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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, para la determinación de las fiestas locales, a efectos laborales, en los municipios de Soria., - Boletín Oficial de Soria, de 29-12-2023

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Ambito: Soria

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

Boletín: Boletín Oficial de Soria Número 0

F. Publicación: 29/12/2023

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Soria Número 0 de 29/12/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, para la determinación de las fiestas locales, a efectos laborales, en los municipios de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.

El punto 2 del artículo 37 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores concreta que serán fiestas laborables, retribuidas y no recuperables, hasta catorce al año, de las cuales dos tendrán el carácter local.

Por su parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, establece que serán inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente, y publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y, en su caso, en el Boletín Oficial de la provincia.

En cumplimiento de lo indicado en los párrafos anteriores y demás legislación aplicable, esta Dirección General de Trabajo Y Prevención de Riesgos Laborales, una vez vistas las Propuestas de las Oficinas Territoriales de Trabajo de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.

RESUELVE

1º.– Determinar como fiestas locales para el año 2024, a los efectos previstos en la legislación laboral referida, las fechas que para cada municipio se indican en el anexo a esta Resolución.

2º.– Ordenar la publicación de esta Resolución con su anexo en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 22 de diciembre de 2023.

El Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales,

Fdo.: Fernando de la Parte Alcalde

ANEXO

SORIA

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR EN EL PDF DE PUBLICACIÓN)