RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021, de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen los requisitos, plazos, procedimiento y calendario del proceso piloto de participación ciudadana para la elaboración de los primeros presupuestos participativos de la Generalitat para el ejercicio 2022. [2021/4722], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 07-05-2021
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Copiloto jurídico
Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE PARTICIPACION, TRANSPARENCIA, COOPERACION Y CALIDAD DEMOCRATICA
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9078
F. Publicación: 07/05/2021
Las sociedades democráticas avanzadas han reorientado en los últimos años su acción política y su diseño institucional desde estructuras burocráticas de conocimiento y toma de decisiones, hacia un enfoque más holístico y flexible, focalizado sobre la participación, la apertura informativa y la coproducción de conocimiento y servicios.
La Constitución Española de 1978 garantiza en sus artículos 23 y 105.b el derecho de la ciudadanía a la participación en los asuntos públicos. Una apreciable producción normativa y jurisprudencial ha dado contenido y ha desarrollado este derecho. Los pactos y acuerdos de derecho internacional suscritos por España tampoco son ajenos al reconocimiento activo de este derecho, como el artículo 21.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y el artículo 25.a del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La Unión Europea, en diferentes momentos, ha adoptado directivas, como las directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE de alcance sectorial, que han sido transpuestas al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
La Generalitat considera que la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los asuntos públicos constituye uno de los pilares básicos sobre los que se desarrollan y toman forma la democracia avanzada y el autogobierno. Así lo reconoce el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 9.4. Posteriormente, este derecho se vio desarrollado por la Ley 2/2015, de 2 de abril, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, que tiene entre sus objetivos promover y fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos, de forma individual o colectiva, y regular las relaciones de la Generalitat con la ciudadanía y con organizaciones y entidades de la sociedad civil de la Comunitat Valenciana. La norma desarrolla al efecto en su artículo 46 una serie de mecanismos e instrumentos de participación ciudadana para hacer efectivas la participación y la colaboración ciudadanas, prestando especial atención a la utilización, para ello, de las nuevas tecnologías, y tal como se establece en el artículo 44.1.b de la misma ley, mediante este proceso se da la oportunidad a participar de manera real y efectiva en la elaboración del anteproyecto de ley de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022.
En definitiva, el marco jurídico actual reconoce la participación ciudadana como un derecho fundamental. A consecuencia de esto, se han sucedido multitud de acuerdos políticos en la misma dirección, también en el ámbito autonómico valenciano.
Por un lado, el Acuerdo por un Gobierno Valenciano de progreso de junio de 2019, en el eje 5 Calidad Democrática y Buen Gobierno, se reivindica la voluntad de abrir las puertas de la administración a la ciudadanía y fomentar su participación en la toma de decisiones. Posteriormente, en la declaración institucional sobre los procesos participativos de la Generalitat, de 7 de febrero de 2020, el Consell se comprometió a «dotar la ciudadanía de recursos útiles y eficientes para su participación en los procesos de definición de políticas públicas y de toma de decisiones, y poner en marcha progresivamente procesos participativos en todas las áreas de acción de la Generalitat». Más recientemente, les Corts a través de la Resolución de 25 de septiembre de 2020, instaron al Consell a «poner en marcha y coordinar de manera transversal los primeros presupuestos participativos autonómicos a partir de 2021, desarrollándolos en las fases de información y diagnóstico de la situación, propuestas, debate y deliberación colectiva y retorno a la ciudadanía». Se trata, pues, de unos acuerdos políticos que se comprometen a poner en funcionamiento varios procedimientos participativos que tengan como finalidad empoderar a la ciudadanía.
