Resolución de 8 de junio de 2020 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se levanta la suspensión temporal de la atención presencial a usuarios de las Oficinas de Empleo del Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia con motivo del COVID-19., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 12-06-2020
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVERSIDADES
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 134
F. Publicación: 12/06/2020
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Investigación y Universidades
Servicio Regional de Empleo y Formación
| 2786 | Resolución de 8 de junio de 2020 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se levanta la suspensión temporal de la atención presencial a usuarios de las Oficinas de Empleo del Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia con motivo del COVID-19. |
Mediante Resolución de 13 de marzo de 2020, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, se declaró la suspensión temporal de la atención presencial a los usuarios de las Oficinas de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia, como consecuencia de la evolución del coronavirus (COVID-19), manteniéndose la atención vía telefónica y telemática.
Llegado este momento, en que por la autoridad competente se ha establecido un plan de desescalada de la pandemia por fases, y hallándose la Región de Murcia en la Fase 3 de dicho proceso de desescalada, el Servicio Regional de Empleo y Formación reinicia la atención presencial en las oficinas de empleo, y establece un plan para ir incrementando de manera gradual dicha atención, en función del cumplimiento riguroso de las recomendaciones y pautas establecidas por las autoridades sanitarias, lo que determina que dicha atención presencial deba prestarse inexcusablemente mediante un sistema de cita previa.
Del mismo modo, la Orden de 2 de mayo de 2020 de la Consejería de Presidencia y Hacienda por la que se establece el procedimiento y medidas organizativas para la recuperación gradual de la actividad administrativa presencial en la prestación de servicios públicos en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia, indica que dicho retorno a la normalidad debe realizarse de forma gradual para garantizar la seguridad y salud de todo el personal y evitar la posibilidad de nuevos contagios.
En atención a ello, así como al necesario cumplimiento de medidas específicas para la atención presencial al público, se establece tanto la obligatoriedad de los ciudadanos de acudir a las oficinas mediante el sistema de cita previa, como las limitaciones del aforo máximo de las oficinas, lo que implica que la atención presencial se reanude de forma gradual o progresiva
En consecuencia se prevé un proceso gradual de vuelta a la atención presencial, incrementándose paulatinamente el número de usuarios que puedan acudir a las oficinas de empleo en función de las medidas sanitarias vigentes.
Así mismo y para mantener los niveles de servicio y atención al ciudadano se contempla el mantenimiento de la atención telemática y telefónica de forma complementaria a la atención presencial que tendrá limitado el número medio de ciudadanos a atender diariamente, con respecto a la situación anterior a la pandemia.
En su virtud,
Resuelvo:
Primero.- Levantar la suspensión de la atención presencial a los usuarios de las Oficinas de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación, acordada con fecha 13 de marzo de 2020, a partir del día 15 de junio de 2020.
Segundo: Establecer con carácter obligatorio el sistema de Cita Previa para poder acceder y ser atendido en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia, respetando en todo momento las medidas de seguridad e higiene que tengan establecidas las autoridades sanitarias, siendo preceptivo, entre otras medidas, el uso de la mascarilla en el interior de las oficinas.
Tercero: Mantener la atención al público a través de medios telemáticos y telefónicos para complementar la atención presencial. Los medios telemáticos y telefónicos preferentes estarán a disposición de los usuarios en el Portal del SEF www.sefcarm.es. De la atención telemática y telefónica se deducirá, en su caso, la necesidad de una atención presencial.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
La Directora General del Servicio Regional de Empleo y formación, María Isabel López Aragón.
NPE: A-120620-2786
