Legislación

Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales colegiados y Tribunales de Instancia conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. - Boletín Oficial del Estado de 12-11-2025

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Diciembre de 2025

F. entrada en vigor: 12/11/2025

Órgano emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 272

F. Publicación: 12/11/2025

Documento oficial en PDF: Enlace


Preambulo
ESTRUCTURA DE LA OFICINA JUDICIAL PARA LOS TRIBUNALES COLEGIADOS Y TRIBUNALES DE INSTANCIA CUYA COMPETENCIA RECAE SOBRE EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la resolución. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Aspectos generales sobre la estructura de la oficina judicial. Artículo 4. Definición de las unidades que se integran en la oficina judicial.
CAPÍTULO II. Servicios comunes de tramitación
Artículo 5. Concepto y dotación de puestos. Artículo 6. Servicios que prestan los servicios comunes de tramitación. Artículo 7. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes de tramitación.
CAPÍTULO III. Servicios comunes generales
Artículo 8. Concepto y dotación de puestos. Artículo 9. Servicios que prestan los servicios comunes generales. Artículo 10. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes generales.
CAPÍTULO III. Servicios comunes de ejecución
Artículo 11. Concepto y dotación de puestos. Artículo 12. Servicios que prestan los servicios comunes de ejecución. Artículo 13. Funciones que desarrolla el personal destinado en los servicios comunes de ejecución.
CAPÍTULO V. Disposiciones comunes a la organización de los servicios comunes
Artículo 14. División de los servicios comunes en áreas. Artículo 15. Régimen de constitución, organización y funcionamiento de los equipos y grupos de trabajo.
CAPÍTULO VI. Servicios transversales a las diferentes unidades de la oficina judicial
Artículo 16. Servicio de guardia. Artículo 17. Coordinación con la oficina fiscal. Artículo 18. Coordinación con las oficinas de justicia en los municipios. Artículo 19. Coordinación con equipos de medios adecuados de solución de controversias provinciales. Artículo 20. Horario especial. Artículo 21. Dedicación especial. Artículo 22. Centros penitenciarios. Artículo 23. Puestos de trabajo destinados a la atención de funciones gubernativas. Artículo 24. Oficinas del Registro Civil. Artículo 25. Oficinas de Justicia en los municipios. Artículo 26. Estadística e informes. ANEXO I ANEXO II