Resolución de 28 de enero de 2019, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se amplía el período de compatibilidad de las betas en los planes de explotación del percebe. [Cód. 2019-00946], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 04-02-2019
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 23
F. Publicación: 04/02/2019
La Resolución de 24 de septiembre de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se regula la campaña 2018/2019 de extracción del percebe y se aprueban los planes de explotación, establece en su Apartado II (Normas aplicables a los planes de explotación), Norma Sexta, epígrafe 2, que, de forma experimental, se incluiría la beta entre los artes compatibles en la presente campaña hasta el 31 de diciembre de 2018. Solicitada la prórroga de dicha compatibilidad por parte de la Federación de Cofradías de Pescadores del Principado de Asturias, la Dirección General de Pesca Marítima ha aceptado la posibilidad de dicha ampliación.
En este sentido, la Norma adicional segunda de la Resolución de 24 de septiembre de 2018, establece que se podrá acordar, a propuesta de la Dirección General de Pesca Marítima, modificaciones en los cupos de captura, zonas, períodos de veda, horario de pesca y de pesaje y cualquier otra disposición en función de la evolución del recurso en el litoral asturiano.
En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno y el artículo 7 de la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias,
DISPONGO
Primero.-Ampliar en los planes de explotación del percebe el período de compatibilidad de la beta hasta el 30 de abril de 2019.
La compatibilidad se desarrollará en las mismas condiciones que venían establecidas en la Resolución de 24 de septiembre de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se regula la campaña 2018/2019 de extracción del percebe y se aprueban los planes de explotación.
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.-Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, y ello en los términos del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, a 28 de enero de 2019.-La Consejera de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, María Jesús Álvarez González.-Cód. 2019-00946.
