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Resolución de 30 de diciembre de 2019 de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por la que se aprueban los elementos de acreditación profesional de los Agentes del Juego, pertenecientes al Servicio de Gestión y Tributación del Juego., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 17-01-2020

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 13

F. Publicación: 17/01/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 13 de 17/01/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia y Hacienda

Agencia Tributaria de la Región de Murcia

197 Resolución de 30 de diciembre de 2019 de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por la que se aprueban los elementos de acreditación profesional de los Agentes del Juego, pertenecientes al Servicio de Gestión y Tributación del Juego.

El artículo 11.3 de la Ley 2/1995, de 15 de marzo, reguladora del juego y apuestas en la Región de Murcia, atribuye a la actual Consejería de Presidencia y Hacienda el control, inspección, y en su caso, sanción administrativa de las actividades del juego y apuestas, así como de las empresas y locales donde se gestiona y practique, considerando a estos efectos, como agente de la autoridad al personal que realice estas funciones, pudiendo acceder a fincas, locales y demás establecimientos o lugares donde se desarrollen actividades de juego.

La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, por la que se crea la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, le atribuye en su artículo 29.2.f), el ejercicio de las funciones que la normativa autonómica en materia de juego atribuye a la consejería competente en materia de hacienda.

La Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 5 de junio de 1998, por la que se regula el funcionamiento de las actividades de vigilancia y control en materia de juego y apuestas, reconoce en los apartados 3 y 5, del artículo 3 a los Agentes de Juego como personal habilitado para la vigilancia y control en materia de juego y apuestas y recoge las funciones que se le asignan a estos funcionarios, las cuales expresan por si mismas su especial naturaleza.

Por medio de la Resolución de 4 febrero de 2013, de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, se determinaron las características del modelo de tarjeta de identidad de los empleados públicos que desempeñan determinadas funciones en la Agencia Tributaria, entre la que se encontraba la de los Agentes de Juego.

Sin embargo, no se contempla en dicho modelo de tarjeta de identidad, para los agentes de juego, el distintivo-insignia que deberá incorporarse a ella en razón a las concretas actividades de vigilancia y control en materia de juego que los mismos realizan, que las distinga de las tarjetas de identidad del resto de funcionarios de la Agencia Tributaria, con las que guardan similitud en su imagen y formato.

Se considera por ello necesario que los Agentes de Juego, puedan acreditar su identidad en sus relaciones con los ciudadanos, logrando una correcta y rápida identificación visual como funcionarios pertenecientes al citado Servicio, favoreciendo al mismo tiempo, la modernización y dignificación de la imagen de los mismos, sin perjuicio de mantener la vigencia de la citada Resolución de 4 febrero de 2013, en lo que se refiere a la identificación del personal que desempeña ciertas funciones en el Organismo Autónomo.

En virtud de lo anterior,

Resuelvo:

Primero. Aprobación de los elementos de acreditación profesional de los Agentes del Juego del Servicio de Gestión y Tributación del Juego.

Se aprueban los modelos de Placa de Identificación Profesional y Cartera porta elementos de acreditación oficial, cuya descripción figura como Anexo a esta Resolución, para los empleados públicos que desempeñen las funciones de vigilancia y control en materia de juego y apuestas en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

Segundo. Placa de Identificación Profesional.

La Placa de Identificación Profesional acredita de forma inmediata a su usuario como Agente de Juego, adscrito al Servicio de Gestión y Tributación del Juego de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, e identifica, así mismo, a cada uno de sus miembros mediante un número de identificación específico para cada usuario, troquelado en la misma.

Las características y contenidos de la Placa de Identificación Profesional se ajustarán a lo establecido en el Anexo 1 de esta Resolución.

Tercero. Cartera porta elementos de acreditación.

Todos los elementos de acreditación deberán portarse siempre juntos en una cartera porta elementos de acreditación y deberán exhibirse en dicha cartera oficial, según lo establecido en la presente Resolución.

Las características de dicha cartera se ajustarán a lo establecido en el Anexo de esta Resolución.

Cuarto. Uso de los elementos de acreditación.

Estos elementos de acreditación tienen carácter personal e intransferible y deberán portarse siempre que se preste servicio, no pudiendo utilizarse para otra finalidad distinta de la de identificarse, en caso necesario ante los ciudadanos.

En el caso de uso indebido o negligente de los elementos de acreditación, será de aplicación la normativa vigente en materia de régimen disciplinario de la Administración Regional.

Quinto. Entrega y retirada.

Los elementos de acreditación serán expedidos y suministrados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

Producido el cese en el puesto de trabajo, el titular de los mismos deberá proceder a la devolución a la Jefatura de Servicio de Gestión y Tributación del Juego.

Sexto. Sustitución de los elementos de acreditación.

En caso de sustracción, deterioro o pérdida, su titular deberá comunicarlo por escrito a la Jefatura de Servicio de Gestión y Tributación del Juego, en el plazo de cuarenta y ocho horas, a los efectos de control y de expedición de unos nuevos elementos de acreditación.

Séptimo. Aplicación.

Esta Resolución será aplicable a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 30 de diciembre de 2019.-La Directora de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Sonia Carrillo Mármol

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NPE: A-170120-197