El acuerdo institucional del Consell sobre el proyecto piloto de elaboración participativa del presupuesto de la Generalitat aprobado el 9 de abril de 2021 recoge el compromiso de dotar a la ciudadanía de un nuevo mecanismo de decisión directa sobre las cuentas presupuestarias de la Generalitat y habilita a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática para establecer los requisitos, plazos y procedimiento para llevarlo a cabo. En este primer proceso piloto, el Consell ha acordado destinar a los presupuestos participativos 2021 una cuantía de 125 millones de euros. En cuanto a la distribución de esta cuantía, atendiendo al principio de vertebración territorial, se ha diseñado un mapa de 7 áreas comarcales en las que se agrupan distintas comarcas atendiendo a criterios geográficos, históricos y poblacionales: comarcas costeras del norte, comarcas del interior del norte, comarcas del interior, comarcas de l'Horta, comarcas del Xúquer-Túria, comarcas centrales y comarcas del sur. Con la finalidad de garantizar un reparto equilibrado entre las distintas áreas territoriales, un 30 % del crédito (37,5 millones de euros) se destinará a la financiación de los proyectos de la Comunitat o que afecten a varias áreas comarcales, y un 70 % (87,5 millones de euros) se destinará a los proyectos de las distintas áreas comarcales.
Respecto a la metodología seguida para repartir los 87,5 millones de euros entre las 7 áreas comarcales se han tenido en cuenta 3 parámetros: la población del área comarcal (un 70 %), el índice de la tasa de pobreza (un 25 %) y, por último, la tasa de despoblamiento (un 5 %).
En cuanto a la forma de participación, la Generalitat ha puesto a disposición de la ciudadanía el portal de participación ciudadana GVA Participa, a través del que se realizará el proceso participativo en todas sus fases. En un entorno de crisis sanitaria que limita la participación ciudadana de un modo presencial, para la puesta en marcha de este proyecto piloto, se ha optado por centralizar la recogida de propuestas ciudadanas y las distintas votaciones previstas, exclusivamente a través de GVA Participa, sin perjuicio de que la ciudadanía pueda participar en otros espacios organizados para favorecer el debate de las propuestas.
Este proceso participativo supone la culminación de la participación ciudadana en sectores clave para el desarrollo económico y social enfocado en la reconstrucción post-Covid y desarrolla el programa Alcem-nos Acord Ciutadà. Así mismo, estando inmersos en un estado de emergencia climática y con unos índices de pobreza y desigualdad que urgen a reaccionar a través de políticas públicas que atajen estos problemas, el proceso participativo permite relacionar los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU promoviendo su difusión y consecución mediante el reconocimiento de estos en las propuestas planteadas por la ciudadanía.
Finalmente, este proceso participativo piloto contará con la evaluación de la Universidad Miguel Hernández de Elche que garantizará la transparencia en el análisis de la ejecución del proceso y que servirá, junto con las aportaciones del Consejo de Participación Ciudadana y de la ciudadanía en general, para reglamentar en un futuro próximo la elaboración participativa del Presupuesto de la Generalitat.
En conclusión, para el desarrollo de este proyecto es necesario establecer las fases, los requisitos, el procedimiento y el calendario a llevar a cabo durante el proceso participativo en el que la ciudadanía propondrá y decidirá los proyectos a ejecutar por la Generalitat en el ejercicio 2022 dentro del marco participativo de la elaboración de dichos presupuestos. Para ello, la presente resolución establece los principios inspiradores del procedimiento atendiendo a los principios fundamentales de gobierno abierto; las personas que podrán participar en el mismo, con un enfoque inclusivo, teniendo especialmente en cuenta a la diversidad funcional, y con perspectiva de género. Del mismo modo, se ha tenido en cuenta a la participación de la juventud mediante el convenio de colaboración celebrado con el Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana de 13 de abril de 2021; la distribución territorial de los créditos destinados a estos presupuestos participativos, teniendo en cuenta la vertebración del territorio, el equilibrio y la solidaridad con las áreas más desfavorecidas; los espacios y formas de participación, con el objetivo de llegar a la mayor parte posible de la ciudadanía; los órganos de gobernanza del procedimiento y, por último, las fases y plazos del proceso.
