RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2024, del secretario autonómico de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad de la Generalitat durante el curso académico 2024-2025., - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 31-07-2024
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Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9905
F. Publicación: 31/07/2024
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre constituye la legislación básica del sistema educativo. En cuanto a la Educación Infantil, en el artículo 12 de la Ley 2/2006, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, se establecen los principios generales de la Educación Infantil, según los cuales se trata de una etapa educativa con identidad propia, que atiende a niños y niñas desde su nacimiento hasta los seis años de edad, tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social, cognitivo y artístico del alumnado, así como la educación en valores cívicos para la convivencia.
La Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa, regula la libertad de elección de lengua y el uso de las lenguas cooficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana, siendo de aplicación de acuerdo con lo establecido en su disposición final segunda.
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE 134, 05.06.2021), tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad y estableciendo medidas de protección integral, que incluyan la sensibilización, la prevención, la detección temprana, la protección y la reparación del mal en todos los ámbitos en los cuales se desarrolla su vida.
La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (BOE 215, 07.09.2022), pretende ser la garantía y protección integral del derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales.
La Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV 6912, 28.11.2012) adopta medidas integrales para la erradicación de la violencia sobre la mujer, en el ámbito competencial de la Generalitat, ofrece protección y asistencia tanto a las mujeres víctimas de la violencia como a sus hijos e hijas menores y/o personas sujetas a su tutela o acogida, así como medidas de prevención, sensibilización y formación con el fin de implicar a toda la sociedad de la Comunitat Valenciana, dedicando su artículo 22 a la coeducación.
La Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana (DOGV 7434, 31.12.2014), modificada por la Ley 8/2018, de 20 de abril, de la Generalitat (DOGV 8279, 23.04.2018), establece en el artículo 54, derechos generales y ámbito de aplicación, que todos los menores tienen derecho a la protección y a la atención sanitaria, así como a los cuidados necesarios para su salud y bienestar en su calidad de usuarios y pacientes del Sistema Valenciano de Salud. El artículo 59 establece que las acciones en materia de salud escolar exigen la actuación coordinada de los departamentos competentes en materia de sanidad y educación.
El Plan Valenciano de Salud Mental y Adicciones (2024-2027) tiene como objetivo general la mejora de la salud mental en la población de la Comunidad Valenciana, tanto mediante acciones preventivas como asistenciales y de rehabilitación y reinserción social. En tanto se desarrolle la legislación que regule este modelo, serán de aplicación los protocolos para detención y atención temprana que se establecen en la Resolución conjunta de 11 de diciembre de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se dictan instrucciones para la detección y la atención temprana del alumnado que pueda presentar un problema de salud mental (DOGV 8196, 22.12.2017), y en la Resolución conjunta de 18 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Inclusión Educativa y de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, por la que se establece el protocolo de actuación para la detección de conductas de abuso o tráfico de drogas y otras adicciones (DOGV 9481, 30.11.2022).
Entre las líneas estratégicas y acciones de este plan que afectan a los centros educativos, cabría destacar las siguientes:
1ª) Promover una salud mental positiva y prevenir la enfermedad mental, los trastornos adictivos y el suicidio.
2ª) Modelo asistencial equitativo y basado en las necesidades reales de la población.
3ª) Atención a la infancia y la adolescencia.
4ª) Atención al trastorno mental grave.
Como novedad de este plan se ha creado la Comisión Interdepartamental de Salud Mental y Adicciones de la Generalitat Valenciana, como órgano de coordinación de las políticas en esta materia, con representación de las consellerias de Sanidad; Educación, Universidades y Empleo; y Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
La Ley 8/2017, de 7 de abril, de la Generalitat, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana (DOGV 8019, 11.04.2017), trata, en su capítulo II, diferentes medidas en el ámbito de la educación en materia de identidad y expresión de género, y diversidad sexual y familiar en el ámbito educativo.
La Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de igualdad de las personas LGTBI, trata en determinados artículos medidas que es necesario tener en cuenta en el ámbito de la educación (DOGV 8436, 03.12.2018).
La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia (DOGV 8450, 24.12.2018) indica que en todos los procedimientos que les afecten se debe respetar un espacio de comunicación con los menores, y obliga a hacer cumplir los apartados 1 y 3 del artículo 17 de la ley respecto del derecho de las personas menores de edad a ser informadas, oídas y escuchadas. En el artículo 10, se trata el abordaje integral de la violencia contra la infancia y la adolescencia.
La Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, establece y regula la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación (BOE 78, 01.04.2022).
La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (BOE 167, 13.07.2022), tiene por objeto garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato y la no discriminación, así como respetar la igual dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución que tratan sobre la igualdad, derechos, deberes fundamentales y libertades. A este efecto, la ley regula derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, establece principios de actuación de los poderes públicos y prevé medidas destinadas a prevenir, eliminar, y corregir toda forma de discriminación, directa o indirecta, en los sectores público y privado.
La Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte (BOE 314, 31.12.2022), establece como una de sus finalidades el fomento de la educación física y del deporte en todas las etapas de la vida como parte fundamental de la mejora de la calidad de vida y la adquisición de hábitos saludables, tanto dentro de como fuera del sistema educativo.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global (BOE 44, 21.02.2023), dedica su artículo 11 a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global.
La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (BOE 51, 01.03.2023), en la sección 5.ª establece las medidas que se tienen que adoptar en el ámbito de la educación.
La Ley 2/2023, de 13 de marzo, de la Generalitat, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal (DOGV 9553, 14.03.2023), indica que la conselleria competente en educación tendrá que programar anualmente en los centros escolares acciones educativas y de sensibilización sobre los objetivos y principios de esta ley.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (BOE 75, 29.03.2023) expresó en el artículo 29.3 que “salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas”. Por este motivo, se publicó la Resolución de 25 de octubre de 2023 y su modificación de 9 de noviembre (DOGV 9724, 14.11.2023) donde se facilitaba en el anexo único, la señalización para llevar a cabo la prohibición en los centros educativos.
La Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana (DOGV 9579, 20.04.2023), incluye referencias a la participación ciudadana en el sistema educativo valenciano.
La Ley 5/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana (DOGV 9580, 21.04.2023), tiene como finalidad promover y garantizar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de las zonas rurales más allá de la enseñanza básica y conseguir los principios de equidad, no discriminación e igualdad de oportunidades que rigen el sistema educativo, así como el desarrollo de aquellas acciones y programas que incidan en el mantenimiento e impulso de la lengua y la cultura propias como ejes de cohesión social y territorial.
La Ley de Presupuestos de la Generalitat para cada anualidad así como las previsiones de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones de la Generalitat (DOGV 7464, 12.02.2015) y de la Orden de 18 de mayo de 1995, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la que se delega en los directores de los centros docentes no universitarios de titularidad de la Generalitat Valenciana determinadas facultades ordinarias en materia de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de dichos centros (DOGV 2526, 09.06.1995), regulan el ejercicio de la gestión económica de los centros docentes.
Además, diferentes estrategias y planes han incorporado medidas específicas en el ámbito educativo, como la Estrategia Valenciana de Migraciones 2021-2026, la Estrategia Valenciana para la igualdad de trato, la no discriminación y la prevención de los delitos de odio 2019-2024, o el Plan director de coeducación. Finalmente, la Estrategia de Inteligencia Artificial de la Comunitat Valenciana permitirá que el aprendizaje, en el ámbito educativo, sea mucho más personalizado mejorando el rendimiento del alumnado y la eficiencia del profesorado.
El Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano (DOGV 8356, 07.08.2018), tiene por objeto establecer y regular los principios y las actuaciones encaminadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sistema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso, participación, permanencia y progreso de todo el alumnado, y así lograr que los centros docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformación social hacia la igualdad y la plena inclusión de todas las personas; en especial, de aquellas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de exclusión.
El Decreto 253/2019, de 29 de noviembre, del Consell, regula la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación Primaria (DOGV 8689, 02.12.2019). La disposición transitoria tercera del Decreto 253/2019, sobre el desarrollo reglamentario, establece que, en todo lo que se ajuste a una regulación que se remita a disposiciones reglamentarias ulteriores, y mientras estas no sean dictadas, serán aplicables, en cada caso, las normas vigentes, siempre que no se opongan a lo dispuesto en el citado decreto.
El Decreto 58/2021, de 30 de abril, del Consell, determina la jornada lectiva del personal docente y el número máximo de alumnado por unidad en centros docentes no universitarios (DOGV 9077, 06.05.2021).
El Decreto 72/2021, de 21 de mayo, del Consell, de organización de la orientación educativa y profesional en el sistema educativo valenciano (DOGV 9099, 03.06.2021), establece los equipos de orientación educativa, en las etapas de Educación Infantil y Primaria, y las agrupaciones de orientación de zona, como órganos de coordinación interprofesional, que contribuyen a dinamizar los cambios y las transformaciones desde dentro del centro, sin renunciar a las redes externas de coordinación y de apoyo a su intervención.
El Decreto 100/2022, de 29 de julio, del Consell, establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil (DOGV 9402, 10.08.2022).
El Decreto 195/2022, de 11 de noviembre, Consell, de igualdad y convivencia en el sistema educativo valenciano, regula el modelo de gestión de la igualdad y la convivencia, el Observatorio de la Igualdad y la Convivencia y los derechos y deberes del alumnado, del profesorado, de las familias o representantes legales del alumnado y del personal de administración y servicios y del personal no docente de atención educativa (DOGV 9471, 16.11.2022).
