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RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2017 por la que se dispone la publicación del Reglamento de régimen interior del Consejo de Cuentas de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 07-03-2017

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Marzo de 2017

Órgano emisor: PARLAMENTO DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 46

F. Publicación: 07/03/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza y autonomía Artículo 2. Funciones y ámbito de actuación Artículo 3. Principios de actuación
TÍTULO II. Organización y funcionamiento
Artículo 4. Órganos
CAPÍTULO I. El Pleno
Artículo 5. Composición y funciones Artículo 6. Convocatoria y constitución Artículo 7. Adopción de acuerdos Artículo 8. Actas de las sesiones plenarias
CAPÍTULO II. El consejero o consejera mayor
Artículo 9. Nombramiento Artículo 10. Funciones
CAPÍTULO III. La Comisión de Gobierno
Artículo 11. Composición y funcionamiento Artículo 12. Funciones
CAPÍTULO IV. Las secciones
Artículo 13. Normas comunes Artículo 14. La Sección de Fiscalización Artículo 15. La Sección de Enjuiciamiento Artículo 16. La Sección de Prevención de la Corrupción
CAPÍTULO V. Los consejeros o consejeras
Artículo 17. Nombramiento y toma de posesión Artículo 18. Atribuciones Artículo 19. Incompatibilidades Artículo 20. Abstención y recusación Artículo 21. Responsabilidad Artículo 22. Declaración de bienes y actividades
CAPÍTULO VI. La Secretaría General
Artículo 23. Estatuto personal del secretario o secretaria general Artículo 24. Funciones
TÍTULO III. Procedimientos
CAPÍTULO I. Planificación de las actuaciones
Artículo 25. Plan estratégico a medio plazo Artículo 26. Plan anual de trabajo Artículo 27. Remisión y publicidad
CAPÍTULO II. Deber de colaboración
Artículo 28. Deber de colaboración Artículo 29. Requerimientos de colaboración Artículo 30. Remisión de informes de auditorías y controles Artículo 31. Acceso a documentación y dependencias
CAPÍTULO III. Función de fiscalización
SECCIÓN 1ª. Contenido y alcance
Artículo 32. Objeto Artículo 33. Tipos y alcance de la fiscalización Artículo 34. Técnicas de fiscalización
SECCIÓN 2ª. Procedimiento
Artículo 35. Iniciativa Artículo 36. Directrices técnicas Artículo 37. Dirección de la actividad fiscalizadora Artículo 38. Inicio de las actuaciones de la actividad fiscalizadora Artículo 39. Designación de interlocutor Artículo 40. Examen de documentación Artículo 41. Rendición de cuentas Artículo 42. Requerimientos de documentación Artículo 43. Remisión de contratos Artículo 44. Inventario de entes públicos y de contratos
SECCIÓN 3ª. Informes y memoria anual
Artículo 45. Resultado de la fiscalización Artículo 46. Anteproyecto de informe Artículo 47. Alegaciones Artículo 48. Proyecto de informe Artículo 49. Traslado y publicidad de los informes Artículo 50. Memoria anual Artículo 51. Seguimiento de las recomendaciones
CAPÍTULO IV. Función de prevención de la corrupción
Artículo 52. Contenido Artículo 53. Solicitud de información Artículo 54. Planes de prevención de riesgos de la corrupción Artículo 55. Evaluación sistemática de planes Artículo 56. Seguimiento de los planes Artículo 57. Asesoramiento en materia de prevención de la corrupción Artículo 58. Acciones de concienciación en el sector público Artículo 59. Instrumentos de colaboración Artículo 60. Concienciación y participación ciudadana Artículo 61. Comisión Técnica de Prevención de la Corrupción
CAPÍTULO V. Otras funciones
SECCIÓN 1ª. Funciones delegadas por el Tribunal de Cuentas
Artículo 62. Funciones delegadas por el Tribunal de Cuentas Artículo 63. Procedimiento en caso de asunción de actuaciones previas
SECCIÓN 2ª. Indicios de responsabilidad
Artículo 64. Procedimiento en caso de indicios Artículo 65. Tramitación de las comunicaciones o denuncias Artículo 66. Actuaciones complementarias
SECCIÓN 3ª. Función consultiva
Artículo 67. Solicitudes de asesoramiento Artículo 68. Procedimiento Artículo 69. Régimen de las consultas
SECCIÓN 4ª. Fiscalización de la evolución de los bienes patrimoniales de altos cargos
Artículo 70. Procedimiento específico en relación con la evolución de los bienes patrimoniales de altos cargos
TÍTULO IV. Personal al servicio del Consejo de Cuentas y organización administrativa
CAPÍTULO I. Personal al servicio del Consejo de Cuentas
Artículo 71. Personal al servicio del Consejo Artículo 72. Clasificación del personal Artículo 73. Personal funcionario de carrera Artículo 74. Personal funcionario interino Artículo 75. Personal laboral Artículo 76. Personal eventual Artículo 77. Comisionados Artículo 78. Principios y normas de conducta Artículo 79. Incompatibilidades del personal al servicio del Consejo de Cuentas
CAPÍTULO II. Equipos de fiscalización y comisiones técnicas
Artículo 80. Equipos de fiscalización Artículo 81. Comisiones técnicas
CAPÍTULO III. Organización de la Secretaría General
Artículo 82. Servicios de la Secretaría General Artículo 83. Asesoría Jurídica Artículo 84. Control interno
TÍTULO V. Régimen jurídico y relaciones institucionales
CAPÍTULO I. Régimen económico-financiero
Artículo 85. Elaboración del presupuesto Artículo 86. Ejecución del presupuesto Artículo 87. Libramientos en firme Artículo 88. Régimen de contabilidad Artículo 89. Anticipos de caja fija Artículo 90. Régimen de contratación y patrimonial Artículo 91. Régimen de gestión administrativa
CAPÍTULO II. Relaciones institucionales
Artículo 92. Relaciones con el Parlamento Artículo 93. Relaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y otras entidades del sector público Artículo 94. Relaciones con el Tribunal de Cuentas y otros órganos de control externo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Plan de prevención de riesgos de la corrupción y código ético institucional del Consejo de Cuentas D.A. 2ª. Referencias normativas
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen aplicable al cese de los funcionarios de carrera que obtuvieron un puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación en el Consejo de Cuentas de Galicia con anterioridad al 18 de septiembre de 2014
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades para el desarrollo del presente reglamento D.F. 2ª. Régimen supletorio D.F. 3ª. Entrada en vigor