Legislación

Resolución de 3 noviembre de 2021, por la que se aprueba la primera modificación de la Resolución de 8 de septiembre de 2021, por la que se acuerda la aplicación en Cantabria de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros universitarios en el curso 2021-2022., - Boletín Oficial de Cantabria, de 10-11-2021

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE UNIVERSIDADES, IGUALDAD, CULTURA Y DEPORTE

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 216

F. Publicación: 10/11/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 216 de 10/11/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su artículo 9 que 'las administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.

En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal, que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas'.

El día 11 de mayo de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 34 la Resolución de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La citada resolución establece en su apartado 77.2 que 'la actividad lectiva de carácter presencial en los centros docentes universitarios, públicos y privados, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria se regirá por las resoluciones en materia de desinfección, prevención, acondicionamiento y organización que adopte la Consejería competente en materia de universidades, que deberán ser informadas por la Dirección General de Salud Pública. Sin perjuicio de lo anterior, en ejecución y desarrollo de dichas resoluciones, las universidades podrán adoptar protocolos propios'. Con fecha 21 de septiembre de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 182 la Resolución de 8 de septiembre de 2021, por la que se acuerda la aplicación en Cantabria de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros universitarios en el curso 2021-2022.

En el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 84, de 19 de octubre de 2021, fue publicada la Resolución de 19 de octubre de 2021 por la que se aprueba la vigesimosexta modificación de la mencionada Resolución de 11 de mayo de 2021, la cual introduce un nuevo nivel de riesgo denominado 'nivel de riesgo controlado'. La introducción del nuevo nivel de riesgo responde a la evolución epidemiológica del SARS-CoV-2, y tiene como principal consecuencia la eliminación de aforos sin perjuicio del mantenimiento de la distancia mínima interpersonal. En el caso de que no resultase posible mantener dicha distancia, se establece que se adoptarán las medidas generales de higiene y prevención adecuadas.

La nueva clasificación de niveles de riesgo en el control de la pandemia, motiva la necesidad de introducir una modificación en la citada Resolución de 8 de septiembre de 2021, de manera que se incorpore la posibilidad de excepcionar la obligación general de mantener la distancia mínima interpersonal en el nivel de riesgo controlado, cuando la misma no sea posible. Para el resto de niveles de riesgo, se mantienen las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a Covid-19 contempladas en la Resolución de 8 de septiembre de 2021.

En consideración a lo expuesto, el consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada y en el artículo 35 f) de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria:

RESUELVE

PRIMERO.- Modificación de la Resolución del consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte de 8 de septiembre de 2021, por la que se acuerda la aplicación en Cantabria de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros universitarios en el curso 2021-2022.

Se modifica el apartado primero mediante la adicción de un segundo párrafo con la siguiente redacción:

'En el nivel de riesgo controlado previsto en la Resolución de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuando no sea posible mantener la distancia mínima interpersonal, se adoptarán las medidas generales de prevención, higiene y promoción de la salud adecuadas'.

SEGUNDO.- La presente Resolución surtirá efectos el día de la notificación de la misma a las Universidades incluidas en su ámbito de aplicación.

Santander, 3 de noviembre de 2021.

El consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte

Pablo Zuloaga Martínez.