Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se modifica la de 3 de julio de 2024, por la que se actualiza el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética., - Boletín Oficial del Estado, de 14-11-2024
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Ambito: BOE
Órgano emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 275
F. Publicación: 14/11/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se modifica la de 3 de julio de 2024, por la que se actualiza el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
La Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética, desarrolla el artículo 18 del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético, y recoge en su anexo I el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
Dicho catálogo contiene una serie de fichas técnicas relativas a aquellas actuaciones de eficiencia energética fácilmente replicables que podrán dar derecho a la emisión de Certificados de Ahorro Energético (en adelante, CAE), siempre y cuando se cumplan los requisitos, se adjunte la documentación indicada y se realice el cálculo de la cantidad de ahorro generado por la actuación según la metodología especificada en la ficha correspondiente.
El catálogo se constituyó como un documento con carácter dinámico, en previsión de que se fueran introduciendo (o modificando, o retirando) fichas de medidas estandarizadas recogidas en él, cubriendo así gradualmente las múltiples opciones de ahorro energético en los distintos sectores consumidores de energía.
En este sentido, y para que el procedimiento de revisión sea ágil, el artículo 3 de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, permite revisar, ampliar y actualizar el catálogo mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Política Energética y Minas (ahora, Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, en virtud del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales), que podrá modificar el anexo I de la citada orden, incluyendo en el catálogo nuevas fichas, retirando o modificando las fichas contenidas en el mismo.
En el año 2023 se publicaron el catálogo original en la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, y la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modificaba el anexo I de dicha orden. Desde entonces, se ha seguido trabajado tanto en incrementar el número de tecnologías, como en mejorar las fichas ya existentes; todo ello en aras de, por una parte, medir los ahorros energéticos con la mejor precisión; y por otra, simplificar trámites y reducir cargas administrativas para todos los agentes que participan en el Sistema de CAE. En este sentido, con fecha 3 de julio de 2024 fue emitida la Resolución de la Dirección General de Política y Coordinación Energética, por la que se actualiza el anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética, incluyendo en esta actualización todas las fichas publicadas en 2023, con cambios, junto con las fichas nuevas, y poniendo así a disposición de todos los agentes del sistema una única versión actualizada y consolidada del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
En este carácter dinámico del catálogo, se han manifestado una serie de mejoras que afectan a varias fichas del sector transporte, dando más precisión a la medida de los ahorros calculados y que, por lo tanto, suponen una actualización de su contenido.
Las mejoras introducidas son las siguientes:
1. Mejora en el consumo de referencia para vehículos M1.
En varias fichas, se ofrecía como consumo de referencia el valor de 0,496 kWh/km. Utilizando el informe oficial de la Comisión que se publica en virtud del artículo 12, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la evolución de la disparidad entre las emisiones reales de CO2 de los turismos y los vehículos industriales ligeros y que expone los conjuntos de datos reales anonimizados y agregados a que se refiere el artículo 12 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/392 de la Comisión, se proceden a considerar los consumos de gasolina de 7,89 l/100km y de diésel de 6,88l/100km, en vez de la media calculada a partir de los datos de la base de datos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) que se utilizaban en las fichas aprobadas con fecha 3 de julio de 2024 por la Dirección General de Política y Coordinación Energética.
Por lo tanto, y considerando las estadísticas de composición del parque español, se propone un nuevo consumo de referencia de 0,705 kWh/km para la totalidad del parque de turismos.
Este cambio se introduce en las fichas TRA020: Sistema de telemetría y geoposicionamiento en flota de transporte, TRA030: Vehículo compartido en trayectos de largo recorrido, TRA040: Movilidad colaborativa urbana y metropolitana y TRA050: Sustitución de vehículo de combustión por un vehículo eléctrico puro.
2. Mejora en la fórmula del cálculo de ahorros de la ficha TRA050: Sustitución de vehículo de combustión por un vehículo eléctrico puro.
Se mejora la fórmula establecida para calcular los ahorros energéticos que figuran en la ficha TRA050, que en su literalidad reducía los ahorros reales en una cantidad considerable, y que queda corregida en esta nueva versión.
3. Mejoras en la ficha TRA020: Sistema de telemetría y geoposicionamiento en flota de transporte.
En esta ficha, se modifica la fórmula establecida para calcular los ahorros energéticos para referir los consumos a la situación anterior y no a consumos medios, se amplía el ámbito de aplicación y se introducen algunas aclaraciones y mejoras menores.
4. Igualmente, se han introducido algunas mejoras menores de redacción en todas estas fichas que no afectan al cálculo de los ahorros.
Teniendo todo esto en cuenta, esta Dirección General, en virtud de las competencias que le atribuyen el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, y el Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, resuelve:
Primero.
Actualizar del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética, sustituyendo las fichas TRA020: Sistema de telemetría y geoposicionamiento en flota de transporte, TRA030: Vehículo compartido en trayectos de largo recorrido, TRA040: Movilidad colaborativa urbana y metropolitana y TRA050: Sustitución de vehículo de combustión por un vehículo eléctrico puro del anexo I de la Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por las que se actualiza el anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética, por las que aparecen en el anexo A de la presente resolución.
Segundo.
Establecer que la presente resolución surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el titular de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética o ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, siendo este último órgano el competente para resolverlo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.–El Director General de Planificación y Coordinación Energética, Víctor Marcos Morell.
ANEXO A
Fichas modificadas del Catálogo de fichas técnicas de medidas estandarizadas de eficiencia energética
ÍNDICE
TRA020: Sistema de telemetría y geoposicionamiento en flota de transporte.
TRA030: Vehículo compartido en trayectos de largo recorrido.
TRA040: Movilidad colaborativa urbana y metropolitana.
TRA050: Sustitución de vehículo de combustión por un vehículo eléctrico puro.
(ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)
