RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2021, de la consellera de Sanitat Universal i Salut Pública, por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución del procedimiento de acreditación a solicitud de persona interesada para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros en la Comunitat Valenciana. [2021/11002], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 02-11-2021
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Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9206
F. Publicación: 02/11/2021
Mediante el Decreto 145/2020, de 25 de septiembre, del Consell, se reguló el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros en la Comunitat Valenciana.
El artículo 7.4 del citado decreto establece que «el plazo máximo para resolver y comunicar la resolución será de seis meses».
Habiéndose habilitado el procedimiento telemático para la iniciación del procedimiento de acreditación a solicitud de persona interesada en fecha 3 de mayo de 2021, el plazo máximo de resolución de las solicitudes de acreditación presentadas telemáticamente en esa misma fecha vence el próximo día 3 de noviembre de 2021. Por ello, a la vista de la complejidad de la gestión del mencionado procedimiento, tanto por el volumen de instancias presentadas en un período temporal coincidente, como por las dificultades técnicas relacionadas con la documentación a presentar y con la disponibilidad de medios para el despacho de estos expedientes, resulta procedente ampliar excepcionalmente el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento.
Considerando que el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
En virtud de todo lo expuesto, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.1 del Decreto 145/2020, de 25 de septiembre, del Consell, de regulación del procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros en la Comunitat Valenciana, resuelvo:
Primero
Acordar la ampliación en 6 meses del plazo máximo para que la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública dicte y comunique la resolución del procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros en la Comunitat Valenciana.
Segundo
La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a los efectos de notificación a las personas interesadas.
De conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.
València, 27 de octubre de 2021.- La consellera de Sanitat Universal i Salut Pública: Ana Barceló Chico.
