RESOLUCIÓN 220/2025, de 23 de julio, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueban los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2025., - Boletín Oficial de Navarra, de 01-08-2025
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Ambito: Navarra
Órgano emisor: COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 153
F. Publicación: 01/08/2025
RESOLUCIÓN 220/2025, de 23 de julio, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueban los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2025.
Mediante Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, se establece la distribución y reparto del Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes.
El artículo 3 de dicha ley establece la cuantía del Fondo de transferencias corrientes y la distribución de la misma para el ejercicio 2022, e indica que para los ejercicios sucesivos dicha cuantía será la consignada como Fondo de transferencias corrientes en el presupuesto del ejercicio precedente, incrementada en el IPC interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior, más dos puntos porcentuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
El IPC interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio del año 2024 fue del 3,4%, por lo que el incremento global del Fondo de transferencias corrientes para el ejercicio 2025 es del 5,4%.
En base a ello, los importes consignados para los diferentes fondos son:
–Fondo de Financiación General: 244.409.555,57 euros.
–Fondo de Financiación de Servicios: 23.245.147,20 euros.
–Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos: 30.132.343,00 euros.
–Fondo de Cohesión Territorial: 18.828.569,23 euros.
A tenor de lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 7/2022, la Sección de Gestión Económico-Financiera emitió informe en el que se detallaba el procedimiento seguido y las variables utilizadas para el cálculo y reparto del Fondo de Financiación General, reparto del Fondo de Financiación General entre concejos, Fondo de Financiación de Servicios, Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos y el Fondo de Cohesión Territorial. Asimismo, se procedió a la determinación de los importes definitivos que corresponden en concepto de Fondo de transferencias corrientes a los ayuntamientos y concejos en aplicación de la cláusula de garantía establecida en el artículo 19 de la citada norma.
En virtud del principio de cooperación entre administraciones, recogido en el artículo 3.1.k de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en aplicación del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concedió a las entidades locales un plazo de 10 días hábiles para examinar la documentación y, en su caso, formular las alegaciones pertinentes.
El anuncio de exposición pública, se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 117, de 12 de junio de 2025, concediéndose a las entidades locales un plazo de 10 días hábiles para examinar la documentación y, en su caso, formular las alegaciones pertinentes. Durante el plazo señalado no se han presentado ninguna alegación. Por ello se considera que los cálculos y la distribución recogidos en los referidos anexos deben ser considerados como definitivos.
Por cuanto antecede, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 249/2023 de 15 de noviembre por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
RESUELVO:
1.º
Aprobar los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2025. El importe global asciende a 316.615.615,00 euros con el detalle por entidad local que se recoge en el anexo 6 de esta resolución.
2.º
El gasto derivado de este reparto se imputará a la partida 211001-21200-4600-942100, denominada "FTC: Fondo de Financiación General, Servicios y Cohesión" por importe de 287.467.076,38 euros y a la partida 211001-21200-4600-942105 denominada "FTC: Fondo de Financiación Déficit Montepío" por importe de 29.148.538,62 euros, ambas del presupuesto de gastos del ejercicio 2025.
3.º
Trasladar la presente resolución al centro contable de la Dirección General de Administración Local y Despoblación. Asimismo, se notificará a las entidades locales interesadas y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Dirección General. La información completa estará accesible a través del siguiente enlace:
https://administracionlocal.navarra.es/areas/SGCE-Repartofondotransferenciascorrientes
4.º
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 23 de julio de 2025.–El director general de Administración Local y Despoblación.–La directora del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales (Suplencia temporal del director general de Administración Local y Despoblación, de conformidad con la Orden Foral 11/2024, de 26 de enero, del consejero de Cohesión Territorial), Ana Rodríguez Hidalgo.
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