El Decreto 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunitat Valenciana (DOGV 9835, 24.04.2024), tiene por objeto regular el proceso y establecer los criterios de admisión del alumnado en los centros docentes de la Comunitat Valenciana, públicos y privados concertados, que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. En este nuevo decreto la principal novedad es la incorporación del distrito único y el replanteamiento de las prioridades, prelación y ponderación de las puntuaciones que van asociadas a los diferentes criterios de baremación, para garantizar la libertad de elección de centro de las familias. El artículo 1.2 concreta que, en el primer ciclo de Educación Infantil, lo establecido en el citado decreto será de aplicación en los centros públicos de titularidad de la Generalitat que impartan dichas enseñanzas. En dicho ciclo, en los centros de titularidad pública diferente a la de la Generalitat, el decreto será aplicable en cuanto al proceso y criterios de admisión, sin perjuicio de que la entidad titular del centro pueda establecer otros criterios de admisión adicionales de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 del mismo y fijar el calendario del procedimiento; todo ello, en los términos indicados en el propio decreto.
La Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formatives (DOGV 6893, 31.10.2012) del profesorado, de acuerdo con las necesidades detectadas en el alumnado como protagonista; asimismo, introduce como principio de la organización integral de la formación permanente del profesorado la autonomía de los centros educativos, así como el protagonismo de los equipos directivos y docentes coordinados por la persona coordinadora de formación de centro. El Programa Anual de Formación Permanente forma parte de la Programación General Anual de los centros docentes.
La formación permanente del profesorado no universitario contribuye al desarrollo de la competencia profesional del personal docente para que pueda ofrecer el mejor servicio a la realidad educativa de su centro y de su entorno, y facilitar el éxito escolar, social y personal de su alumnado.
La Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano (DOGV 8540, 03.05.2019).
La Orden 10/2023, de 22 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan y se concretan determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de la orientación educativa y profesional en el sistema educativo valenciano (DOGV 9606, 30.05.2023).
La Orden 21/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad pública (DOGV 8542, 07.05.2019).
La Orden 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana (DOGV 9836, 25.04.2024).
La Generalitat Valenciana se encuentra inmersa en un proceso de simplificación administrativa al que la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo y los centros educativos no pueden ser ajenos. En esa línea, a lo largo del curso 2024-2025, en colaboración y contando con la opinión de los centros educativos, se van a estudiar toda una serie de medidas encaminadas a reducir la burocracia en los trámites que gestionan los centros.
Todo esto con los siguientes objetivos:
- Favorecer el ejercicio de la autonomía pedagógica y organizativa por parte de los centros educativos para que puedan desarrollar la mejor respuesta educativa al conjunto de la comunidad educativa y, especialmente, a su alumnado.
- Reducir tareas administrativas de índole burocrática que no tienen un impacto positivo en el funcionamiento del centro ni en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
- Homogeneizar y simplificar el contenido y los criterios de elaboración, aprobación, seguimiento y evaluación de los documentos institucionales del centro.
Estas instrucciones se refieren a las medidas de ordenación académica, la coordinación docente, la elaboración del proyecto educativo y la programación general anual, los horarios lectivos, y otros aspectos didácticos y organizativos en los cuales se tienen que incluir de manera transversal y en todo momento los principios coeducativos, que se indican a continuación:
1. La eliminación de los prejuicios, estereotipos y roles en función del sexo.
2. La prevención de la violencia contra las mujeres, mediante el aprendizaje de métodos no violentos para la resolución de conflictos.
3. La promoción de los valores como el respeto, la solidaridad, la tolerancia, la empatía y la responsabilidad.
4. Los materiales didácticos y libros de texto que se utilicen, tendrán que ser coeducativos.
5. La visibilización de los saberes de las mujeres a lo largo de la historia en programaciones y materiales didácticos.
6. La capacitación del alumnado para que la elección de las opciones académicas y profesionales se lleve a cabo libre de condicionamientos basados en el género.
Es por eso que todas las actuaciones recogidas en la PGA se implementarán mediante una pedagogía de acuerdo con estos principios coeducativos.
De conformidad con el Decreto 17/2024, de 12 de julio, del president de la Generalitat, por el cual se determinan el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones, y el Decreto 19/2024, de 12 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, y sus respectivas modificaciones,
RESUELVO
Apartado único
Aprobar las instrucciones incluidas en el anexo único, a las que deben ajustarse la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de primer ciclo durante el curso académico 2024-2025.
València, 25 de julio de 2024
Daniel McEvoy Bravo
Secretario autonómico de Educación
(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
