Legislación

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del cambio de denominación del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, así como de la correspondiente modificación parcial de sus estatutos., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 05-07-2022

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 158

F. Publicación: 05/07/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 158 de 05/07/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

En virtud de lo previsto en la Orden de 21 de junio de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del cambio de denominación del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, que pasa a denominarse Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid , por acuerdo adoptado en la Junta General Extraordinaria, celebrada el 29 de marzo de 2022, y acuerdo favorable de la Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española, de 30 de mayo de 2022, así como la publicación de la correspondiente modificación parcial de los estatutos.

Concretamente, dicha modificación, afecta al título y artículos 1.1, 6.1, 24.1, 27.32.oy letra c) del apartado 3 de la disposición transitoria tercera de los estatutos colegiales y ha sido inscrita con fecha 22 de junio de 2022 en el Registro de Colegios Profesionales, acompañándose como anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 22 de junio de 2022.-La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.

ANEXO

ESTATUTOS DEL ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE MADRID

La referencia a Ilustre Colegio de Abogados de Madrid , recogida en el título y artículos 1.1, 6.1, 24.1, 27.32.oy la letra c) del apartado 3 de la disposición transitoria tercera de sus estatutos, debe sustituirse, con el cambio de denominación colegial, por la de Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid .

(03/13.240/22)