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Resolución de 24/04/2019, de la Consejería de Sanidad, por la que se crean oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha. [2019/4160], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 03-05-2019

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Ambito: Castilla-La Mancha

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 85

F. Publicación: 03/05/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 85 de 03/05/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 6/2005, de 7 de julio, sobre la Declaración de Voluntades Anticipadas en materia de la propia salud, regula en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la declaración de voluntades anticipadas, como cauce del ejercicio por la persona de su derecho a decidir sobre las actuaciones sanitarias de que puede ser objeto en el futuro en el supuesto de que, llegado el momento, no goce de la capacidad de decidir por sí misma.

El Decreto 15/2006, de 21 de febrero, del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha, creado en el artículo 9 de la Ley 6/2005, de 7 de julio, a efectos de facilitar a los ciudadanos de la comunidad la inscripción de los documentos de voluntades anticipadas.

Mediante el Decreto 56/2018, de 28 de agosto, por el que se modifica el Decreto 15/2006, de 21 de febrero, del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha (RDVA), en el artículo 3 bis, se facilitan los trámites de otorgamiento e inscripción de las Voluntades Anticipadas en materia de la propia salud en el Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha a través de la creación de oficinas habilitadas. En ellas se realiza el otorgamiento ante funcionario y se tramitan los documentos para inscribir la declaración de voluntades anticipadas (DVA) en el RDVA. Asimismo se faculta al Consejero competente en materia de sanidad para crear o cerrar las oficinas habilitadas del RDVA mediante resolución, en la que constará el punto del Registro al que se adscribe la oficina habilitada a efectos de la inscripción.

Mediante la Resolución de 18 de octubre de 2018, de la Consejería de Sanidad, se crearon oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha en el Área Sanitaria de Toledo. Para continuar con el compromiso de mejorar la accesibilidad de los ciudadanos al Registro o de acercar este recurso, se considera necesario proceder a crear nuevas oficinas habilitadas que faciliten el trámite de inscripción de la DVA en otros puntos de nuestra comunidad.

En su virtud y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 3 bis.5 del Decreto 15/2006, de 21 de febrero.

Acuerdo:

Primero. Creación de oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas

1. Se crea una oficina habilitada para el otorgamiento de la declaración de voluntades anticipadas en cada uno de los centros sanitarios públicos que figuran en el anexo de esta Resolución, conforme a lo establecido en el Decreto 15/2006, de 21 de febrero, del Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha.

2. Las oficinas creadas en esta Resolución se adscribirán a los puntos de registro que se relacionan en el Anexo, a efectos de inscripción y custodia de la documentación.

Segundo. Gestión y responsables de las nuevas oficinas habilitadas del Registro.

1. En cada una de estas oficinas habilitadas del Registro habrá un funcionario, como responsable de la misma, que será designado por la persona gestora de la Dirección Gerencia del centro donde se crea la oficina habilitada.

2. El personal funcionario adscrito a la nueva oficina habilitada llevará a cabo las actividades y funciones atribuidas a los funcionarios de las oficinas habilitadas en el Decreto 15/2006, de 21 de febrero.

Tercero. Producción de efectos. La presente resolución producirá efectos al mes de su publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería de Sanidad, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 24 de abril de 2019

El Consejero de Sanidad

JESÚS FERNÁNDEZ SANZ

Anexo

Anexo

Oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas

Oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas

Las oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas adscritas a la Dirección Provincial

Las oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas adscritas a la Dirección Provincial

de Ciudad Real son:

de Ciudad Real son:

Centro de Salud Ciudad Real 1

Centro de Salud Ciudad Real 1

Centro de Salud Ciudad Real 2

Centro de Salud Ciudad Real 2

Centro de Salud Ciudad Real 3

Centro de Salud Ciudad Real 3

Las Oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas adscritas al Punto de Registro del

Hospital General de Valdepeñas son:

Hospital General de Valdepeñas son:

Centro de Salud de Valdepeñas 1

Centro de Salud de Valdepeñas 1

Centro de Salud de Valdepeñas 2

Centro de Salud de Valdepeñas 2

Centro de Salud de Villahermosa

Centro de Salud de Villahermosa

Centro de Salud de Villanueva de los Infantes

Centro de Salud de Villanueva de los Infantes

La Oficina habilitada del Registro de Voluntades Anticipadas adscrita a la Dirección Provincial de

Cuenca es:

Cuenca es:

Hospital Virgen de la Luz

Hospital Virgen de la Luz

Las Oficinas habilitadas del Registro de Voluntades Anticipadas adscritas a la Dirección Provincial

de Guadalajara son:

de Guadalajara son:

Hospital Universitario de Guadalajara

Hospital Universitario de Guadalajara

Centro de Salud Guadalajara 3 - Alamin

Centro de Salud Guadalajara 3 - Alamin

Centro de Salud de Azuqueca de Henares

Centro de Salud de Azuqueca de Henares

Centro de Salud Guadalajara 2 - Balconcillo

Centro de Salud Guadalajara 2 - Balconcillo

Centro de Salud de Cabanillas del Campo

Centro de Salud de Cabanillas del Campo

Centro de Salud de La Campiña

Centro de Salud de La Campiña

Centro de Salud Guadalajara 4- Cervantes

Centro de Salud Guadalajara 4- Cervantes

Centro de Salud Guadalajara 1 - Sur

Centro de Salud Guadalajara 1 - Sur

Centro de Salud Guadalajara 5- Los Manantiales

Centro de Salud Guadalajara 5- Los Manantiales

Centro de Salud de Molina de Aragón

Centro de Salud de Molina de Aragón

Centro de Salud de Sigüenza

Centro de Salud de Sigüenza

Consultorio local de Alovera

Consultorio local de Alovera

Centro de Salud Guadalajara 4- Cervantes

Centro de Salud Guadalajara 1 - Sur

Centro de Salud Guadalajara 5- Los Manantiales

Centro de Salud de Molina de Aragón

Centro de Salud de Sigüenza

Consultorio local de Alovera