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RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2014, de la Delegación Territorial de Segovia, por la que se aprueba la Modificación de las Ordenanzas de Pastos de los terrenos sometidos a ordenación común, de la Comisión Gestora Municipal de El Cubillo., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 19-05-2014

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 93

F. Publicación: 19/05/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 93 de 19/05/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

Primero.- Que con fecha 24 de febrero de 2014 fueron presentadas ante el Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Segovia el acta de la Comisión de Pastos de la Comisión Gestora Municipal de EL CUBILLO, de fecha 17 de diciembre de 2013 por la que se elaboraba el proyecto de Modificación de las Ordenanzas de Pastos, el Acta del Pleno Informativo celebrado el 21 de enero de 2014, sobre el Proyecto de Modificación de dichas Ordenanzas de pastos con las alegaciones formuladas al mismo y el apoyo expreso conferido a cada una de las mismas por los agricultores y ganaderos afectados, así como el acta de la Comisión de Pastos de fecha 13 de febrero de 2014, que recogía la propuesta definitiva de la Modificación de las Ordenanzas de Pastos.

Segundo.- Que ha sido recibida toda la documentación a que se ha hecho referencia, una vez expuesto al público, durante quince días, el proyecto de Modificación de las Ordenanzas para la formulación de alegaciones por escrito, en el tablón de anuncios de la Comisión Gestora Municipal, y remitido para su exposición durante el mismo plazo al Ayuntamiento correspondiente al ámbito territorial de aplicación de las Ordenanzas, y a la Entidad Local afectada por las mismas, para la presentación de dichas alegaciones.

Tercero.- Que el día 9 de abril de 2014, la Junta Provincial de Fomento Pecuario informó favorablemente el contenido de la propuesta definitiva de la Modificación de las Ordenanzas de Pastos, al comprobar su acomodo al cumplimiento de los requisitos contemplados en el Art. 32 del Decreto 307/1999, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios Locales («B.O.C. y L.» n.º 239, de 14 de diciembre).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Órgano competente para la aprobación de las Ordenanzas es el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en cada provincia, en virtud de lo dispuesto en los artículos 25.1 y 32.3 d) del Decreto 307/1999, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios Locales («B.O.C. y L.» n.º 239, de 14 de diciembre).

Segundo.- El artículo 32.3 d) del Decreto 307/1999, de 9 de diciembre, disponen que: «El Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, previo informe de la Junta Provincial de Fomento Pecuario, elevará la propuesta al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León, quien resolverá en el plazo de 2 meses contados desde la fecha del registro de la propuesta elaborada por la Junta Agropecuaria Local. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá aprobada la propuesta de Ordenanzas».

Tercero.- El artículo 32.4 del Decreto 307/1999, de 9 de diciembre, establecen que la aprobación de las Ordenanzas tendrá una duración indefinida, entrando en vigor el primer día del año ganadero siguiente al de su aprobación.

RESUELVO

A la vista de la documentación presentada y en base a los fundamentos de derecho antedichos, declarar aprobada la Modificación de las Ordenanzas de Pastos del ámbito territorial de EL CUBILLO, la cual tendrá una duración indefinida y entrará en vigor el primer día del año ganadero siguiente al de su aprobación.

Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de Alzada ante el Director General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural en el plazo de 1 mes, a contar desde la notificación de la presente resolución, en virtud de lo preceptuado en el Art. 35 del Reglamento.

Segovia, 9 de abril de 2014.

El Delegado Territorial, Fdo.: Francisco Javier López-Escobar Anguiano