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RESOLUCION de 21 de noviembre de 2008, de la Secretaria de Estado de Educacion y Formacion, por la que se acuerda compensar a las Universidades publicas por la reduccion de los precios publicos por servicios academicos correspondientes a los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de tres hijos, del curso academico 2007-2008. - Boletín Oficial del Estado, de 17-12-2008

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Enero de 2009

F. entrada en vigor: 06/01/2009

Órgano emisor: MINISTERIO DE EDUCACION, POLITICA SOCIAL Y DEPORTE

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 303

F. Publicación: 17/12/2008

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 303 de 17/12/2008 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas establece, en su artículo 12, la exención del 50 por ciento de las tasas o precios públicos en el ámbito educativo para los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de categoría general.

A su vez, dentro de los créditos del Ministerio de Educación y Ciencia, las leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado vienen consignando dotaciones para «Compensación a las Universidades públicas por la reducción o exención de los precios públicos por servicios académicos correspondientes a alumnos pertenecientes a familias numerosas de tres hijos».

Mediante la Orden de bases de 13 de mayo de 2003 se dictaron instrucciones para hacer efectiva dicha compensación. Por todo ello y de acuerdo con lo establecido en la citada Orden, y a la vista de la documentación presentada por las Universidades, he resuelto:

Primero.–Compensar a las Universidades los importes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo.– El importe total de la compensación correspondiente al curso 2007-2008 asciende a la cantidad de treinta millones seiscientos ochenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco euros con ochenta y cuatro céntimos (30.682.555’84 €).

Tercero.–La compensación se efectúa con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.323M. 485.01 de este Ministerio.

Cuarto.–La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser objeto de recurso contencioso-administrativo, ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Secretaria de Estado de Educación y Formación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999. de13 de enero.

Madrid, 21 de noviembre de 2008.–La Secretaria de Estado de Educación y Formación, Eva Almunia Badía.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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