Legislación

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia. [2019/3095], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 10-04-2019

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8526

F. Publicación: 10/04/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8526 de 10/04/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

De acuerdo con lo que establece el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del Acuerdo que se trascribe como anexo en esta resolución.

València, 21 de marzo de 2019.- La directora general de Relaciones con la UE y el Estado: Daría Terradez Salom.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 26/2018,

de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías

de la infancia y adolescencia

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 13 y 35 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.

2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.