Para ello, y en uso de las facultades que le confiere el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, sobre la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat (DOGV 8590, 12.07.2019), el Decreto 179/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (DOGV 8961, 26.11.2020), y de la habilitación para ello en el apartado segundo del Acuerdo del Consell de 9 de abril de 2021, previa deliberación en el Consejo de Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana en sesión de 21 de abril de 2021, resuelvo:
Primero
Aprobar los requisitos, plazos y procedimiento del proceso piloto de participación ciudadana para la elaboración de los primeros presupuestos participativos de la Generalitat para el ejercicio 2022, desarrollado en el anexo I de esta resolución.
Segundo
Aprobar el calendario de ejecución del proceso participativo, durante 2021, para la elaboración de los presupuestos participativos de la Generalitat para 2022, desarrollado en el anexo II de esta resolución.
Tercero
La presente resolución será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra lo dispuesto en la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley de procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso administrativo directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
València, 3 de mayo de 2021.- La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.
ANEXO I
Requisitos, plazos y procedimiento del proceso piloto de participación ciudadana para la elaboración de los primeros presupuestos participativos de la Generalitat para el ejercicio 2022
1. Objeto
El objeto de este procedimiento es aprobar los requisitos, plazos y fases del proceso piloto de participación ciudadana, durante 2021, para la elaboración de los primeros presupuestos participativos de la Generalitat para el ejercicio 2022.
2. Ámbito subjetivo
El presente procedimiento está destinado a la ciudadanía de la Comunitat Valenciana, que podrá decidir el destino de una parte del presupuesto de gasto de la Generalitat para el ejercicio 2022.
3. Principios inspiradores del proceso
El procedimiento de actuación tendrá en cuenta los siguientes principios:
a) La información pública y la transparencia durante todo el proceso para dotar de criterio a las decisiones de la ciudadanía.
b) Garantizar la igualdad y la inclusión en el acceso a las distintas fases de participación de la ciudadanía.
c) Vinculación de los presupuestos participativos a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU promoviendo su difusión y consecución mediante el reconocimiento de estos en las propuestas planteadas por la ciudadanía.
d) La atención a la vertebración territorial en la distribución del presupuesto en las distintas áreas/agrupaciones comarcales, fomentando la solidaridad entre los valencianos y valencianas, y con especial atención a un enfoque de perspectiva de género.
e) La rendición de cuentas en una fase final de evaluación de todo el proceso, así como el seguimiento de la ejecución por el Consell de los proyectos seleccionados.
4. Participantes en el proceso
1. Podrán participar las personas que cumplan los siguientes requisitos, previo registro en el portal de participación ciudadana GVA Participa:
a) Las personas mayores de 16 años que estén empadronadas en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.
b) Las personas menores de 16 años y mayores de 12 que tengan DNI, previa autorización de sus padres o madres, tutores o tutoras o representantes legales.
c) Los valencianos y valencianas residentes en el exterior podrán participar indicando fecha y lugar de su última residencia en la Comunitat.
2. Todas las propuestas presentadas se realizarán a título individual, sin perjuicio de que en la propuesta se indique que se realiza en representación de un colectivo.
5. Acceso al registro en GVA Participa y protección de datos
1. El proceso participativo se realizará, únicamente, en todas sus fases de forma telemática en el portal de participación ciudadana GVA Participa, accediendo a gvaparticipa.gva.es en el apartado «Presupuestos Participativos».
2. Las personas que participen habrán de registrarse en el portal GVA Participa accediendo al apartado «Registrarse», incluyendo los datos siguientes: nombre y apellidos o alias, DNI o NIE, fecha de nacimiento y código postal de residencia.
