Resolución por la que se acuerda el mantenimiento de la apertura en los centros de servicios sociales de atención diurna de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el periodo de nueva normalidad., - Boletín Oficial de Cantabria, de 14-04-2021
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 70
F. Publicación: 14/04/2021
La Consejería de Sanidad ha dictado la Resolución por la que se aprueba la decimoséptima modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario nº 21, de 13 de abril de 2021. El apartado 47 de dicha resolución, en su párrafo segundo establece que '(...) la Consejería competente en materia de servicios sociales aplicará las medidas previstas en el documento de 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19'. En particular, se suspenda la actividad de los centros socio sanitarios que no tengan carácter residencial, salvo necesidad justificada de mantenerla que será apreciada por la Consejería competente en materia de servicios sociales'.
La actividad en los centros de atención diurna para personas mayores y en los que atienden a personas con discapacidad, se considera esencial para la continuidad de los programas con las personas que asisten a los mismos, en una gran mayoría personas en situación de dependencia, que precisan el apoyo profesional especializado y continuado para poder realizar las actividades básicas de vida diaria y mantener la autonomía personal en la medida en que sea posible. No solo se considera beneficiosa y necesaria la atención en estos centros, sino también segura, en un entorno en que se ha finalizado la campaña de vacunación tanto de las personas usuarias como de los trabajadores.
Se considera necesario que permanezcan asimismo en funcionamiento el resto de centros que atienden en jornada diurna a personas que reciben otros tipos de programas bien de capacitación laboral para la integración social o para cubrir necesidades básicas, como los comedores sociales.
Por último, es preciso mantener la actividad en los centros de atención a la infancia, sustancialmente cuando existen problemas de desprotección, para suplir en algunos aspectos la atención que no reciben con suficiencia en el entorno familiar, y en otros centros en los que se ha demostrado que el riesgo es mínimo, de forma paralela a lo que ocurre en los centros educativos, a los que acuden niños, niñas y adolescentes de edades y en circunstancias que podían asimilarse.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO
Primero. Mantenimiento de la apertura de centros de servicios sociales.
1. En el ámbito de los servicios sociales permanecerán abiertos con su actividad habitual los centros de atención diurna para personas mayores, para personas con discapacidad y de atención a la infancia y adolescencia.
2. En los centros sociales para personas mayores mantendrán la actividad programada no pudiendo realizarse actividades de ocio o tiempo libre.
Segundo. Efectos de la resolución.
La presente Resolución surtirá plenos efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Empleo y Políticas Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Santander, 14 de abril de 2021.
La consejera de Empleo y Políticas Sociales, Ana Belén Álvarez Fernández.
