Legislación

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban los modelos de certificados de las instalaciones para suministro a vehículos., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 29-10-2018

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, EMPLEO Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 258

F. Publicación: 29/10/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 258 de 29/10/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

El Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, establece en su artículo 8 que para la puesta en servicio de las instalaciones afectadas por dicho reglamento será necesario presentar ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, entre otros, el Certificado en el que se haga constar que la instalación reúne las condiciones reglamentarias, se ajusta al proyecto o documento presentado, su funcionamiento es correcto y se han realizado las pruebas correspondientes, exigidas en las Instrucciones técnicas complementarias de este Reglamento . Asimismo, establece que Este certificado será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control de los que se refiere el artículo 15 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria .

En virtud de lo anterior, por medio de la Resolución de 16 de mayo de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se establecieron los modelos oficiales de certificado para la puesta en servicio de nuevas instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos para suministro a vehículos que no sean propiedad del titular de la instalación o se produce un cambio de depositario de producto y sus modificaciones sustanciales.

Sin embargo, en desarrollo del citado reglamento se ha aprobado el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 Instalaciones para suministro a vehículos y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas, que establece nuevas condiciones técnicas a las instalaciones petrolíferas para suministro a vehículos.

En el apartado 14.1.1 de la citada instrucción técnica complementaria, refiriéndose a las instalaciones con proyecto, se indica que Será preciso la presentación, ante el órgano territorial competente, del correspondiente proyecto técnico y certificado final de obra de la dirección facultativa, firmado por técnico titulado competente .

Por su parte, el apartado 14.1.2 de la misma instrucción técnica complementaria establece que en el caso de instalaciones sin proyecto será suficiente la presentación ante el órgano territorial competente, de documento (memoria resumida y croquis) en el que se describa y detalle la instalación, y certificado final acreditativo de la adaptación de las instalaciones a esta ITC, responsabilizándose de la instalación, firmados ambos por un instalador de PPL de la empresa instaladora de la obra .

Por ello, es necesario aprobar unos nuevos modelos de certificados a usar por la dirección facultativa o por la empresa instaladora de la obra.

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas, y el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, en relación con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones concordantes.

Conforme al artículo 4 apartado g) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid se ha solicitado informe a la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

Vistos los preceptos legales citados y demás legislación que le fuera de aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo 1

Modelo de certificado final de obra

Se aprueba el modelo de Certificado final de obra de instalación para suministro a vehículos , que se adjunta como Anexo I, a los efectos regulados en el artículo 12.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 2

Modelo de certificado de instalador PPL

Se aprueba el modelo de Certificado PPL de instalación para suministro a vehículos , que se adjunta como Anexo II, a los efectos regulados en el artículo 12.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 3

Obligatoriedad de uso de los modelos de certificados

La utilización de dichos modelos de certificados tendrá carácter obligatorio en la tramitación administrativa de registro de las instalaciones de suministro a vehículos en las que se produce un cambio de depositario del producto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 8 de octubre de 2018.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Francisco Javier Abajo Dávila.

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

(03/33.203/18)