3. Con el fin de comprobar la identidad de las personas que participan, así como los requisitos de edad o vecindad administrativa, la ciudadanía prestará su autorización expresa a la verificación de los datos requeridos, de conformidad con el artículo 46.3 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
4. La autorización de las personas menores de 16 años y mayores de 12 años se cumplimentará y firmará por su representante, indicando nombre del o la menor, su DNI, edad y municipio de residencia. La autorización se efectuará accediendo a la «Sede Electrónica», o a la Guía PROP, en el apartado «Trámites y servicios» o a través del siguiente enlace https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21470&version=amp
5. Las personas valencianas residentes en el exterior, al inscribirse, indicarán los siguientes datos: nombre y apellidos, correo electrónico, lugar de residencia actual, última población de residencia en la Comunitat Valenciana, DNI, edad y sexo. La inscripción se podrá realizar accediendo a la «Sede Electrónica», o a la Guía PROP, en el apartado «Trámites y servicios» o a través del siguiente enlace https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21540&version=amp
6. En los trámites establecidos en los apartados 4 y 5 de este punto, las personas solicitantes deberán disponer de firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido para la ciudadanía, según lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana, y expedido por la Generalitat o cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
7. Los datos proporcionados en el formulario de registro del GVA Participa serán tratados por parte de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, responsable del tratamiento, con la finalidad de fomentar la participación de la ciudadanía en la gestión de los asuntos públicos de competencia autonómica.
Las personas interesadas en este tratamiento tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, a rectificarlos y a suprimirlos, así como a limitar u oponerse al tratamiento de estos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas respecto a sus datos personales registrados. Podrán ejercer estos derechos mediante escrito dirigido a la persona responsable del tratamiento, acreditando la identificación de la persona interesada, o bien accediendo al trámite telemático de la sede electrónica de la Generalitat (si se dispone de certificado digital): https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=19970
Para obtener más información respecto a las condiciones de este tratamiento, puede acceder a la Política de Protección de datos del GVA Participa en este enlace https://gvaparticipa.gva.es/privacy
6. Créditos destinados a los presupuestos participativos y distribución territorial
a) La Generalitat destinará en el ejercicio 2022 un total de 125 millones de euros sobre los que la ciudadanía podrá decidir de forma directa mediante los presupuestos participativos.
b) Los capítulos presupuestarios abiertos a la participación ciudadana serán: capítulo II (compra de bienes comunes y gastos de funcionamiento), capítulo IV (transferencias corrientes de concurrencia competitiva) y capítulo VI (inversiones reales).
c) El presupuesto podrá destinarse a proyectos de alcance autonómico (de la Comunitat Valenciana en su conjunto) o de área comarcal (atendiendo a criterios geográficos, históricos y poblacionales), distribuidas de la siguiente manera:
1) Comarcas costeras del norte (El Baix Maestrat, La Plana Alta y La Plana Baixa).
2) Comarcas de interior del norte (Els Ports, L'Alt Maestrat, L'Alcalatén, El Alto Mijares y El Alto Palancia).
3) Comarcas de interior (El Rincón de Ademuz, La Serranía, La Plana de Utiel-Requena, La Canal de Navarrés y El Valle de Cofrentes-Ayora).
4) Comarcas de l'Horta (València ciutat, L'Horta Nord y L'Horta Sud).
5) Comarcas del Xúquer-Turia (El Camp de Morvedre, El Camp de Túria, La Hoya de Buñol, La Ribera Alta y La Ribera Baixa).
6) Comarcas centrales (La Safor, La Costera, La Vall d'Albaida, El Comtat, L'Alcoià, La Marina Alta y La Marina Baixa).
