Legislación

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2020, del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se publican los modelos telemáticos correspondiente a los procedimientos administrativos de las actividades reguladas en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 06-08-2020

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 189

F. Publicación: 06/08/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 189 de 06/08/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 18/2020, de 11 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid recoge la Regulación de usos y actividades en el título IV. El artículo 33 del mismo establece que ...los posibles usos y actividades a desarrollar en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama tendrán la consideración de incompatibles o compatibles, y dentro de estos últimos los necesarios para su conservación y gestión . El artículo 34 del mencionado Decreto señala que los usos y actividades podrán tener la consideración de actividades permitidas o de actividades sujetas a régimen de intervención administrativa .

Para las actividades permitidas , tal y como señala el artículo 35.2 del mencionado Decreto no se establece ningún régimen de intervención administrativa por razón de su ubicación..., sin perjuicio de la normativa sectorial aplicable en cada caso por razón de la materia . En el segundo párrafo del mismo, se establece que No obstante, por razones de seguridad de las personas, podrán estar sometidas a comunicación a la Administración gestora de acuerdo a la regulación que se establece en el capítulo correspondiente .

El artículo 36 del mencionado Decreto establece que Para evitar posibles efectos no deseados sobre la conservación de los valores relevantes del Parque Nacional, determinados usos, aprovechamientos y actividades, estarán sometidas a un régimen de intervención administrativa que variará en función de la regulación específica de cada zona .

Concretamente, el artículo 36.2 del mismo establece que El régimen de intervención administrativa de las actividades compatibles podrá variar entre la autorización, si la actividad requiere un análisis específico por su tipología, magnitud o ubicación; declaración responsable, si es posible hacer una evaluación general de dicha actividad y el condicionado se puede establecer de forma genérica, de acuerdo a la regulación que se establece en el capítulo correspondiente y la comunicación a la Administración si no se prevén efectos desfavorables sobre el medio pero, por razones de seguridad, control o evaluación, requiere el conocimiento previo por parte de la Administración gestora .

A tenor de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que las Administraciones Públicas deberán garantizar que los interesados pueden relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, para lo que pondrán a su disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen. En este sentido, el artículo 66.4 de la mencionada Ley regula la posibilidad de establecer modelos normalizados de presentación de solicitudes.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, que establece la obligatoriedad de publicación de los impresos mediante Resolución del órgano correspondiente, previo informe de la Dirección General de Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano,

RESUELVO

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los modelos de formularios que se adjunta como Anexo, a los efectos regulados en la normativa citada y que se refiere al procedimiento administrativo de actividades reguladas en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Madrid, a 23 de julio de 2020.-El Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, P. S. (Orden 1530/2020, de 15 de julio), el Subdirector General de Recursos Naturales, Felipe Ruza Rodríguez.

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