Legislación

Resolución de 26 de diciembre de 2014, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se comunica el proceso a seguir para la evaluación de los manuales de operaciones de los operadores afectados por la transición al Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre., - Boletín Oficial del Estado, de 02-02-2015

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Febrero de 2015

F. entrada en vigor: 22/02/2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 28

F. Publicación: 02/02/2015

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 28 de 02/02/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

De acuerdo con el Estatuto de creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), aprobado mediante el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, y según las competencias establecidas en el artículo 8 de dicho Estatuto, corresponde a AESA la expedición, renovación, suspensión, mantenimiento y revocación de autorizaciones, habilitaciones, licencias, certificaciones y otros títulos habilitantes para la realización de actividades aeronáuticas civiles.

Con el objeto de establecer las normas aplicables a las actividades de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento en relación con: el diseño, producción, mantenimiento y operación de productos, componentes, equipos aeronáuticos, personal y organizaciones que intervengan en dichos procesos y para la explotación y operación de las aeronaves destinadas a dichas actividades, se emitió el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y se establecen los requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas. El referido Real Decreto entrará en vigor el 1 de junio de 2015, tal como se recoge en su disposición final sexta.

En el marco de implantación del citado Real Decreto 750/2014, es preciso que los operadores que soliciten la emisión del Certificado de Operador Especial para desarrollar actividades aéreas de lucha contra incendios y de Salvamento y Rescate, adapten su Manual de Operaciones (en lo sucesivo, MO), a los nuevos requisitos establecidos en el mencionado real decreto.

En este sentido, y con vistas a garantizar el respeto al principio de igualdad de trato a todos los operadores, desde AESA se ha decidido articular la evaluación de los referidos Manuales de Operaciones a través de un proceso dividido en 4 fases definido en el anexo a esta Resolución. En cada una de estas fases, los operadores habrán de remitir determinadas secciones del MO, tal como se definen en el Anexo, para que desde AESA se proceda a su revisión. Adicionalmente, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 750/2014, AESA podrá publicar en su página web documentación orientativa para facilitar dicha labor.

El objetivo, así, es permitir que a fecha 1 de junio de 2015, existan operadores certificados por AESA en base a la nueva normativa.

A aquellos operadores que no cumplan con los plazos de entrega fijados en la presente Resolución, no se les podrá garantizar la emisión de su certificado por AESA a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 750/2014.

La eficacia de esta Resolución expirará a fecha 1 de junio de 2015.

Madrid, 26 de diciembre de 2014.-La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Isabel Maestre Moreno.

ANEXO

Secciones del MO a revisar

Fecha máxima de presentación a AESA de los MO por los operadores

Fase 1

Parte A

0 Administration and Control of Operations Manual.

15/01/2015

1 Organisation and Responsibilities.

2 Operational Control and Supervision; Salvo lo relativo al «Control Operacional» que se abordará en la fase 4.

3 Management System.

6 Crew Health Precautions.

11 Handling, Notifying and Reporting Accidents, Incidents and Occurrences.

Fase 2

Parte A.

15/02/2015

4 Crew Composition.

5 Qualification Requirements.

8.1 Flight preparation instructions. As applicable to the operation.

8.3 Flight procedures. As applicable to the operation:

Parte B.

1 Limitations.

2 Normal Procedures.

3 Abnormal And/Or Emergency Procedures.

4 Performance.

5 Flight Planning.

Parte D completa.

Fase 3

Parte A.

07/03/2015

8.2 Ground handling instructions. As applicable to the operation.

8.5 Use of the minimum equipment and configuration deviation list(s).

9 Dangerous Goods and Weapons.

12 Rules of the Air.

Parte B.

0 General Information and Units of Measurement.

6 Mass and Balance.

7 Loading.

8 Configuration Deviation List (CDL).

9 Minimum Equipment List (MEL).

Parte C.

Fase 4

Parte A.

2.3 Operational Control.

7 Flight Time Limitations.

31/03/2015

8.4 Task-specific weather limitations.

8.6 Oxygen requirements. An explanation of the conditions under which oxygen should be provided and used (altitude, exposure times, night etc.).

8.7 Non-revenue flights.

10 Security.

13 Leasing.

Parte B.

10 Survival And Emergency Equipment Including Oxygen.

11 Emergency Evacuation Procedures.

12 Aircraft Systems.