Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica el modelo 029 de autoliquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y se establece el régimen de autoliquidación en el mencionado impuesto. [Cód. 2022-01022], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 23-02-2022
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Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 37
F. Publicación: 23/02/2022
Por Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Consejería de Hacienda, se aprobaba en su dispositivo primero, el modelo 029 de autoliquidación del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de diciembre de 2020.
Posteriormente, fue necesario modificar las instrucciones que acompañan al modelo referido, lo que se llevó a cabo mediante Resolución de 26 de julio de 2021, de la Consejería de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 11 de agosto de 2021.
Una vez publicado el referido modelo, que tal y como se establecía en la primera de las Resoluciones citadas, era de utilización obligatoria para los hechos imponibles que se devengaran a partir del 1 de enero de 2021, así como su primera modificación, se dictó la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de fecha 26 de octubre de 2021, que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dejando un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad.
En respuesta al mandato del Alto Tribunal de llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto como consecuencia de la dicha sentencia, así como integrar la doctrina contenida en las sentencias 59/2017, de fecha 11 de mayo de 2017 126/2019, de fecha 31 de octubre de 2019, al objeto de dar unidad a la normativa del impuesto y cumplir con el principio de capacidad económica, se aprobó el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Este Real Decreto-Ley fue convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados de fecha 2 de diciembre de 2021 (BOE de 11 de diciembre de 2021).
Tras la aprobación y posterior convalidación de este Real Decreto-Ley se ha visto necesario modificar el modelo 029 aprobado y las instrucciones que lo acompañan, para permitir la determinación, a instancia del sujeto pasivo, de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por el Sistema de Estimación Directa si fuera menor que la determinada por el Sistema de Estimación Objetiva.
Por lo anterior, en virtud de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en uso de la habilitación conferida y al amparo de lo dispuesto en el artículo 38, letra i) de la Ley de Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, y el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración,
RESUELVO
Primero.-Modificar el modelo 029 de autoliquidación del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, aprobado por Resolución de 18 de diciembre de 2020, de la Consejería de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de diciembre de 2020, y modificado por Resolución de 26 de julio de 2021, de la Consejería de Hacienda publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 11 de agosto de 2021.
Segundo.-El nuevo modelo 029, que figura como anexo a la presente Resolución, consta de tres ejemplares: uno para la Administración, otro para el interesado y el tercero para la entidad colaboradora.
Tercero.-La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y el nuevo modelo 029 será de utilización obligatoria, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Oviedo, a 8 de febrero de 2022.-La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.-Cód. 2022-01022.
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