7) Comarcas del sur (L'Alt Vinalopó, El Vinalopó Mitjà, El Baix Vinalopó, L'Alacantí y La Vega Baja).
d) Con el fin de garantizar un reparto equilibrado entre las diversas áreas territoriales, el 30 % de los 125 millones de euros (37,5 millones de euros) irá destinado a proyectos de ámbito autonómico, y el 70 % restante (87,5 millones de euros) se distribuirá entre las siete áreas comarcales citadas, atendiendo a criterios de población, índice de tasa de pobreza y despoblamiento, quedando distribuidos de la siguiente manera:
1) Comarcas costeras del norte 9.348.500 €
2) Comarcas de interior del norte 5.418.400 €
3) Comarcas de interior 6.105.400 €
4) Comarcas de l'Horta 22.040.800 €
5) Comarcas del Xúquer-Turia10.167.300 €
6) Comarcas centrales 13.763.500 €
7) Comarcas del sur 20.656.100 €
7. Formas y espacios de participación
a) La ciudadanía podrá participar en los presupuestos participativos autonómicos de las siguientes formas: haciendo propuestas, debatiendo sobre las mismas, dando apoyo a las propuestas presentadas y votando a los proyectos finalistas.
b) Todas las propuestas ciudadanas se realizarán a través del portal GVA Participa gvaparticipa.gva.es, dentro de la pestaña «Presupuestos Participativos». Para que las propuestas puedan ser valoradas y evaluadas deberán estar planteadas en dicho portal.
Además del portal GVA Participa y para favorecer el desarrollo de los debates, se podrá participar de manera complementaria en los siguientes espacios diseñados especialmente para este proceso:
- Las mesas participativas creadas en un proceso participativo en vivo a través de internet, en el que se celebrará una serie de talleres de trabajo y debates públicos que se realizarán en las diversas áreas comarcales a través del chat en directo del acto online, enviando sugerencias, preguntas o reflexiones a los ponentes y debatiendo sobre las ideas que se quieran articular en forma de propuesta.
- El proceso de participación llevado a cabo por el Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana a través de las redes de «Jóvenes en marcha», sesiones presenciales en Institutos de Educación Secundaria, como también desde jornadas con diversas entidades juveniles del todo el territorio autonómico.
- En los órganos de participación institucional de la Generalitat. Para conocer los órganos existentes en la Generalitat podrá consultarse la Guía de Participación Ciudadana de la Generalitat y su sector público.
- En cualquier otro foro de base participativa creado en las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana.
8. Comisiones de gobernanza del proyecto
En cumplimiento de lo establecido por Acuerdo del Consell de 9 de abril de 2021, sobre el proyecto piloto de elaboración participativa del presupuesto de la Generalitat, quedan establecidas las siguientes comisiones de gobernanza del proceso participativo:
a) Comisión mixta de la organización.
Tiene como objeto la organización del proyecto piloto de elaboración de los presupuestos participativos y estará formada por la Secretaria Autonómica de Participación y Transparencia, la Secretaría Autonómica de Hacienda, la Dirección General de Participación Ciudadana y la Dirección General de Presupuestos.
b) Comisión de seguimiento del procedimiento.
Tiene como objeto el seguimiento del procedimiento y validación de las actuaciones necesarias para su impulso. Estará formada por las subsecretarías de Presidencia y de cada uno de los departamentos del Consell, y la presidirá la persona titular de la Secretaría Autonómica de Participación y Transparencia.
c) Comisión técnica de valoración
Tiene como objeto realizar la valoración económica y evaluación técnica de las propuestas que hayan superado la fase de apoyos. La Comisión técnica de valoración estará formada por personal técnico y titulares de los órganos directivos o superiores de la Administración de la Generalitat designados por la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática a propuesta de la Presidencia y el resto de consellerias.
9. Fases, plazos y desarrollo del procedimiento
El proceso participativo de propuesta y votación de los proyectos se desarrollará a lo largo de las siguientes fases:
- Fase de Información y debates.
- Fase de presentación de propuestas.
- Fase de revisión interna de las propuestas
- Fase de apoyos.
- Fase de evaluación de propuestas.
- Fase de publicación de precios.
- Fase de votaciones de los proyectos.
- Fase de resultados.
