Resolución de 3 de julio de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se modifica la Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se declaran zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en el Principado de Asturias y se establecen requisitos específicos para el uso de subproductos no destinados a consumo humano en estas zonas. [Cód. 2018-07369], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 17-07-2018
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 165
F. Publicación: 17/07/2018
Por Resolución de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, se declaran zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en el Principado de Asturias y se establecen requisitos específicos para el uso de subproductos no destinados a consumo humano en estas zonas. En el resuelvo tercero se establecen los requisitos de obligado cumplimiento para el uso de los cadáveres de animales de granja sin la previa recogida ni traslado de los mismos, en la alimentación de las especies necrófagas.
En base a la experiencia adquirida y atendiendo al reducido tamaño de muchas de las explotaciones que acceden al aprovechamiento de pastos en las zonas de alimentación que no suscriben un seguro que cubra la retirada de los cadáveres, se ha valorado positivamente la repercusión que tendría la eliminación de esta exigencia sobre la disponibilidad de alimento para las especies necrófagas de interés comunitario. Se modifica así la Resolución de 18 de mayo de 2017, eliminando este requisito y manteniendo el resto de los requisitos específicos establecidos para asegurar la utilización segura de estos subproductos en la alimentación de las especies silvestres.
Visto lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; en la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal; en los Decretos del Presidente del Principado de Asturias 6/2015, de 28 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y 69/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales y demás preceptos de general aplicación,
RESUELVO
Primero.-Modificar la Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se declaran zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en el Principado de Asturias y se establecen requisitos específicos para el uso de subproductos no destinados a consumo humano en estas zonas, en los siguientes términos:
a) Se suprime el apartado d) del punto 1 del resuelvo tercero.
b) Se sustituye el anexo III por el anexo de la presente Resolución.
Segundo.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 3 de julio de 2018.-La Consejera de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, María Jesús Álvarez González.-Cód. 2018-07369.
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