos de promoción y publicidad sobre las limitaciones a la venta, consumo y suministro de alcohol y tabaco.
- Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación entre las empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y tabaco.
- Verificar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de publicidad de tabaco y bebidas alcohólicas.
5.3. Programa de inspección y control del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco en centros sanitarios:
Objetivos:
- Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de tabaco en los centros sanitarios y sus dependencias.
- Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo de tabaco y bebidas alcohólicas en los centros de trabajo y sus dependencias.
5.4. Programa de inspección y control del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco en centros docentes, universitarios, formativos, áreas deportivas y polideportivos:
Objetivos:
- Verificar la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en los centros educativos de enseñanza infantil, primaria, secundaria, especial y polideportiva, así como en la enseñanza universitaria.
- Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.
5.5. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco, en centros y establecimientos comerciales:
Objetivos:
- Inspeccionar los establecimientos de la Comunidad de Madrid, que son objeto de denuncia o reclamación.
- Verificar que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
- Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de dieciocho años.
- Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.
5.6. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco, en centros e instalaciones de las Administraciones Públicas:
Objetivos:
- Inspeccionar los centros e instalaciones, sitas en la Comunidad de Madrid, que son objeto de denuncia o reclamación.
- Verificar que la no existencia de venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco.
- Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los centros e instalaciones de cualquier clase de Administración, en los que se encuentre restringido su consumo.
Segundo
La presente actualización del Plan de Inspección para 2018 se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y producirá efectos el día siguiente al de su publicación.
Madrid, a 21 de diciembre de 2017.-El Director General de Inspección y Ordenación, Adolfo Ezquerra Canalejo.
(03/43.673/17)