El calendario del proceso participativo en 2021 se establece en el anexo II de la presente resolución, garantizando a la ciudadanía la información pública necesaria para facilitar su participación en la fase de propuestas, la fase de apoyos y la fase de votaciones.
9.1) Fase de Información a la ciudadanía y debates.
a) El objeto de esta fase es procurar la accesibilidad a la información por parte de la ciudadanía. Los valencianos y las valencianas llamadas a participar deben tener garantizado el derecho a la información plena y ser conocedores del objetivo que se persigue durante todo el proceso con transparencia y honestidad, así como cuáles son los actores llamados a participar y los roles que adopta cada uno de estos, qué espacios se van a utilizar, los límites y el periodo de convocatoria.
b) Se dispondrá de las herramientas necesarias para facilitar el proceso desde el portal GVA Participa disponible en todo momento para la ciudadanía. El proceso de presupuestos participativos se abrirá informando a la ciudadanía de la metodología a seguir y el alcance que tendrá el proceso informativo y de debate, el cual se mantendrá también durante la fase de presentación de propuestas. La metodología del proceso participativo será fundamentalmente online e incluye jornadas, debates y talleres en los diferentes espacios recogidos en el punto 7 de este procedimiento, en las diferentes áreas comarcales del territorio, así como en espacios especialmente dispuestos para la participación de la juventud, donde se informará detalladamente de todo el proceso, disponiendo de un canal directo con el personal colaborador de la Dirección General de Participación Ciudadana habilitado para las dudas o dificultades que pueda tener la ciudadanía en su participación.
9.2) Fase de presentación de propuestas.
a) El objeto de esta fase es brindar a la ciudadanía la posibilidad de proponer, exponer y debatir iniciativas que mejoren la Comunitat Valenciana a través del portal de participación GVA Participa.
b) Para poder ser consideradas en los presupuestos participativos, todas las propuestas deberán presentarse de forma telemática a través del portal GVA Participa.
Podrán presentarse propuestas que tengan: a) Ámbito autonómico; b) Ámbito de un área comarcal de las especificadas en el punto 6 de la presente resolución.
c) Las propuestas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser competencia de la Generalitat, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
- No ir en contra del ordenamiento jurídico. Se analizará si existe alguna normativa contraria a la propuesta.
- No ser contraria al interés general. Ninguna propuesta podrá ser discriminatoria en los ámbitos de género o inclusión, ni atentar contra el principio de igualdad.
- Ser compatible con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.
- El tipo de gasto que produzca la propuesta deberá afectar a los capítulos presupuestarios II (Compra de bienes comunes y gastos de funcionamiento), IV (Transferencias corrientes en concurrencia competitiva) y VI (Inversiones reales). Para facilitar a la ciudadanía la presentación de las propuestas se publicarán ejemplos didácticos en GVA Participa.
- No podrán admitirse propuestas de transferencias corrientes de concesión directa o nominativa.
- No podrán admitirse propuestas abstractas, inconcretas o de una amplitud tal que impida su viabilidad, siendo necesario que su ejecución pueda realizarse en los dos ejercicios presupuestarios siguientes a este proceso (2022-23).
d) Se garantiza a la ciudadanía un mínimo de 15 días naturales para realizar la presentación de sus propuestas.
9.3) Fase de revisión interna de las propuestas.
a) El objeto de esta fase es la verificación de que las propuestas presentadas cumplen los requisitos establecidos para poder ser ejecutadas, en su caso, por la Generalitat.
b) La Dirección General de Participación Ciudadana realizará una revisión interna de las propuestas, comprobando que cumplen cada uno de los requisitos establecidos en el punto 9.2. de esta resolución para que la propuesta pase a la fase de apoyos. La Comisión de seguimiento validará la relación de propuestas que quedan descartadas en esta fase con una sucinta indicación del motivo de su exclusión, y aceptará provisionalmente la relación de propuestas que cumplen con los requisitos mínimos y pueden pasar a la siguiente fase del proceso.
