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RESOLUCION de 29 de junio de 2004, de la Secretaria de Estado de Economia, por la que se hacen publicos los nuevos precios maximos de venta de gas natural para uso como materia prima. - Boletín Oficial del Estado, de 30-06-2004

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Julio de 2004

F. entrada en vigor: 20/07/2004

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 157

F. Publicación: 30/06/2004

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 157 de 30/06/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

La Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo

de 2001 modifica el punto 1.4.1 del Anejo de la Orden

de 30 de septiembre de 1999, y actualiza los parámetros

del sistema de precios máximos de los suministros de

gas natural para usos industriales, incluyendo una tarifa

específica de gas natural para su uso como materia

prima.

En desarrollo del RD 949/2001, de 3 de agosto, la

Orden del Ministerio de Economía ECO/33/2004, de

15 de enero, regula las tarifas de gas natural y gases

manufacturados por canalización y alquiler de

contadores y en su Disposición transitoria única, dicta que la

tarifa para suministros de gas natural para su utilización

como materia prima, establecida en el punto 1.4.1 del

Anejo I de la Orden de 30 de septiembre de 1999, con

las modificaciones introducidas en la Orden de 28 de

mayo de 2001, será de aplicación hasta el 31 de

diciembre del año 2009.

Por disposición del artículo 5.2.b) del Real Decreto

553/2004, de 17 de abril, de Reestructuración de los

Departamentos Ministeriales y por Real Decreto

1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla

la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía

y Hacienda, la Secretaría de Estado de Economía,

ejercerá, entre otras, las competencias relativas a informe

y aprobación de precios, tarifas, peajes y cánones en

materia de su competencia.

En cumplimiento de la normativa anterior y de

acuerdo con lo dispuesto en estos Reales Decretos, esta

Secretaría de Estado de Economía ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Desde las cero horas del día 1 de Julio de

2004, los precios máximos de venta aplicables a los

suministros de gas natural para usos industriales según

modalidades de suministro, excluidos impuestos, serán

los que se indican a continuación:

Suministros de gas natural como materia prima:

Precio gas natural PA (en euros): 1,0650 cents/kWh.

Segundo.-Las facturaciones de los consumos

correspondientes a los suministros de gas natural por

canalización medidos por contador, relativas al período que

incluya la fecha de entrada en vigor de esta Resolución,

o en su caso, de otras Resoluciones anteriores o

posteriores relativas al mismo período de facturación, se

calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo

total correspondiente al período facturado a los días

anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas,

aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios

que corresponden a las distintas Resoluciones aplicables.

Madrid, 29 de junio de 2004.-El Secretario de

Estado, David Vegara Figueras.