Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se establecen para 2012 las posibilidades de pesca de las especies demersales y pelágicas., - Boletín Oficial del Estado, de 04-01-2012
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Enero de 2012
F. entrada en vigor: 24/01/2012
Órgano emisor: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 3
F. Publicación: 04/01/2012
La disposición final segunda de la Orden ARM/3158/2011, de 10 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de arrastre de fondo del Caladero Nacional Cantábrico Noroeste, faculta a la Secretaria General del Mar a establecer las posibilidades de pesca sobre las que se aplicarán las condiciones establecidas en la mencionada orden.
La asignación de estas posibilidades de pesca se realiza teniendo en consideración las posibilidades de pesca que le son asignadas a España de las especies que se han distribuido por las diferentes ordenes de reparto porcentual de posibilidades de pesca, y en particular según el porcentaje asignado al arrastre de fondo del Cantábrico Noroeste, deduciendo de estas cantidades un 2 por 100 al objeto de compensar las posibles sobrepescas que puedan producirse durante el año 2012. La distribución del remanente se realizará, en caso de que no haya sido necesario utilizarlo, a partir del 1 de diciembre de 2012, de manera lineal, entre los buques que se indican en el anexo único, los cuales están asimismo incluidos en la Resolución de la Secretaria General del Mar de diciembre de 2011, por la que se dispone la publicación del censo de los buques de arrastre de fondo del Caladero Nacional Cantábrico Noroeste que pueden faenar en las aguas de dicho caladero durante el año 2012. Además, y para las posibles sobrepescas de 2011, se reserva un 25 % de todos los stocks, con excepción hecha a la caballa (stock MAC/8C3411), del que sólo se reservará el 2 % antes indicado, y al jurel de VIIIc (stock JAX/08C.), del que se reservará el 40 %. Este remanente se distribuirá de la misma manera que la indicada para el 2 %, una vez se constaten los datos de consumo finales de 2011.
Esta Secretaria General del Mar, oído el sector interesado resuelve:
Primero.
Publicar como anexo único de la presente Resolución la distribución por buque de las posibilidades de pesca iniciales (expresadas en kilos) asignadas a España de especies demersales y pelágicas para cada una de las especies que hayan sido repartidas por modalidad hasta la fecha.
Segundo.
Esta Resolución producirá efectos a partir del 1 de enero de 2012.
Madrid, 28 de diciembre de 2011.-La Secretaria General del Mar, Alicia Villauriz Iglesias.
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