Resolución de 28 de enero de 2021, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 20 de enero de 2021, por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo de 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de enero de 2021., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 30-01-2021
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 24
F. Publicación: 30/01/2021
I. Comunidad Autónoma
2. Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia y Hacienda
| 549 | Resolución de 28 de enero de 2021, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 20 de enero de 2021, por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo de 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de enero de 2021. |
En fecha 28 de enero de 2021, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Presidencia y Hacienda, adoptó el Acuerdo por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 20 de enero de 2021, por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia.
A fin de favorecer el conocimiento del citado Acuerdo y de conformidad con lo establecido en el artículo 38.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, esta Secretaría General,
Resuelve:
Ordenar la publicación en el 'Boletín Oficial de la Región de Murcia' del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 20 de enero de 2021, por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo de 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia, ratificado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de enero de 2021, que se inserta a continuación.
Murcia, 28 de enero de 2021. La Secretaria General, María Pedro Reverte García.
Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 20 de enero de 2021, por el que se prorroga la vigencia del Acuerdo de 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia
Dentro de la situación excepcional de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se hizo necesario determinar unos criterios de actuación para la aplicación del teletrabajo que permitieran mantener dicha modalidad de prestación de servicios carente hasta ese momento de amparo normativo en la Administración Regional.
Por ello, con fecha 5 de junio de 2020, la Mesa Sectorial de Administración y Servicios alcanzó un Acuerdo por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia, ratificado por el Consejo de Gobierno con fecha 11 de junio (BORM n.º 134, de 12 de junio).
El punto 2 del citado Acuerdo determinaba, en cuanto a su vigencia, que sus efectos serían desde la fecha de su firma y ratificación por el Consejo de Gobierno hasta el 15 de septiembre de 2020, en tanto se proceda a la negociación de una regulación del teletrabajo, pudiendo prorrogarse, en su caso.
En base a las circunstancias concurrentes de salud pública, dicho Acuerdo fue prorrogado, con fecha 3 de septiembre de 2020, por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (BORM n.º 213, de 14 de septiembre) hasta el 31 de enero de 2021.
El Decreto del Presidente 4/2021, de 14 de enero, por el que se adoptan, con carácter temporal, medidas restrictivas al amparo del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de las infecciones causadas por el SARS-Cov-2, indica que, a pesar de las medidas acordadas, la situación ocasionada por la pandemia se ha desbordado con un aumento exponencial del número de casos no esperado, registrándose records históricos en la Región de Murcia.
En este contexto, la Administración Regional y las Organizaciones Sindicales consideran conveniente prorrogar la situación actual de prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.
Por todo ello, la Administración Regional y las Organizaciones Sindicales abajo firmantes representadas en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios adoptan el siguiente,
Acuerdo
Prorrogar hasta el día 30 de junio de 2021 la vigencia del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de fecha 5 de junio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Administración Pública de la Región de Murcia.
Murcia, 20 de enero de 2021. Por la Administración Regional, la Directora General de Función Pública, Carmen María Zamora Párraga. Por la Representación del Personal: CCOO. UGT.
NPE: A-300121-549
