Resolución de 29 de julio de 2019, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la hacienda pública estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros. - Boletín Oficial del Estado de 13-08-2019
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Agosto de 2019
F. entrada en vigor: 14/08/2019
Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 193
F. Publicación: 13/08/2019
Primero. Anulación y baja de deudas de liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria.
Segundo. Anulación y baja de deudas de liquidaciones practicadas por la Administración General del Estado.
Tercero. Anulación y baja de deudas de liquidaciones practicadas por Organismos Autónomos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.