9.4) Fase de apoyos.
a) El objeto de esta fase es dar la oportunidad a la ciudadanía para expresar su apoyo a las propuestas que más se identifiquen con sus intereses.
b) Cualquier persona debidamente registrada en el portal GVA Participa podrá apoyar como máximo 10 propuestas de las que hayan superado la fase de revisión interna, a su total elección, indistintamente del ámbito territorial en el que esté empadronada.
c) Para pasar a la siguiente fase, las propuestas deben recabar, siguiendo un criterio de equidad territorial atendiendo a la población de cada área comarcal, un mínimo de 300 apoyos para una propuesta de ámbito autonómico; de 200 apoyos para las comarcas de l'Horta y para las comarcas del sur; de 150 apoyos para las comarcas centrales; de 100 apoyos para las comarcas del Xúquer-Túria y las comarcas de costa del norte y de 50 apoyos para las comarcas del interior y las comarcas del interior del norte.
c) Con el fin de garantizar al máximo la participación ciudadana, la Comisión de organización podrá reducir el número de apoyos establecidos en el párrafo anterior si el número de propuestas resultara inferior a las previstas inicialmente.
d) Se garantiza a la ciudadanía un mínimo de 15 días naturales para realizar sus apoyos a las propuestas elegidas.
9.5) Fase de evaluación de propuestas.
a) El objeto de esta fase es realizar un estudio técnico de las propuestas que han superado las fases anteriores, estudiando su viabilidad técnica y financiera dentro de los parámetros establecidos en estos presupuestos participativos y su valoración económica.
b) La evaluación de las propuestas ciudadanas que hayan recabado los apoyos suficientes se realizará en un proceso llevado a cabo por la Comisión Técnica de Valoración, convirtiendo cada propuesta en un proyecto con un precio establecido.
c) La evaluación atenderá asimismo al cumplimiento de los siguientes criterios:
- Ser concreta y viable técnicamente. Se estudiará si existe algún impedimento técnico para llevar a cabo la propuesta. Cuando la valoración de una propuesta requiera estudios previos, no se declarará inviable, sino que el coste total previsto incluirá la realización de dicho estudio previo que determinará o no su viabilidad.
- Ser financiable dentro de los capítulos de gasto acordados por el Consell, según Acuerdo de 9 de abril de 2021, y no superar el crédito destinado a cada área territorial establecido en el punto 6 de este procedimiento, debiendo además ser ejecutable en los ejercicios económicos de 2022 y 2023.
- Tratarse de un proyecto no asumido previamente por el departamento competente.
- Cualesquiera otros criterios que a juicio de las personas evaluadoras motiven la inviabilidad de la propuesta, quienes en todo caso deberán motivar las causas que determinen el descarte de la misma.
9.6) Fase de publicación de precios.
Se publican en GVA Participa los precios de los proyectos que hayan superado la fase de evaluación, de manera que la ciudadanía pueda conocer el coste de cada uno de ellos antes de proceder a la votación final.
9.7) Fase de votaciones de proyectos.
a) El objeto de esta fase es que la ciudadanía vote a aquellos proyectos que satisfagan en mayor medida sus intereses.
b) Cualquier persona debidamente registrada en el portal GVA Participa podrá efectuar su voto digital a través de la plataforma. El voto será individual e intransferible. Las personas usuarias de GVA Participa dispondrán de dos bolsas de crédito para la votación: una bolsa para votar proyectos de ámbito autonómico y otra bolsa para votar las propuestas de una de las siete áreas comarcales que se elija. Dentro de estos ámbitos podrá votar a todos aquellos proyectos que elija hasta agotar el crédito disponible en la bolsa correspondiente, sin que sea necesario agotar el mismo.
c) No se podrá votar un proyecto más de una vez.
d) Se garantiza a la ciudadanía un mínimo de 10 días naturales para realizar la votación de las propuestas que más se aproximen a sus intereses.
