Legislación

Resolución de 29 de noviembre de 2019, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se establecen las determinaciones para la expedición de la tarjeta de identificación del personal valorador de la Dependencia al servicio de la Consejería. [Cód. 2019-13312], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 03-01-2020

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 2

F. Publicación: 03/01/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 2 de 03/01/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia en su artículo 27 recoge que la valoración de la situación de dependencia debe tener en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, lo que conlleva que el personal valorador de la dependencia pueda tener que desplazarse al entorno o al domicilio habitual de la persona solicitante.

En virtud de lo expuesto, al amparo de lo previsto en el Decreto 13/2019, de 24 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, y en el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones de general aplicación, y a propuesta de la Dirección General de Gestión de Derechos Sociales.

RESUELVO

Primero.-Ámbito subjetivo:

El personal valorador de la Dependencia al servicio de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, que se halle en servicio activo o situación análoga, dispondrá de una tarjeta de identificación que será expedida con las características y en el modelo que se describen en el anexo de esta Resolución, para su utilización como acreditación en el exterior de las dependencias de su Centro de trabajo.

Segundo.-Expedición de las tarjetas:

Corresponde a la Dirección General de Gestión de Derechos Sociales la expedición de oficio de las tarjetas al personal de nuevo ingreso.

La tarjeta de identificación será expedida, con carácter general, en el momento de toma de posesión del puesto de trabajo, siempre y cuando el personal sea de nuevo ingreso.

No obstante lo anterior, y una vez publicada la presente Resolución, con carácter transitorio, la Dirección General de Gestión de Derechos Sociales arbitrará las medidas precisas para elaborar y entregar al personal valorador al que se refiere el apartado primero de esta Resolución, la tarjeta identificativa.

Producido el cese, bien porque se deje de estar en activo o en cualquier situación análoga, el titular de la tarjeta procederá a su devolución.

Tercero.-Publicidad:

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cuarto.-Recursos:

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de la previa interposición del recurso potestativo de reposición ante los mismos órganos que lo dictaron, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Oviedo, a 29 de noviembre de 2019.-La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.-Cód. 2019-13312.

Anexo

1. Material.

PVC, laminado de 0,762 mm de grosor, según normas ISO CR80.

2. Dimensiones.

85,60 mm x 53,98 mm, con esquinas canteadas, de 3 mm de radio.

3. Datos corporativos.

Anverso. Dos bandas:

Banda azul. Texto: Datos identificativos del Principado de Asturias y Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, según normativa vigente, con la debida adecuación en las dimensiones.

Banda blanca. Nombre y DNI de la persona valoradora. Foto de la persona.

Reverso: 'El titular de este documento es Empleado Público del Principado de Asturias, valorador de la situación de dependencia, según la Ley 39/2006, de 14 de diciembre' 'Sello de la Consejería'

4. Colores.

Pantone azul 072 y gris 424.

5. Fotografía.

Color, tamaño 24 mm x 28 mm. Impresión digitalizada por transferencia térmica. Resolución 300 dpi (PVC).