Legislación

RESOLUCIÓN ACC/2963/2021, de 29 de septiembre, del director de la Agencia Catalana del Agua, por la que se declara la entrada en estado de sequía pluviométrica severa de 9 Unidades de Explotación, la entrada en estado de prealerta por sequía hidrológica de un total de 8 Unidades de Explotación, y la entrada en estado de alerta por sequía hidrológica de la Unidad de Explotación del Acuífero Carme-Capellades., - Diario Oficial de Cataluña, de 06-10-2021

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE ACCION CLIMATICA, ALIMENTACION Y AGENDA RURAL

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8517

F. Publicación: 06/10/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 8517 de 06/10/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

El Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía, aprobado por Acuerdo GOV/1/2020, de 8 de enero, incluye las reglas de explotación de los sistemas y las medidas a aplicar en relación con el dominio público hidráulico, con el objeto de minimizar los efectos de los episodios de sequía, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan hidrológico nacional; la definición de las unidades de explotación en que se organiza el distrito de cuenca fluvial de Catalunya a los efectos de gestión de los episodios de sequía y de los distintos escenarios en función de la escasez de recursos, y también de los indicadores y umbrales que permiten la declaración de entrada y de salida de los escenarios de sequía, y la regulación del procedimiento formal de entrada y salida de estos escenarios, tal y como prevé el artículo 24.3 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre.

De acuerdo con el apartado 3.7 del Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía vigente, la declaración de entrada y salida de los estados de sequía pluviométrica y de sequía hidrológica se realiza mediante resolución de la Dirección de la Agencia Catalana del Agua, una vez alcanzados los umbrales correspondientes en los indicadores, en base al acuerdo del Comité Permanente de la Sequía. Dicha resolución debe publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, en la página web de la Agencia Catalana del Agua y en el Portal de la Transparencia. Esta publicación conlleva la activación de las medidas de gestión de la sequía vinculadas a cada estado de sequía que prevén los apartados 4 y 5 del Plan. De forma similar, la publicación de entrada en situación de prealerta conlleva la activación de las acciones preparatorias que prevé el Plan.

Dado que diversas unidades de explotación, definidas en el apartado 3 y en el anexo 1 del Plan, han alcanzado los umbrales del estado de sequía pluviométrica y/o hidrológica en los indicadores correspondientes, definidos en dicho apartado, y en base al acuerdo del Comité Permanente de la Sequía de 21 de septiembre de 2021,

Resuelvo:

-1 Declarar la entrada en estado de sequía pluviométrica severa de las unidades de explotación 02 Acuífero Carme-Capellades, 03 Acuífero Fluvià-Muga, 05 Acuífero de El Baix Ter, 09 Embalse de Darnius-Boadella, 12 Embalses del Ter, 13 Embalses del Ter-Llobregat, 14 Empordà, 15 Estany de Banyoles y 18 Serralada Transversal.

-2 Declarar la entrada en estado de prealerta por sequía hidrológica de las unidades de explotación 01 Anoia-Gaià, 07 Cabecera del Ter, 09 Embalse de Darnius-Boadella, 11 Embalse de Riudecanyes, 14 Empordà, 15 Estany de Banyoles, 16 Llobregat Medio y 18 Serralada Transversal.

-3 Declarar la entrada en estado de alerta por sequía hidrológica de la unidad de explotación 02 Acuífero Carme-Capellades.

-4 Esta Resolución debe publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, en la página web de la Agencia Catalana del Agua y en el Portal de la Transparencia.

Contra esta Resolución, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección de la Agencia Catalana del Agua en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 29 de septiembre de 2021

Samuel Reyes López

Director de la Agencia Catalana del Agua