9.8) Fase de resultados.
a) El objeto de esta fase es dar a conocer a la ciudadanía el resultado final del proceso de consulta, dotando al mismo de la transparencia necesaria y adoptando las medidas oportunas para que las personas que han participado en el proceso puedan ser conocedoras del destino final de sus propuestas.
b) El resultado final del proceso se obtendrá, una vez finalizada la votación, ordenando todos los proyectos de cada área comarcal y los de carácter autonómico por número de votos desde la más votada hasta la menos votada, teniendo en cuenta que cada proyecto incluido no supere el presupuesto restante destinado en ese ámbito. Si un proyecto supera el límite restante, no podrá ser seleccionado y se seleccionará el siguiente con mayor número de votos.
b) En caso de empate a votos de dos o más proyectos se priorizará aquellos que hayan sido registrados primero en el portal GVA Participa.
c) Si dos proyectos seleccionados resultan incompatibles entre sí por la actuación a llevar a cabo, podrá pasar aquel que haya recibido más votos.
d) Para asegurar el correcto funcionamiento de los departamentos del Consell en la ejecución de las propuestas seleccionadas y evitar así una sobrecarga en los mismos, se aplicará un límite de un máximo de un 20 % del crédito total disponible en estos presupuestos participativos para la ejecución de proyectos en cada departamento. En caso de que una vez aplicado este límite se genere algún sobrante, se seleccionará la siguiente propuesta más votada del conjunto de las áreas territoriales que no haya resultado seleccionada.
e) Se garantiza la selección de al menos un proyecto en cada área territorial, de modo que se asumirá el primer proyecto más votado en cada territorio, aunque exceda del 20 % previsto, quedando excluidos los siguientes.
f) Según lo establecido en el Acuerdo del Consell de 9 de abril de 2021, sobre el proyecto piloto de elaboración participativa del Presupuesto de la Generalitat, la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, en la Orden por la cual se dictan las normas para la elaboración del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2022, establecerá las regulaciones necesarias relativas al proyecto de presupuestos participativos de la Generalitat. Las propuestas ciudadanas definitivas derivadas del proceso, se incorporarán a los capítulos de gasto del Presupuesto de 2022 hasta agotar la cuantía destinada a la decisión ciudadana.
9.9. Seguimiento y control del proceso.
La ejecución de los proyectos aprobados por la ciudadanía e incorporados en la Ley de Presupuestos de la Generalitat de 2022 podrá seguirse en el portal GVA Participa a lo largo de los diferentes hitos en el desarrollo de su ejecución en cumplimiento del principio de transparencia y de rendición de cuentas a la ciudadanía.
ANEXO II
Calendario de ejecución del proceso participativo, durante 2021, para la elaboración de los presupuestos participativos de la Generalitat para 2022
1. Fase de información y debates. (Del 6 de mayo al 30 de mayo)
2. Fase de presentación de propuestas. (Del 11 de mayo al 30 de mayo)
3. Fase de revisión interna de las propuestas. (Del 31 de mayo al 8 de junio)
4. Fase de apoyos. (Del 9 de junio al 27 de junio)
5. Fase de evaluación de propuestas. (Del 28 de junio al 12 de septiembre)
6. Fase de publicación de precios. (13 de septiembre)
7. Fase de votaciones de los proyectos. (Del 14 de setiembre al 30 de septiembre)
8. Fase de resultados. (28 de octubre)
Al tratarse de un proyecto piloto y con fin de ajustar al máximo los tiempos del procedimiento, se establece el presente calendario sin perjuicio de su eventual modificación, si fuera necesario, para adaptar los tiempos de las distintas fases del proceso con la finalidad de garantizar la participación de la ciudadanía. Estas eventuales modificaciones se publicarán en GVA Participa, con antelación suficiente.
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