RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se fijan los precios máximos para el año 2021 de los servicios de residencia de tiempo libre de la Generalitat y se determinan los periodos de funcionamiento, las fechas de las temporadas altas y especiales y los turnos de la temporada alta de verano. [2021/6205], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 03-06-2021
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Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9099
F. Publicación: 03/06/2021
El artículo 3 de la Orden de 8 de abril de 1998, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se establece el régimen de funcionamiento y estancias de las residencias de tiempo libre de la Generalitat, dispone que los precios máximos de los servicios prestados por las mismas serán autorizados con carácter anual mediante la correspondiente resolución.
Por otra parte, el artículo 12, relativo al periodo de funcionamiento, fija como temporada especial la semana de fiestas de San José en la residencia de El Puig de Santa Maria, añadiendo que, por resolución del conseller competente, podrá extenderse tal carácter a otras fechas. Asimismo, dispone que las fechas que comprende la temporada alta y los turnos en que se divida podrán ser modificadas por resolución de este.
La presente resolución determina los precios máximos correspondientes a la prestación de servicios para el ejercicio 2021, a la vista de los datos publicados sobre la variación de los índices de precios al consumo desde la última actualización llevada a cabo para el ejercicio 2020; y se determinan los periodos de funcionamiento, fechas de las temporadas altas y especiales y turnos de la temporada alta de verano de la residencia de El Puig de Santa Maria.
Por lo expuesto, visto el informe propuesta de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, resuelvo:
Primero
Autorizar al concesionario de la residencia de tiempo libre de la Generalitat de El Puig de Santa Maria a percibir, por los servicios que preste a los usuarios en el año 2021, los precios máximos que se determinan en el anexo de la presente resolución.
Segundo
Las fechas en las que debe regir la temporada especial correspondiente a la Semana Santa y Fallas de 2021 son las siguientes:
- Semana Santa: del 2 al 5 de abril.
- Semana de Fallas: del 1 al 5 de septiembre.
Tercero
Las fechas que comprenden las temporadas altas son las siguientes:
- Verano: Se establece entre los días 1 de junio y el 30 de septiembre.
- Navidad: Se establece desde el 24 de diciembre al 6 de enero.
El período de temporada alta de verano se distribuirá de dos formas atendiendo a la duración de los turnos:
- Para los períodos comprendidos entre el 1 y el 30 de junio, y entre el 11 y el 30 de septiembre, se establece una estancia con duración mínima de 3 días y máxima de 15.
- El período comprendido entre el 1 de julio y el 11 de septiembre, se distribuirá en turnos de 10 días, según la tabla siguiente:
Turno 1. Del 1 de julio al 11 de julio.
Turno 2. Del 11 de julio al 21 de julio.
Turno 3. Del 21 de julio al 31 de julio.
Turno 4. Del 1 de agosto al 11 de agosto.
Turno 5. Del 11 de agosto al 21 de agosto.
Turno 6. Del 21 de agosto al 31 de agosto.
Turno 7. Del 31 de agosto al 11 de septiembre.
Cuarto
La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 31 de mayo de 2021.- El conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo: Rafael Climent González.
ANEXO
Precios máximos autorizados que podrá percibir el concesionario de la residencia de tiempo libre de El Puig de Santa Maria en el año 2021
Precios por servicios de estancias en régimen de pensión completa:
1) Precios que regirán en la temporada baja/media:
- 37,99 euros, por persona y día, en habitación de dos o más plazas ocupadas.
- 53,05 euros, por persona y día, en habitación de ocupación individual.
2) Precios que regirán en las temporadas altas y especiales establecidas:
- 49,23 euros, por persona y día, en habitación de dos o más plazas ocupadas.
- 66,97 euros, por persona y día, en habitación de ocupación individual.
3) Precios por los demás servicios
Servicios de restauración a no residentes:
- Abono semanal: 157,41 euros.
- Abono diario: 24,54 euros.
- Desayuno: 2,59 euros.
- Comida: 13,01 euros.
- Cena: 11,42 euros.
Servicio de lavandería: 7,06 euros.
Garaje: 5,26 euros.
Los precios fijados según la relación anterior, no incluyen las consumiciones de cafetería, servicios discrecionales de animación, ni otras actividades de ocio en que participen voluntariamente los residentes, organizadas por estos, o concertadas por los mismos con el concesionario de la residencia, o con empresas turísticas.
A todos los precios se les repercutirá el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente al tipo impositivo vigente en el momento del nacimiento de la obligación de pago del servicio.
4) Descuentos a aplicar a los precios anteriores:
En todas las temporadas:
- Niños y niñas menores de 2 años cumplidos, en habitación con sus responsables: exentos.
- Niños y niñas de 2 hasta 12 años, en habitación con sus responsables: 50 %.
En temporada media/baja:
- Grupos de 25 o más personas, adultas o mayores de 12 años: 10 %.
- Personas mayores de 60 años, o con diversidad funcional: 15 %.
5) Recargos:
- Servicios de restauración, en domingos y festivos, a no residentes que carezcan de bono: 10 %.
- Estancias de duración inferior a tres días, en temporada media-baja y alta no veraniega: 20 %.
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