Resolución de 29 de agosto de 2018, por la que se inscribe el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cantabria y sus Estatutos en el Registro de Colegios Profesionales de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 17-09-2018
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 182
F. Publicación: 17/09/2018
Vista la solicitud presentada, el expediente tramitado, la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria, el Decreto 16/2003, de 6 de marzo, por el que se regula la estructura y el funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de Cantabria, y demás normativa que resulta de aplicación, y vistos los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 18 de diciembre de 2017, se presenta por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cantabria, solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I
La competencia para dictar resolución le corresponde a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 2.1 del Decreto 16/2003 de 16 de marzo, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
II
El artículo 20 de la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios profesionales prevé la creación del Registro de Colegios PPofesionales de Cantabria, en el que deberán inscribirse los colegios profesionales que desarrollen su actividad exclusivamente en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a los meros efectos de constancia y publicidad.
III
El artículo 6 del Decreto 16/2003, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias trasferidas en materia de asociaciones, dispone que las solicitudes de inscripción en el Registro de Asociaciones, dirigidas al Consejero de Presidencia, deberán ir acompañadas, por triplicado ejemplar, del acta fundacional, estatutos y relación de miembros de su órgano directivo.
En este sentido, el Decreto 73/1997, de 6 de marzo, que regula la estructura y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales de Cantabria dispone que para el acceso a la primera inscripción registral sea necesario, como mínimo, la siguiente documentación:
a) La solicitud de inscripción, en la que deberá constar la denominación exacta del Colegio, su domicilio social y el ámbito territorial de actuación.
b) Norma de creación del Colegio.
c) Estatutos.
d) Certificado del secretario con el visto bueno del presidente, del acta de aprobación de los estatutos, así como una copia de la misma.
e) Certificado del secretario con el visto bueno del presidente de la composición del órgano de gobierno.
Por su parte, el artículo 6.4 de la Ley 2/1974, de 13 de marzo de Colegios Profesionales, exige, la aprobación, por parte del Consejo General, en caso de existir, de los estatutos particulares de los Colegios Profesionales y sus modificaciones.
Los documentos que tengan que ser registrados se presentarán por duplicado, destinándose un ejemplar original al correspondiente archivo. El segundo será devuelto al interesado con nota de haber sido registrado.
Por su parte, el apartado c) del artículo 4 del mencionado Decreto, establece que los estatutos y sus modificaciones se inscribirán en el registro, previo informe de su adecuación a la legalidad.
En el presente caso, a la vista de los informes emitidos en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 16/2003, de 6 de marzo, y de la documentación presentada alo largo del procedimiento, vista la propuesta emitida por el Servicio de Entidades Jurídicas, procede la inscripción en el registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados, así como la propuesta del Servicio de Entidades Jurídicas.
RESUELVO
1º.- Inscribir el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cantabria, y sus estatutos, aprobados en Asamblea General, con fecha 20 de junio de 2018, y por el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, con fecha 17 de julio de 2018, en el Registro de Colegios Profesionales de Cantabria, así como la composición de su órgano de gobierno integrado por:
Presidente: D. Víctor J. Carpintero Carcedo.
Vicepresidente: Dña. Marta Vilar Moruza.
Secretario: D. Roberto Domínguez Pérez.
Vicesecretaria: Dña. Mercedes Ruiz Somavilla.
Tesorero: D. Gonzalo Albo Sánchez Bedoya.
Contadora: Dña. Raquel Martínez Fernández.
Vocal 1º: Dña. María Victoria Sarabia Bannatyne.
Vocal 2º: Dña. Estela Criado Lavín.
Vocal 3º: Dña. Olga Quintanilla Salces.
Vocal 4º: D. José Antonio Rodríguez Martínez.
Vocal 5º: D. Alberto Bedia Fernández.
Vocal 6º: D. Manuel Uranga Saiz.
2º.- Ordenar la publicación de los Estatutos del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cantabria en el Boletín Oficial de Cantabria, según establece el artículo 16 de la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria.
Frente a la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Notifíquese a: Interesado.
Santander, 29 de agosto de 2018.
La secretaria general de Presidencia y Justicia,
Noelia García Martínez.
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