Resolucion 430/38001/2016, de 7 de enero, de la Direccion General de Personal, para la aplicacion de lo previsto en el articulo 48.2 de la Ley Organica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. - Boletín Oficial del Estado de 09-01-2016
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Enero de 2016
F. entrada en vigor: 29/01/2016
Órgano emisor: MINISTERIO DE DEFENSA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 8
F. Publicación: 09/01/2016
El artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, para poder acceder al Consejo de Personal, deberán contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a las que se refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica, con un determinado porcentaje de afiliados en función de las categorías militares a las que estén abiertos sus Estatutos.
El objeto de esta resolución es dar cumplimiento al mandato contenido en el citado artículo 48.2, haciendo públicos los datos sobre los efectivos que en el mismo se indican.
En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.2 del Reglamento del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 910/2012, de 8 de junio, dispongo:
Apartado único. Efectivos.
A los efectos de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y a fecha 31 de diciembre de 2015, los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a que se refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica son:
| Categoría militar |
Número de efectivos indicados en el artículo 48.2 de la Ley Organica 9/2011, de 27 de julio |
| Oficiales |
26.008 |
| Suboficiales |
29.251 |
| Tropa y Marinería |
77.374 |
| Total |
132.633 |
Madrid, 7 de enero de 2016.-La Directora General de Personal del Ministerio de Defensa, Adoración Mateos Tejada.
