Legislación

Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se aprueba el sistema de evaluación aplicable al desarrollo profesional del personal estatutario sanitario de los grupos profesionales C y D y del personal estatutario no sanitario de gestión y servicios del Servicio de Salud del Principado de Asturias, aplicables al período ordinario y contenidos en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2021. [Cód. 2021-04597], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 18-05-2021

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 94

F. Publicación: 18/05/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 94 de 18/05/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Los profesionales del Servicio de Salud del Principado de Asturias constituyen un elemento esencial a la hora de modernizar y mejorar la calidad, eficacia y eficiencia del sistema sanitario. La mejora en la gestión de las instituciones sanitarias, pasa por utilizar el desarrollo profesional como un mecanismo de motivación de los profesionales que diferencie el trabajo que cada uno de ellos aporta a la organización, estableciendo para ello criterios y fórmulas de evaluación que recojan, entre otros, el reconocimiento de su experiencia, formación, conocimientos y habilidades organizativas y el cumplimiento de objetivos en la organización en la cual prestan servicios.

A la hora de desarrollar las materias y criterios de evaluación del desarrollo profesional se ha tenido en cuenta la exigencia que las nuevas formas organizativas plantean en cuanto a establecer un sistema de desarrollo profesional basado en el progreso de las aptitudes interpersonales y de la formación personal con una perspectiva humana, sin olvidar, por otro lado, que uno de los objetivos del Plan de Ordenación de Recursos Humanos es propiciar la permanente actualización de las competencias profesionales y la incorporación de las nuevas actitudes y aptitudes que se precisen.

Dentro de las líneas estratégicas del sistema sanitario asturiano se encuentran el impulsar los procesos de mejora continua y el uso eficiente de los recursos, orientar la organización hacia el futuro, fomentando la investigación y la innovación, y promover una mayor implicación de los profesionales.

Es por todo lo expuesto por lo que se hace necesario desarrollar un sistema de evaluación del desarrollo profesional como mecanismo que compagine, la consecución de los objetivos estratégicos de la organización y de la excelencia profesional con el derecho legítimo de los profesionales a ver reconocidos sus esfuerzos y a progresar de forma individual y voluntaria.

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Estatutario, de 1 de diciembre de 2020, sobre materias y criterios de evaluación del desarrollo profesional del personal sanitario de los grupos profesionales C y D y del personal no sanitario de gestión y servicios que ostenten la condición de personal estatutario en el ámbito de los centros e instituciones del Servicio de Salud del Principado de Asturias, aplicable al régimen ordinario, y que en su apartado segundo faculta a la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias para dictar las normas que sean precisas para su desarrollo y ejecución, y a la vista del documento desarrollado por un grupo derivado de la Comisión de Seguimiento del citado Acuerdo, y ratificado en Mesa general de la Función Pública el 13 de abril de 2021, esta Dirección Gerencia, en base a las atribuciones conferidas en el artículo 128 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, y del Decreto 167/2015, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias,

RESUELVE

Primero.-Establecer el sistema de evaluación, detallado en el anexo I, para el encuadramiento en el correspondiente Nivel de Desarrollo Profesional del personal sanitario de los grupos profesionales c y d y del personal no sanitario de gestión y servicios del Servicio de Salud del Principado de Asturias, aplicable al régimen ordinario.

Segundo.-Con el fin de alcanzar la máxima difusión de la presente Resolución, deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tercero.-Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud y Servicios Sanitarios, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la firma y publicación, conforme lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Oviedo, a 27 de abril de 2021.-La Directora Gerente.-Cód. 2021-04597.

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